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Castilla-La Mancha aprueba las normas para residencias y otros centros socio-sanitarios tras el fin del estado de alarma

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado, mediante una Resolución conjunta de las consejerías de Sanidad y Bienestar Social, las nuevas medidas para los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales y sociosanitarios, tras la finalización del estado de alarma y se ajustan así al auto emitido por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha el pasado sábado.

En relación a la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y servicios de estancias diurnas, centros de mayores y hogares de jubilados, así como a los Servicios de Promoción de la Autonomía Personal, se fija un aforo del 75 por ciento en espacios cerrados, con actividades preferentemente de carácter individual y naturaleza rehabilitadora.

Actividades grupales, mejor en el exterior

La permanencia de personas en espacios al aire libre en estos centros deberá garantizar igualmente la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio, y extremar la limpieza y desinfección de los espacios. Todos los centros incluidos en este apartado deberán realizar su Plan de Contingencia para adecuar su situación a las actividades que desarrollen.

En cuanto a las actividades en centros sociales y sociosanitarios, se llevarán a cabo las actividades grupales preferentemente en el exterior. Cuando sean en el interior del centro, se deberán garantizar las medidas de higiene y prevención.

Las visitas a residencias

En las visitas a las residencias de personas mayores será obligatorio que el centro haya completado la vacunación a residentes y trabajadores.

Además, tanto la persona que acuda a la visita, como la persona residente no han de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus. Por cada visita podrán acudir dos personas siendo la duración máxima de la reunión de 60 minutos y la persona residente podrá tener dos visitas a la semana, que se podrán incrementar atendiendo a circunstancias concretas.

Las visitas deberán realizarse preferentemente en espacio exterior, si no fuera posible, se habilitará un espacio específico, además durante el tiempo de las visitas se podrá llevar a cabo un paseo terapéutico por los alrededores del centro.

En caso de tratarse de una visita por una situación de acompañamiento en los momentos finales de la vida, podrán asistir a la visita el número de personas que autorice el centro atendiendo al caso concreto.

En las viviendas supervisadas, viviendas de mayores, las viviendas para personas con discapacidad, centros de atención a personas con discapacidad grave, personas con trastorno mental grave y otros centros, se mantendrá el régimen regular de visitas teniendo en cuenta todas las medidas preventivas.

Respecto a las salidas en las residencias de personas mayores, se permitirán salidas siempre que la persona residente no presente sospecha por COVID-19, extremando las medidas de higiene y seguridad en el domicilio en el que vayan a residir.

Además, las salidas en los centros de personas con discapacidad, menores, centros de atención a personas con discapacidad grave o viviendas de mayores, se permitirán las salidas en las condiciones ordinarias.

En los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales a las residencias de personas mayores y Centros de Atención a personas con Discapacidad Grave, deberán contar con un test PCR negativo realizado como máximo 72 horas antes del ingreso, se solicitará la vacunación con anterioridad suficiente. Y si al ingreso la persona residente no hubiera recibido pauta de vacunación o no estuviera completa, se mantendrá aislamiento preventivo.

Finalmente, las personas trabajadoras, que se incorporen a su puesto de trabajo tras un periodo vacacional o de ausencia, se les realizará como paso previo, una PDIA (preferentemente PCR).