La Audiencia rechaza el recurso de Cortina y mantiene su imputación por prevaricación y tráfico de influencias

Carlos Cortina ha obtenido un nuevo revés judicial. La Audiencia de Cantabria ha desestimado el recurso de apelación presentado por el exalcalde de Astillero y mantiene su imputación por un presunto delito de prevaricación y tráfico de influencias.

La Audiencia rechaza así sobreseer la causa, como pedía Cortina, y ratifica el auto del 20 de mayo de 2015 del Juzgado de Instrucción número 3 de Santander, que investiga la contratación supuestamente irregular de la hermana de una funcionaria del Consistorio.

A través de la reiteración de contratos menores y en contra de los informes de los servicios municipales, el Ayuntamiento pagó entre 2007 y 2010 a Rosa Nozal cerca de 100.000 euros para que elaborara la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), una tarea que no llegó a concluir.  

En una sentencia fechada el 11 de julio, a la que ha tenido acceso eldiario.es Cantabria, la Audiencia de Cantabria se muestra muy dura con la gestión del dirigente del PP en este caso. 

La magistrada María Rivas de Antoñana destaca que “no constaba cobertura legal para la contratación de Rosa Nozal”; que las cantidades abonadas “exceden los límites aplicables a un contrato menor”; que “no se tramitó expediente de contratación y su contratación se mantuvo en el tiempo durante cuatro años”.

Igualmente, cuestiona la “indefinición del objeto del contrato”, así como el pago “por tareas no realizadas”, tal y como ya había puesto de manifiesto el interventor municipal.  

Por todo ello, el órgano judicial asevera que “concurren indicios de una contratación arbitraria y contraria a la legalidad” y, de este modo, subraya que la instrucción de la causa está justificada, lo que motiva la desestimación del recurso presentado por el exalcalde y la vuelta del caso al Juzgado número 3 de Santander, que puede continuar la instrucción o bien emitir un auto de apertura de juicio oral.

“Exceso en sus funciones”

La Audiencia también ha desestimado los recursos presentados por Rosa Nozal contra su imputación y por el secretario municipal, José Ramón Cuerno Llata, contra la desimputación de la empleada municipal Paz Nozal.

Aunque aprecia un “exceso en el ejercicio de las funciones” de Paz Nozal en el Ayuntamiento, ya que eran de mera gestión administrativa, comparte el criterio del Juzgado de Instrucción por cuanto “no usurpa las funciones del secretario o del interventor, limitándose a discrepar con éstos mediante informes no vinculantes”.