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Victoria Rosell pide 13 años y medio de cárcel para el juez Salvador Alba

El juez Salvador Alba. (ALEJANDRO RAMOS)

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

La acusación particular en la causa contra Salvador Alba, ejercida por la magistrada Victoria Rosell en calidad de víctima, pide para el juez una pena de 13 años y medio de cárcel y 41 años de inhabilitación para empleo o cargo público, además de 118.800 euros de multa y una indemnización de 80.000 euros por los daños y perjuicios morales ocasionados a la exdiputada de Podemos como consecuencia de la operación urdida para perjudicar su carrera profesional y política.

En el escrito de acusación provisional remitido el pasado miércoles 28 de marzo a la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), el abogado de Rosell, Antonio Marrero, considera a Alba autor de los cuatro delitos que le imputó la magistrada instructora, Margarita Varona, en el auto de apertura de procedimiento abreviado, la antesala del juicio oral: prevaricación judicial, falsedad en documento oficial, cohecho y revelación de secretos. El letrado de la jueza introduce una calificación alternativa para el supuesto de que el tribunal no aprecie el delito de prevaricación judicial, ya que considera que la actuación de Alba también puede encuadrarse en el tipo penal de negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función, lo que reduciría la pena de inhabilitación propuesta hasta los 26 años y la multa,  hasta los 97.200 euros.

En este procedimiento también intervienen como acción popular Podemos y Carlos Sosa, director de Canarias Ahora y pareja de Rosell. El partido político acusa al magistrado  de seis delitos, al añadir a los cuatro recogidos en el auto de procesamiento el delito electoral y el de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos. La abogada de la formación morada, Sandra Rodríguez, solicita para Alba una condena de 13 años y tres meses de cárcel, 39 años y medio de inhabilitación y una multa de 135.000 euros.  Luis Val, letrado del periodista, imputa al juez en su escrito de calificación provisional la comisión de cinco delitos (no incluye el electoral) y reclama la misma pena de inhabilitación que Podemos, 12 años de prisión y 103.000 euros de sanción.

Los delitos que acarrean las penas de cárcel son la falsedad documental (entre 4 años y medio y 6), el cohecho (4 años y 6 meses) y la revelación de secretos (tres). La prevaricación, las negociaciones prohibidas a funcionarios públicos y el delito electoral llevan aparejadas condenas de inhabilitación (hasta 20 años por el primero) y multas de entre 12 y 24 meses con una cuota diaria de 60 euros. 

El abogado de Rosell pide en su escrito que declaren en la vista oral, además de Alba como acusado y la jueza como víctima, un total de 21 testigos, entre los que se encuentran la fiscal Evangelina Ríos, el empresario Miguel Ángel Ramírez, el abogado Sergio Armario, el juez Carlos Vielba, la diputada de Podemos Meri Pita o el periodista Carlos Sosa,  además de funcionarios del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria, órgano desde el cual el magistrado maquinó la operación, los letrados de las partes personadas en el procedimiento que se tramita en el mencionado juzgado contra el presidente de Seguridad Integral Canaria, y el periodista de La Provincia que publicó la transcripción completa de la declaración pactada que Ramírez prestó ante Alba el 23 de marzo de 2016, una semana después de la reunión clandestina que da origen a las actuaciones.

La representación letrada de Carlos Sosa añade a esta lista a José Manuel Soria, exministro de Industria, Energía y Turismo del Gobierno de España, expresidente del Partido Popular (PP) de Canarias y rival político de Rosell en las elecciones generales de diciembre de 2015. 

Conexión Alba-Soria

Tanto la acusación particular como las acciones populares sitúan a Soria como pieza fundamental en la conspiración. Rosell manifiesta en su escrito que el juez Alba tuvo una participación “esencial” en las sucesivas ampliaciones de querella que contra ella presentó el exministro, “llegando a elaborar y firmar documentos falsos” dirigidos al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y al Tribunal Supremo, a dictar “resoluciones injustas” con la finalidad de “manipular la declaración de un investigado (el empresario Miguel Ángel Ramírez)” y obtener documentación contractual ajena al procedimiento que instruía para tratar de acreditar “supuestos negocios inexistentes” entre el imputado y la pareja de la jueza y atribuyendo a esta “falsos retrasos injustificados y otras supuestas irregularidades” durante la tramitación de aquella causa.

