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Siete audiencias provinciales de Castilla y León revisarán 146 sentencias para ver si procede aplicar la 'Ley del sólo sí es sí“

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Seis audiencias provinciales de Castilla y León revisarán de oficio 146 sentencias para ver si procede aplicar la 'Ley del sólo sí es sí“. La Audiencia de León revisará 18 sentencias; la Audiencia de Salamanca revisará 36 sentencias; la de Burgos, 20 sentencias; la de Zamora otras diez; la de Palencia, 7; Valladolid se encuentra examinando 35 fallos; y mientras que Soria ya ha analizado 20 .

Las Audiencias Provinciales de Salamanca , Burgos y Zamora no han dictado ninguna resolución en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, más conocida como 'Ley del sólo sí es sí' pero van a revisar de oficio todas las sentencias firmes dictadas por delitos contra la libertad sexual en las que el condenado se encuentre cumpliendo de manera efectiva la pena, según informa a través del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Los tribunales han dado un plazo de 15 días a las partes para que se pronuncien y después resolverá lo que proceda en cada caso concreto. 

Hasta el momento, la Audiencia Provincial de Salamanca solo ha recibido dos solicitudes de revisión. Una de ellas está dentro de esas 36 que el tribunal iba a revisar de oficio. La otra petición afecta a una sentencia que no es firme. Está recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.  En la actualidad se está tramitando la petición de revisión presentada por la defensa del condenado y se ha dado traslado a las partes. 

La Audiencia de Burgos ha recibido una solicitud de revisión, que está dentro de las 20 que el tribunal provincial va a revisar de oficio. Hasta el momento, la Audiencia de León ha recibido una solicitud de revisión, que está incluida dentro de las 18 que se van a examinar de oficio.  

Por su parte, la Audiencia Provincial de Soria no ha dictado hasta el momento ninguna resolución en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022. La Sala ha analizado justo en el momento en que entró en vigor la norma un total de 20 sentencias ejecutorias y en ninguna se consideró que hubiera que iniciar de oficio el incidente de revisión al tratarse de pena imponible conforme a la nueva regulación. El Ministerio Fiscal tampoco lo solicitó. Dos condenados han solicitado la revisión, por lo que el tribunal se ha dado traslado al fiscal y a la acusación particular antes de resolver lo que proceda en cada caso concreto.

El pasado viernes, el presidente de la Audiencia de Valladolid, Francisco Javier Carranza, se posicionó al respecto. En el caso de Valladolid, tras la revisión ya aplicada a un joven que agredió sexualmente a una menor, cuya condena se ha visto rebajada de doce a diez años de cárcel con el rechazo de la Fiscalía, en la actualidad las dos secciones de lo penal, la Segunda y la Cuarta, están actuando de “manera paralela” y tras consultar sus registros han recopilado ya 20 y 15 fallos, respectivamente, susceptibles de revisión.

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