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Ramificaciones del caso Mediador en Castilla y León: cuarteles de la Guardia Civil pintados por empresas de Canarias

Sede de la Comandancia de la Guardia Civil en Valladolid

Laura Cornejo

3 de marzo de 2023 20:44 h

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Al menos una parte del caso Mediador arrancó en Ávila. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Ávila abrió diligencias previas en 2019 por un delito de malversación a raíz de un atestado de Servicios Internos de la Guardia Civil en el que se denunciaba una posible actuación ilícita en una serie de contratos para obras en acuartelamientos. El juez instructor tomó declaración como investigados al entonces jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Ávila, a un empresario y a un colaborador de este último, según informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.   

Tras estudiar el asunto, el Juzgado de Ávila entendió que no era competente ya que el mayor cargo supuestamente implicado y al que señalaban las declaraciones efectuadas, un teniente general de la Guardia Civil, tenía la sede oficial en la Dirección General de Madrid. Por lo tanto, dictó un auto en el que acordó la inhibición a favor del Juzgado Decano de Madrid para el conocimiento de todas las actuaciones. 

Uno de los investigados recurrió dicho auto primero ante el Juzgado y posteriormente ante la Audiencia Provincial de Ávila solicitando el archivo de la causa. El Juzgado rechazó sus pretensiones y el tribunal provincial también desestimó esta apelación al entender que aún quedaban muchas diligencias por practicar y porque, en definitiva, la competencia para dictar la resolución definitiva correspondería a un órgano judicial de Madrid.  Finalmente, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 confirmó la inhibición para la continuación de la investigación en Madrid, en concreto, por parte del Juzgado de Instrucción 3 de la capital. 

Lo que se denunció en 2019 fue una posible actuación ilícita del entonces teniente coronel y jefe de la Guardia Civil de Ávila y de un empresario administrador único de las empresas Angrasurcor SL y Solocorcho SL, Á.R.T.L, así como de una tercera persona. Según los Servicios Internos de la Guardia Civil, entre el segundo semestre de 2016 y principios de 2017 esas empresas “habrían conseguido la adjudicación de contratos para la realización de trabajos de pintura y de impermeabilización de edificios de numerosos acuartelamientos de la provincia de Ávila, pese a que lo habitual era que ese tipo de obras venían siendo realzadas por empresas locales”. Angrasurcor está domiciliada en Lanzarote, en en Canarias, epicentro de la trama.

Obras en cuarteles de la Guardia Civil que se pagaron pero que no se realizaron

Los trabajos facturados se habrían abonado en su totalidad, con una asignación presupuestaria que “se habría descentralizado desde la Subdirección General de Apoyo de la Guardia Civil”, pese a que, tal y como se pone de manifiesto por el informe de Servicios Internos, como del informe pericial realizado a petición del Juzgado de Instrucción, los trabajos en muchos de los acuartelamientos no se habrían realizado en su totalidad, y en otras ni siquiera se habrían iniciado, tras el pago autorizado por el Teniente Coronel, al certificar que los trabajos estaban perfectamente realizados.

En la declaración que hizo el Teniente Coronel en calidad de investigado, aseguró que la contratación de las empresas canarias fue una decisión del Teniente General que entonces estaba al frente de la Subdirección de Apoyo de la Guardia Civil, con sede en Madrid. Así, tras esta declaración, Asuntos Internos inició una nueva vía de investigación que reveló que en 13 comandancias de la Guardia Civil (Murcia, Albacete, Algeciras, Alicante, Ávila, Badajoz, Castellón, Huelva, Jaén, A Coruña, Santa Cruz de Tenerife, Toledo y Valladolid), esas mismas empresas de Canarias realizaron trabajos de pintura e impermeabilización en fechas próximas a las anteriormente indicadas, incrementando enormemente la facturación e ingresos de dichas empresas.

El 2 de noviembre de 2021 se dictó auto por el Juzgado de Instrucción no 3 de Madrid en el que se aceptaba la inhibición al estimar que son los juzgados de instrucción de Madrid los competentes.

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