El magistrado Salvador Alba ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia que lo condena a seis años y medio de cárcel y a 18 años de inhabilitación por conspirar contra la también jueza Victoria Rosell, actual diputada de Unidas Podemos en el Congreso. “Es evidente que no me quieren en la justicia canaria y lo tengo más que asumido y la única solución para evitar este procedimiento era abandonar la Audiencia Provincial de Las Palmas, concursar en otro sitio, abandonar Canarias o abandonar directamente la judicatura. Hay interés de alguien en que Salvador Alba esté fuera de la judicatura canaria, aunque, afortunadamente, el procedimiento irá al Supremo”, ha afirmado el magistrado, que se muestra convencido de que el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias “tiene los días contados”.
En declaraciones a Canarias 7, el juez condenado considera “tremenda injusta” la sentencia. Critica que el tribunal solo haya tenido en cuenta “dos pruebas”, la grabación REC004, hallada en la papelera del dispositivo de grabación utilizado por el empresario Miguel Ángel Ramírez, y el testimonio de Sergio Armario, el abogado que acompañó al entonces presidente de Seguridad Integral Canaria a su cita con Alba en el despacho de este en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas. “No dudar de su testimonio me parece fuera del sentido más común y de la lógica”, manifiesta después de recordar que este letrado “trabajaba para Ramírez y tenía despachos en las dependencias del grupo Ralons”.
Alba también reprocha al tribunal que no haya tomado en consideración el testimonio de Héctor de Armas, actual propietario de Seguridad Integral Canaria, ex mano derecha de Ramírez, con quien ahora está enfrentado, y reconvertido en testigo estrella de la defensa después de que la acción popular que lo había propuesto renunciara a su declaración. El magistrado señala que De Armas “puso de manifiesto muchos tramos relevantes de esa conversación que escuchó de manos de Ramírez y que no aparecen en ese REC004 y, por lo tanto, creo que debería haberse dado validez a ese testimonio o, al menos, decir porqué no se daba credibilidad al mismo”. La defensa trató de usar ese testimonio para avalar la tesis de la manipulación, aunque De Armas no acertó a señalar con precisión qué referencias concretas no guardaban relación con ese archivo.
El juez suspendido tampoco entiende por qué no hay referencias en la sentencia a los tramos de la conversación en la que aparecen los nombres de Emilio Moya, presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas, al que Ramírez alude como “amigo”, y de José Ramón Navarro, presidente de la Audiencia Nacional, y en los que el empresario habla del sobreseimiento de la fianza que le había impuesto Alba, de 35 millones de euros.
“Me extraña que el único elemento de ánimo o intención que aprecia el tribunal sea el de perjudicar a Rosell cuando no se ha considerado probado ni un solo episodio que demuestre ese supuesto odio que podía tener hacia ella en marzo de 2016”, añade Alba, que también cuestiona que se le condene por falsedad documental por el informe remitido al Tribunal Supremo el 20 de abril de 2016. “Si lo que pide el Supremo es que se consigne lo que yo considero interesante (sobre la instrucción llevada a cabo por Victoria Rosell en las diligencias previas 644/2014, la causa contra Ramírez), no se me puede condenar por algo que no estimé irrelevante”, es decir, su acuerdo con el empresario en esa reunión clandestina para conseguir información y documentación ajena a la causa que comprometiese a la jueza.
Tampoco entiende “la construcción que hace el tribunal” del delito de prevaricación, ya que no alude a “una resolución prevaricadora”, sino que lo vincula con su actitud o conducta con respecto al procedimiento por delito fiscal contra Ramírez, causa que, según el TSJC, el magistrado utilizó como “coartada” para abrir una investigación paralela sobre las supuestas relaciones comerciales entre el empresario y el periodista Carlos Sosa, director de Canarias Ahora y pareja de Victoria Rosell.
En relación con el cohecho, al magistrado “le causa perplejidad ver como un tribunal considera delito que un juez de instrucción, después de una declaración del investigado con presencia de las partes en la que reconoce su relación con el marido de la juez que lo investigaba, se le pida al mismo que entregue los documentos que acreditan esa acusación tan grave, y hacerlo, es considerado cohecho. Que se preparen los jueces instructores de este país a partir de ahora porque pueden cometer este delito”.