“Volvería a hacer lo mismo porque el acuerdo era beneficioso para el Ayuntamiento de Santa Lucía”
Silverio Matos, alcalde del municipio grancanario de Santa Lucía entre los años 2000 y 2013, ha asegurado este miércoles, en el último turno de palabra del juicio por el denominado caso Palmera, que su procesamiento en esta causa, en la que se enfrenta a una petición de ocho años de inhabilitación, ha sido “injusto”. “Tengo la conciencia tranquila. Las cosas se hicieron correctamente y volvería a hacer lo mismo porque era beneficioso para el Ayuntamiento”, afirmó en relación a los convenios firmados con tres propietarios privados para que cedieran suelo al municipio a cambio de participaciones sociales en una futura sociedad mixta para la gestión del parque eólico que aspiraban a montar a través del concurso de asignación de potencia convocado por el Gobierno de Canarias en 2004.
Minutos antes, en su declaración como acusado, el exdirigente de Nueva Canarias (NC) afirmó que la decisión de participar en este concurso fue colegiada, entre todos los concejales del grupo de gobierno, ya que la corporación estaba “muy interesada” en el desarrollo sostenible y en las energías limpias. “Es la zona eólica por excelencia de la isla de Gran Canaria. Suponía que el alumbrado público y los servicios sociales se iban a poder pagar con el parque”. Matos explicó que fue el gerente de la Mancomunidad del Sureste, Rafael Sánchez, quien decidió qué parcelas se debían adquirir y que eran “las idóneas” para poder desarrollar el proyecto.
El exalcalde manifestó que el Ayuntamiento de Santa Lucía no podía comprar esos terrenos privados porque no disponía de consignación presupuestaria. El equipo de gobierno también rechazó la opción de iniciar un proceso de expropiación forzosa porque el expediente se podía alargar “dos años” y el plazo para la presentación de ofertas para el concurso eólico expiraba el 12 de enero de 2005. “Lo más práctico era la permuta. Si no salía el concurso, se devolvían las parcelas y (los empresarios) no tenían derecho a indemnización”, dijo.
Según Matos, el interventor le trasladó que los acuerdos eran “muy beneficiosos” para los intereses municipales. Sobre el reparto de las participaciones, aclaró que se trataba de un tema “técnico” sobre el que no le correspondía decidir, aunque confirmó que se sustentó en dos criterios: el Ayuntamiento debía tener el 51% de las participaciones y los socios privados tenían que repartirse el 49% restante en función del suelo aportado. “Rafael (Sánchez, gerente de la Mancomunidad) hizo el proyecto y consideró que eran necesarias las tres parcelas (privadas) colindantes”, manifestó en relación a la acusación de la fiscal sobre la denominada Doctoral 13, propiedad de la sociedad Machacadora Domínguez, administrada por el marido de una concejala del grupo de gobierno.
En relación a la ausencia de informe jurídico, Matos defendió que era la secretaria municipal, como fedataria pública, la que debió advertir de las irregularidades que hubiera apreciado. “Nunca me dijo que faltaba nada, yo entiendo que cuando las cosas van a Junta de Gobierno, van los informes completos”, manifestó el exalcalde.
Otro de los acusados, Antonio Ruiz, concejal de Urbanismo en el momento de los hechos, explicó que la reserva del 51% de las participaciones para el Ayuntamiento era “fundamental”, no solo por lo que podía repercutir a nivel económico, sino también por la capacidad de decisión que le otorgaba en la sociedad mixta de gestión. Al igual que Matos, el exedil señaló que nadie le informó de que el vínculo matrimonial entre una concejala del grupo de gobierno, Inmaculada Concepción Ramírez, y el administrador de una de las empresas de los convenios, Águstín Domínguez, impedía la contratación de esta empresa. “Lo comenté con los técnicos y nadie lo cuestionó. No era una contratación de obra o servicio, sino la adquisición de un suelo que tenía que ser ese”, zanjó.