La portada de mañana
Acceder
La declaración de Aldama: “el nexo” del caso Ábalos apunta más arriba aún sin pruebas
De despacho a habitaciones por 1.100 euros: los ‘coliving’ se escapan de la regulación
Opinión - ¿Misiles para qué? Por José Enrique de Ayala

Televisión Canaria no se presenta en el juicio por los exdirectivos que piden pasar al ente público

Televisión Canaria, una de las partes demandadas por exdirectivos que reclaman ser subrrogados por el ente público RTVC, como se hizo con más de 200 trabajadores de los informativos el pasado verano, no se ha presentado en el juicio celebrado este martes en el Juzgado de lo Social número 5 de Santa Cruz de Tenerife.

La defensa de las cinco personas que demandaron a Televisión Canaria al entender que deben pasar a ser trabajadores públicos pedía la confesión judicial del administrador único de RTVC, José Carlos Naranjo Sintes. Sin embargo, el ente no se ha presentado a este juicio.

Estos exdirectivos defienden que llevan trabajando desde hace más de diez años para el ente a través de las diferentes productoras que han tenido la cesión de los informativos. Además, consideran que son una parte esencial en la organización de la plantilla de los informativos, que ahora estaría “descabezada”.

Ninguno de los demandantes es miembro de la Gerencia del ente público, ni se da una relación de confianza entre empleador y empleado. Es decir, no pertenecen a los máximos órganos de gestión y dirección ya que no eran altos directivos, razón que consideran de peso para que sí sean subrogados.

En la demanda también se reflejaba que la subrogación se produjo con “total falta de pericia” ya que fue la propia empresa concesionaria, Videoreport, la que ofreció información de los empleados subrogados y del coste patronal ante la “pasividad” del ente público, que no pidió esta información.

La otra parte demandada, Videoreport, sí acudió al juicio este martes. La empresa dejó de ocuparse de los servicios informativos y de la continuidad de TVC al expirar el contrato sin prórroga. Los trabajadores pasaron al ente público por decisión de este, mientras que estos directivos, que no fueron subrogados, quedaron sin ocupación laboral y fueron despedidos.

Los demandantes entienden que si no se admite su subrogación, su despido debe ser considerado “improcedente” y, en consecuencia, deberían ser indemnizados en lugar de con 20 días por año trabajado, con 33, de acuerdo con la reforma laboral. No obstante, también cabe la posibilidad de que el Juzgado de lo Social número 5 de Santa Cruz de Tenerife determine que desestima esta demanda.