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El Tribunal Superior de Justicia confirma la condena a la exalcaldesa de Boecillo por prevaricación

Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena por delito de prevaricación a la exalcaldesa de Boecillo (Valladolid) María Ángeles Rincón consistente en su inhabilitación por espacio de nueve años para empleo o el ejercicio de cargo público de carácter electivo. Rincón fue alcaldesa de Boecillo entre 2015 y 2019 por Ciudadanos y se presentó en las listas de la España Vaciada por Valladolid, a la que tuvo que renunciar después de que se hiciera pública su participación.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, desestima de este modo el recurso de la exregidora y confirma en todos sus términos la condena impuesta el pasado mes de marzo por la Audiencia de Valladolid como autora de un delito de prevaricación administrativa, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, según informan fuentes jurídicas.

En concreto, la sentencie condenatoria consistía en su inhabilitación especial para empleo o cargo público de carácter electivo y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por periodo de nueve años, así como en el pago de una décima parte de las costas de este proceso, incluidas las de la acusación particular.

La condena se produce respecto de la atribución de funciones a un agente de la Policía Local como nuevo jefe de Mantenimiento, y ello a pesar de un informe desfavorable del secretario municipal que la alcaldesa, tal y como entiende probado el tribunal, dio órdenes “de forma deliberada” a la funcionaria de la Unidad de Recursos Humanos para que prescindiera de él y lo excluyera del expediente administrativo “con la finalidad de ocultarlo a la oposición, obviar las objeciones planteadas en el mismo y evitar los mecanismos de control”.

“Esa decisión o actuación es arbitraria e injusta habida

cuenta, de forma caprichosa o injustificada, ordena suprimir ese dictamen porque no le agrada, decidiendo prescindir del mismo y obviarlo, haciéndolo desaparecer con el consiguiente menoscabo de un trámite que supone un mecanismo de control en el expediente administrativo que se seguía en los demás expedientes“, continúa la sentencia, que, como así añade, este comportamiento ”en sí mismo representa autónomamente una conducta prevaricadora, con independencia de que la resolución que finalmente se dicte pudiera no ser abiertamente contraria a derecho o pudiera resultar discutible en términos de legalidad administrativa.

Por contra, la exregidora quedó absuelta de los restantes delitos de prevaricación por los que había sido juzgada, de los delitos de malversación de caudales públicos y de otros contra los derechos de los trabajadores.

En el juicio, celebrado a mediados del pasado mes de diciembre de 2021, Fiscalía de Valladolid acudió con una petición para la exregidora de cuatro años de cárcel y diez de inhabilitación por delito continuado de malversación y otros quince de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación, mientras que la acusación particular, ejercida por el Ayuntamiento de Boecillo, solicitó ocho de cárcel.

Ella defiende la licitud de sus actos

La que fuera alcaldesa entre 2015 y 2019 defendió en el juicio la licitud de todas sus decisiones como regidora y sacó a relucir las malas relaciones que mantenía con el secretario municipal y enmarcó en este contexto la dificultad de discernir si los reparos que éste ponía a buena parte de sus decisiones seguían criterios objetivos o no.

Las acusaciones pública y particular le imputaban haber autorizado que un agente de la Policía Local compatibilizara el puesto con el de jefe de Mantenimiento, cobrando horas extra en este último cometido pese a que ya incluía disponibilidad, y la ejecución de una serie de obras de forma ilegal, sin proyecto ni dirección facultativa, como las de una nave, la reparación del puente del Peregrino e incluso, según la acusación pública, del sistema de abastecimiento de la localidad.

Sobre el primer punto, la exalcaldesa explicó que autorizó la atribución de funciones un agente de la Policía Local como nuevo jefe de Mantenimiento debido a que este puesto había quedado vacante en septiembre de 2015 fruto del despido obligado del anterior, “que había incurrido en un grave delito”.

Por ello, ante una bolsa de empleo que estaba “paralizada”, la acusada permitió que el agente siguiera cobrando la nómina como tal pese a que dejó de prestar servicio y pasó a encargarse del área de Mantenimiento porque “hubo que priorizar esta tarea ya que tenía que dirigir a un equipo de entre diez o veinte personas para realizar servicios esenciales para el municipio”, de ahí que entonces no viera problema alguno en esta asignación al atravesar el Ayuntamiento una “situación coyuntural de necesidad”.

Aunque las acusaciones sostenían que esa compatibilización de funciones y el pago de horas extra al jefe de Mantenimiento era ilegal, tal y como consta en infinidad de informes del secretario e interventor municipales, al llevar implícito el puesto el concepto de disponibilidad, la exregidora reconoció que el nuevo encargado percibió una compensación económica por ellas al considerar que era de justicia. “Entiendo que cuando alguien hace horas extra hay que pagárselas o compensárselas de algún modo”, incidió la encausada.

También defendió la legalidad de sus decisiones respecto de distintas obras que los acusadores consideraban que no siguieron los cauces administrativos correspondientes, entre ellas la reparación del Puente del Peregrino, una infraestructura antigua que, según advirtió la entonces alcaldesa, requería de una intervención urgente debido a su mal estado y el riesgo de accidente para los vecinos ya que por él transitan camiones de gran tonelaje y es punto de conexión entre urbanizaciones utilizado por los “chavales”.

“Nadie me dijo que se necesitase proyecto, algo que, por ciento, habríamos hecho sin problema porque se trataba de una obra sencilla”, mientras que respecto de las obras ejecutadas en la construcción de un sotechado contiguo a una nave municipal, también sin proyecto ni plan de seguridad, la expolítica de Cs aseguró que nadie le informó de tales trabajos y se imagina que la misma la acordaron entre el jefe de Mantenimiento y el concejal de Urbanismo.

Entre las irregularidades atribuidas, el Ayuntamiento de Boecillo le imputaba haber ordenado acometer, al mismo tiempo, las de saneamiento y abastecimiento, pese a que inicialmente solo estaban contempladas las primeras.

En este sentido, explicó que se acordó ejecutar igualmente las de abastecimiento al abrir la zanja para las de saneamiento y comprobar que había numerosas fugas y que los ciudadanos de Boecillo bebían agua procedente de tuberías rotas de fibrocemento.

“Además, cada vez que había fugas había que cortar el suministro de todo el pueblo. Había que tomar una decisión y se puso el tema sobre la mesa. No se podía mirar para otro lado”, recordó la acusada, quien añadió que por eso se solicitó que la arquitecta municipal elaborara una memoria justificativa del deterioro de las tuberías de abastecimiento y se pidió una subvención a la Diputación provincial para obras de urgente necesidad, obteniendo la máxima posible“.

Mala relación con el secretario municipal

A lo largo de su interrogatorio, la ex de Cs denunció que no llegó a tomar por ciertos los informes en contra o reparos del secretario municipal a buena parte de sus decisiones, que además “no eran vinculantes”, tras comprobar que su asesoramiento era intencionadamente para perjudicar los intereses del equipo de gobierno municipal.

“A partir de ahí comenzó su comportamiento hostil”, insistió la acusada, que también extendió dicho comportamiento respecto de las trabajadoras del Consistorio, sobre las que, según ella, ejercía una “presión y un comportamiento impropios”, hasta el punto de que una de las afectadas le denunció por acoso y ello derivó en un proceso penal recientemente concluido en sentencia absolutoria para el secretario municipal.