La Sección Sexta de la Audiencia Provincial, con el magistrado Salvador Alba como ponente, ha dictado el levantamiento de la medida cautelar de clausura de la bodega Stratvs, acordada en diciembre de 2013 por el Juzgado de Instrucción número 5 de Arrecife y ratificada con posterioridad por la propia Audiencia.
En un auto dictado el pasado 22 de diciembre, la Sección Sexta de la Audiencia destaca que “la medida cautelar se acordó hace ya tres años, un tiempo excesivo para cualquier medida cautelar, incluso de las más gravosas, como podría ser la prisión provisional”.
La Audiencia ha tenido en cuenta “informes periciales” aportados por la defensa del propietario de Stratvs, el empresario Juan Francisco Rosa, “que evidencian” según la resolución judicial, “la inexistencia de una red hídrica en el paraje en el que se sitúa la bodega” o “la inexistencia de vertidos contaminantes emanados de la bodega”.
En su propia resolución, la Audiencia admite que “debe dar por válidos los documentos aportados” por el propietario de la bodega, “salvo prueba en contrario” cuando “sean sometidos a contradicción” en el juicio.
“Debemos valorar los nuevos informes aportados” por la propiedad de Stratvs, “como se valoraron en su día los indicios aportados por la acusación y valorados por el juez de instrucción, esto es, como indicios”, añade la Sección Sexta.
Para la Audiencia, la “duración excesiva de la medida cautelar” debe llevar a acceder al levantamiento de la medida cautelar, “de modo que sea en el juicio oral, de inminente celebración ya en esta Sala, donde se haya de acreditar por la acusación la concurrencia de los elementos de los delitos que son objeto” de la causa.