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El juez Llarena se abstuvo en el recurso de Salvador Alba ante el Supremo por haber compartido con él “momentos de ocio”

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

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El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha pedido ser apartado de la sala que habrá de revisar la condena al juez Salvador Alba por haber compartido con él “momentos de ocio” durante el tiempo en el que ambos ejercieron como dirigentes de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM). Así consta en el escrito de abstención que Llarena ha elevado al presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena. Esa abstención, por la que se ha abierto la correspondiente pieza, ha supuesto la cancelación del juicio que debía revisar el recurso de casación de Alba, que queda pospuesto sin fecha de celebración.

En su escrito de abstención, presentado la víspera del juicio, es decir, el pasado lunes 7 de junio, el magistrado Llarena explica que se enteró de que Alba era el acusado en el momento de “preparar la vista y deliberación del recurso interpuesto”, es decir, veinte días después de haber sido designado uno de los cinco integrantes del tribunal que habría de intervenir en un caso tan infrecuente, cual es la revisión de una condena de prisión, de inhabilitación y de multa a un juez en ejercicio.

Llarena dice que “pese a la distancia entre las localidades” en las que él y condenado han ejercido su jurisdicción, “he tenido relación personal con Salvador Alba”, relación que “tuvo su origen en la representación profesional que ambos teníamos asignada, sin que pueda calificarse de ocasional, sino de relativamente frecuente en algunos años”.

“En todo caso”, señala el magistrado abstencionista, “y esta es la razón concreta de promover que se acepte mi abstención, nuestra relación se diferenció de la específica y general ligazón profesional entre todos nosotros, pues compartimos momentos de ocio que externamente pueden percibirse como una adhesión personal que imposibilita una actuación profesional objetiva”.

Pablo Llarena fue presidente nacional de la conservadora APM entre enero de 2013 y noviembre de 2015, mientras que la presidencia autonómica de Salvador Alba en la misma asociación se extendió entre los años 2005 y 2011. Sí consta en muchos archivos la coincidencia de ambos en actividades de la APM en Gran Canaria. Incluso compartieron mesa redonda en un conocido hotel de la zona turística.

El presidente de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, el canario Manuel Marchena, había dictado el pasado 18 de mayo la providencia por la que quedaba conformado el tribunal que debe resolver el recurso de casación presentado por el juez Alba. Como presidente figuraba Miguel Colmenero Menéndez. Para completar la Sala habían sido designados, además de Llarena, Susana Polo García, Carmen Lamela Díaz y Ángel Luis Hurtado Adrián. 

Salvador Alba, suspendido de funciones por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) desde julio de 2018, fue condenado en septiembre de 2019 a seis años de cárcel y a 18 de inhabilitación para el ejercicio de la judicatura por los delitos de prevaricación, falsedad en documento oficial y cohecho.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) consideró acreditado que Alba utilizó los siete meses en los que sustituyó a la actual delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, al frente del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria para tratar de fabricar pruebas contra esta magistrada para perjudicar su carrera profesional y política y favorecer la querella que contra ella había interpuesto el entonces ministro de Industria, Energía y Turismo del Gobierno de España, José Manuel Soria (PP), rival de Rosell en las elecciones generales de 2015. 

Según los hechos probados de la sentencia del TSJC, Alba se entrevistó con un empresario al que investigaba por fraude fiscal, Miguel Ángel Ramírez, para maquinar una declaración en sede judicial que perjudicara a Rosell, antigua instructora de la causa. El presidente de la UD Las Palmas grabó esa conversación y la aportó al juzgado un año después, dando origen a la causa por la que sería condenado el juez. Según el alto tribunal canario, Alba utilizó ese procedimiento para fines personales, ajenos al objeto de la investigación.