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El TSJC ratifica los 14 y 11 años de inhabilitación a los dos exaltos cargos del Servicio Cántabro de Salud

Exaltos cargos del SCS acusados de prevaricación en el juicio contra ellos en la Audiencia Provincial de Cantabria

elDiario.es Cantabria

26 de enero de 2023 13:27 h

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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado la condena a 14 y 11 años de inhabilitación para empleo o cargo público que la Audiencia Provincial impuso al exsubdirector de Gestión Económica e Infraestructuras del Servicio Cántabro de Salud (SCS) Francisco Javier González y al exdirector de la Gerencia de Atención Primaria Alejandro Rojo, respectivamente, por prevaricación en contratos menores en su etapa en el cargo la pasada legislatura.

Así lo ha ratificado la Sala de lo Civil y Penal del TSJC en una sentencia, dictada este jueves y a la que ha tenido acceso Europa Press, que desestima íntegramente los recursos de apelación interpuestos por ambos procesados, a los que el alto tribunal cántabro impone además el pago de las costas procesales.

Los dos exaltos cargos fueron condenados por la Audiencia Provincial en marzo de 2021 -tras el juicio celebrado en febrero- por prevaricación en contratos menores, figura a la que acudieron de manera “deliberada” e incluso “reiterada” en su etapa en el cargo la pasada legislatura, según el fallo confirmado ahora por el TSJC.

En el caso de González, se le considera autor de un delito de prevaricación administrativa continuado, y en el de Rojo de no continuado, ya que su actuación se limitó a un único hecho, por el fraccionamiento de contrataciones de obras y servicios en el organismo sanitario.

Ambos interpusieron recurso de apelación, el primero solicitando su absolución y, de forma subsidiaria una pena menor, mientras que el segundo pidió su absolución y subsidiariamente la anulación del juicio.

Posteriormente González impugnó el recurso de Rojo y el Partido Popular, que ejerce la acusación particular y pedía 15 años para cada uno, impugnó ambos recursos, solicitando su desestimación íntegra y la condena a costas de los recurrentes.

En sus recursos, los exaltos cargos argumentaban, entre otros motivos, error en la valoración de la prueba y vulneración del principio de presunción de inocencia, que el TSJC ha descartado, compartiendo las conclusiones de la sentencia de la Audiencia en su totalidad.

González, con experiencia en la gestión económica administrativa, y Rojo, médico de profesión, desempeñaron sus cargos bajo el mandato de la socialista María Luisa Real como consejera de Sanidad desde 2015 y hasta 2018, año en el que dimitieron -junto al entonces gerente del SCS, Julián Pérez Gil- al salir a la luz las presuntas irregularidades.

Fueron denunciadas por la jefa del Servicio de Contratación en aquel momento, y apreciadas en contratos menores para el mantenimiento y pintado de centros de salud y las obras de ampliación del Hospital Virtual de Valdecilla, así como en la compra de 22 ecógrafos para otros tantos ambulatorios, y en las asistencias técnicas a un consultor externo, Álvaro Sáez de Viteli, ya fallecido y al que la jueza instructora imputaba el mismo delito.

Según la sentencia ahora confirmada, y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, la actuación de los exresponsables del SCS “supone una flagrante vulneración de los principios constitucionales que conforman la actuación de la administración en un Estado de Derecho”.

“Dichos funcionarios públicos, de forma injusta y arbitraria, eludieron la incoación del procedimiento administrativo adecuado para la contratación de los servicios, obras y suministros que allí se describen, acudiendo de forma deliberada y, además, reiterada en el caso del subdirector de Gestión Económica, a un expediente inadecuado, como es el previsto para los contratos menores”, señala.

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