El nuevo Reglamento de la Caza de Castilla-La Mancha ha vuelto a abrir el debate en torno a la actividad cinegética en esta comunidad autónoma, que siempre está a la orden del día. Son muchos los aspectos que regula el borrador que actualmente se encuentra en proceso de participación y que desarrolla la normativa que el Gobierno regional modificó ampliamente para derogar algunas polémicas cuestiones de la ley anterior del Ejecutivo de María Dolores de Cospedal. Esas reformas ya fueron controvertidas en su momento y ahora lo es también el Reglamento, aunque en esta ocasión con la oposición del sector de los cazadores.
El texto apunta, en su artículo 22, referido a la responsabilidad en el ejercicio de la caza, que las personas titulares de los cotos serán responsables de las acciones de caza no incluidas en el plan de ordenación cinegética aprobado ese terreno, excepto “cuando se acredite el incorrecto proceder de la persona cazadora”. Es decir, si no puede identificarse al autor de la presunta irregularidad, los dueños de los terrenos tendrán esa responsabilidad. Establece asimismo que cuando las personas titulares actúen como organizadores asumirán, además, las responsabilidades de estos.
Hay más referencias a la responsabilidad en el ejercicio de la caza dentro del Reglamento. En su artículo 44 afirma que las personas organizadoras de cacerías serán responsables en general del cumplimiento de los requisitos y medidas concernientes a la preparación y desarrollo de aquellas, especialmente de las prácticas de seguridad.
Son estos apartados los que han desatado la ira del sector. La Federación de Caza de Castilla-La Mancha considera “muy negativa” la propuesta de Reglamento y con carácter general afirma que supone “un ataque directo al sector cinegético, amenazando su viabilidad y con algunas medidas que dañan e incluso criminalizan al colectivo cazador más allá de lo que establecen las actuales legislaciones regional, nacional y europea”.
Se “criminaliza” a los cazadores
Argumenta la Federación que el Reglamento propuesto por la Junta “criminaliza a los cazadores” ya que, según ellos considera a los titulares de cotos responsables de “delitos” cometidos en sus terrenos aunque no se haya identificado al autor, e incluso “apunta a que las sociedades de cazadores deberían poder obligar a los agricultores a realizar determinadas siembras según las necesidades de la fauna”.
Otro de los aspectos que no ha gustado a los cazadores son las limitaciones a la munición que utilizan para matar animales. En el borrador, el artículo 34 establece que en el ejercicio de la caza solo podrán ser usadas armas reglamentarias, con algunas limitaciones. Por ejemplo, prohíbe disparar y transportar munición que contenga plomo en cotos sociales, zonas colectivas de caza de titularidad pública, montes públicos y humedales.
Este colectivo considera que en el caso de la munición de plomo se plantean en Castilla-La Mancha limitaciones “que superan ampliamente el marco europeo”, al tiempo que se contempla una definición de humedal “muy alejada de la realidad del mundo rural y que en la práctica haría inviable el uso del plomo para la caza”. Se quejan de que todo ello se ha hecho sin establecer periodos transitorios, sin llevar a cabo un estudio sobre las consecuencias económicas de la medida, “sin valorar la falta de alternativas y sin tener en cuenta que el marco general normativo -la propia ley autonómica- no hace referencia alguna a este asunto”.
A todo ello se une la propuesta de Orden de Vedas para la próxima temporada, que prohíbe la caza de la tórtola, aunque se mantiene como especie cinegética. Se trata de una decisión que adoptó la Comisión de Patrimonio Natural a nivel estatal debido al apremio que imponía el expediente europeo de sanción por cazar esta especie protegida.
Pero los cazadores alegan “los enormes esfuerzos que viene haciendo el sector cinegético desde hace años y estando pendiente todavía de analizar la situación en el conjunto de España”. Creen que no poder cazar a la tórtola “supondría graves consecuencias para el futuro de la especie, ya que no se adopta ninguna medida que garantice la continuidad de una gestión que actualmente únicamente desarrollan los propios cazadores”.
Al margen de las críticas del sector, hay otras medidas del Reglamento que resultan relevantes. Se amplía la prohibición de medios de caza como cepos, gases, venenos, paralizantes, tranquilizantes o explosivos. También se prohíbe auxiliarse, con el fin de cazar o espantar las piezas caza, desde aeronaves de cualquier tipo, vehículos terrestres motorizados o embarcaciones a motor, así como soltarlas desde su interior o usarlos como lugar desde donde se puedan abatir las mismas, con fines cinegéticos o como auxilio. A ello se une la prohibición de lazos, trampas, redes, mallas, reclamos de especies no cinegéticas, o utilizar cerramientos no autorizados o cercas eléctricas.
El borrador de este documento se encuentra aún en proceso de participación: se abrió el pasado 8 de abril y permanecerá en información pública hasta el próximo 6 de mayo.
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