Con todo ello, Alba no solo pretendía causarle “evidentes daños y perjuicios”, ya que le profesaba una enemistad “pública y conocida en el foro”, sino además “favorecer al querellante Soria”, a quien había solicitado apoyo en varias ocasiones para ostentar cargos judiciales. En concreto, la presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (en 2014) y una vocalía en el CGPJ (en 2008 y en 2014). 

En un documento de 51 páginas, el abogado de Rosell relata de manera pormenorizada los avatares del caso, desde el momento en que Alba solicitó cubrir la vacante de la jueza en Instrucción 8, el 23 de octubre de 2015, tan solo un día después de que a esta le concedieran la excedencia para presentarse a las elecciones, hasta que se descubrió, a través de una grabación realizada por el empresario investigado Miguel Ángel Ramírez, que había preparado un plan para acabar con la carrera política y profesional de la magistrada.

Rosell recuerda que el mismo día de su toma de posesión en ese juzgado, Alba citó a declarar al empresario, lo que, a su juicio, demuestra que tenía “un conocimiento extraprocesal” del procedimiento, una aseveración que vendría a corroborar el contenido de la mencionada grabación.

En ese audio, registrado el 16 de marzo de 2016 en el despacho de Alba en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, se escucha cómo el juez ofrece a Ramírez “fundirse” y “cargarse” la causa que instruía contra el segundo por un presunto delito fiscal. En ese encuentro, ambos preparan una declaración formal del empresario en sede judicial que se celebraría una semana después, el 23 de marzo, y que versaría exclusivamente sobre los supuestos negocios del investigado con la pareja de Rosell, a pesar de que se trataba de hechos completamente ajenos al procedimiento.

La jueza sostiene que el ahora procesado utilizó ese procedimiento con fines “espurios”, para tratar de conseguir pruebas contra ella que demostrasen que incumplió su deber de abstención. A cambio, “se pactaba el archivo del procedimiento penal (contra Ramírez) mediante la nulidad de actuaciones”. 

Informes cruciales

Rosell expone que los informes realizados por Alba fueron “cruciales” para la denuncia presentada por la fiscal Evangelina Ríos por una supuesta falta disciplinaria (finalmente archivada) y para la ampliación y admisión a trámite de la querella de Soria (también sobreseída), hasta el punto de que el abogado del exministro, Eligio Hernández, copió en ella párrafos enteros de un documento reservado elaborado por el juez, incluidas faltas de concordancia gramatical y de ortografía, el mal uso del subjuntivo y la referencia “este magistrado” al hablar en primera persona. 

El escrito de Rosell destripa “las falsedades” contenidas en esos informes remitidos a distintos órganos. Entre otras cuestiones, recuerda que Alba ocultó la existencia de una providencia que ordenaba dar traslado a las partes de un pen drive con información relativa a la causa contra Ramírez para tratar de hacer ver que había retenido durante 22 meses esa documentación y, con ello, había ocasionado un retraso en el procedimiento que beneficiaba los intereses del empresario. También plasmó en uno de esos informes que las relaciones comerciales entre el investigado y la empresa periodística de la pareja de Rosell habían sido continuadas en el tiempo y continuaban en vigor, pese a que de la documentación aportada se desprende que esas relaciones databan “de 2003 a 2009”, cinco años antes de que se incoasen las diligencias y antes incluso de que fuera pareja de Carlos Sosa.

La jueza acusa además a Alba de filtrar a la prensa, concretamente a los periodistas Fernando Lázaro, de El Mundo, y Manuel Reyes, de La Provincia, tanto el DVD con la declaración del 23 de marzo de Miguel Ángel Ramírez como los sucesivos informes remitidos al Poder Judicial y al Supremo. Esta “revelación de secretos” estaba dirigida, en opinión de Rosell, a “crear una falsa apariencia delictiva” que lesionó su “honor y buena fama” y le hizo presentarse al electorado “sin poder combatir tales falacias”. Es precisamente por este motivo (la jueza renunció a su candidatura en aplicación del código ético del partido después de la admisión a trámite de la querella de Soria) por el que Podemos atribuye al magistrado investigado un delito electoral en su escrito de calificación provisional.  

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