Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
16 grandes ciudades no están en el sistema VioGén
El Gobierno estudia excluir a los ultraderechistas de la acusación popular
OPINIÓN | 'Este año tampoco', por Antón Losada

Anulada la sentencia del acosador de Paula Bonet porque la jueza no justificó su trastorno psiquiátrico

Víctor G.T. a su salida de la Ciudad de la Justicia

Oriol Solé Altimira

3 de marzo de 2023 12:00 h

4

Víctor G.T. acosó y amenazó a la artista Paula Bonet porque sufre una enfermedad psiquiátrica, pero la jueza no lo argumentó lo suficiente en la sentencia por la que le aplicó una eximente de trastorno mental. Así lo ha concluido la Audiencia de Barcelona, que ha estimado el recurso de la Fiscalía y ha anulado la sentencia de la magistrada de lo penal ante su “falta de motivación” sobre el “delirio erotomaníaco” que padece el acusado. La jueza tendrá que redactar una nueva sentencia.

La magistrada del juzgado de lo penal 10 de Barcelona condenó al joven por tres delitos –amenazas, acoso y quebrantamiento de la medida cautelar que le prohibía acercarse a la ilustradora y escritora– pero le aplicó la eximente de trastorno mental, lo que implicaba el cumplimiento, como máximo, de tres años y tres meses internado en un centro psiquiátrico y no tener que ingresar en prisión, donde sí estuvo de forma preventiva durante ocho meses antes del juicio.

Tanto la Fiscalía y la abogada de la artista, Carla Vall, como el abogado de Víctor G.T., Sergio Mercé, recurrieron la sentencia ante la Audiencia de Barcelona. Las acusaciones creen que, como argumentaron las forenses del juzgado, Víctor G.T. no sufre enfermedad mental alguna, mientras que la defensa razona que la aplicación de la eximente de trastorno mental solo puede conducir a una sentencia absolutoria.

La Audiencia de Barcelona, en una sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es, adopta una decisión a medio camino entre ambas partes. Los magistrados no niegan que Víctor G.T. sufra una enfermedad mental, pero sí consideran que la magistrada que juzgó el caso no lo argumentó con los criterios que exige el Derecho Penal a la hora de aplicarle una eximente de trastorno mental. En consecuencia, ordenan repetir la sentencia.

Los magistrados son claros a la hora de censurar la argumentación de la magistrada sobre el trastorno “erotomaníaco”, que tildan de “superficial y ”parca“. ”La aplicación de una eximente completa de alteración psíquica requiere de un grado de motivación elevado, porque se trata de una circunstancia de configuración compleja y siempre muy exigente“, recuerdan los magistrados para remarcar que la jueza no realizó esa motivación.

Por el contrario, abundan los magistrados, la jueza se limitó a transcribir en su sentencia los informes de las forenses del juzgado, que rechazaban el trastorno mental, y los de las psiquiatras de Víctor G.T, que argumentaban en favor del “delirio erotomaníaco”, para concluir que ambos dictámenes no eran “incompatibles” y decantarse por el de la defensa. “No se explican en la sentencia la razones de por qué ambos informes no son incompatibles”, critica la sección 3ª de la Audiencia de Barcelona.

La magistrada concluyó que Víctor G.T padece “un trastorno patológico, una enfermedad mental diagnosticada como delirio erotomaníaco que condiciona por completo su voluntad”. Se trata de un trastorno mental inusual basado en los delirios del paciente al creer que otra persona está enamorada de él. El joven acosaba a Paula Bonet porque “vivía una realidad paralela que invadía su pensamiento y su comportamiento hasta límites irracionales”, según la sentencia, lo que le hacía imposible “actuar de acuerdo con una comprensión normal”.

De cara al nuevo redactado de la sentencia, la magistrada tendrá a su disposición no solo el informe de las psiquiatras de la defensa, sino también otro del Hospital Clínico de Barcelona que avala al trastorno erotomaníaco de Víctor G.T.

Los magistrados marcan además las líneas maestras en las que deberá moverse la nueva sentencia: “Es preciso desarrollar la argumentación que haga entender qué tipo de patología es el trastorno delirante erotomaníaco, desde una persectiva científico–psiquiátrica y debe explicarse la relación de causalidad entre el trastorno y los hechos”.

Etiquetas
stats