Cien propietarios fracasan en su intento de culpar a Airbnb de las multas que les impuso el Ayuntamiento de Barcelona

Alberto Pozas

14 de febrero de 2023 22:12 h

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En octubre de 2019, más de un centenar de personas que alquilaban pisos y habitaciones en Barcelona a través de Airbnb acudieron a la Justicia. Habían sido sancionados por el Ayuntamiento de Barcelona con 30.000 o 60.000 euros por ofertar sus inmuebles sin tener licencia turística y reclamaban entre todos más de dos millones de euros a Airbnb por no haberles advertido de que esto les podía pasar. Un juzgado de la capital catalana no solo ha desestimado su demanda y les ha recordado que tenían la obligación de cumplir con la ley, sino que también ha reprochado a varios de ellos que no declaren los beneficios obtenidos del alquiler turístico pero sí reclamen por ellos: “En esos casos se da un comportamiento intencionado de opacidad fiscal”, dice la sentencia.

El Ayuntamiento de Barcelona que dirige Ada Colau lleva años inmerso en una guerra administrativa contra las plataformas de pisos turísticos que ofertan pagar un alquiler a cambio de una casa o una habitación que son ilegales. Se trataba de viviendas que no cumplían con la normativa y que se han traducido en sanciones de 600.000 euros para Airbnb y Homeaway. Solo en 2015, el consistorio barcelonés abrió expedientes a 482 pisos turísticos que no cumplían con toda la normativa turística vigente. En varias sentencias el Tribunal Supremo ha anulado normas que obligaban a este tipo de plataformas a borrar viviendas no registradas.

El Ayuntamiento de Barcelona terminó sancionando a los dueños de los pisos turísticos irregulares y más de un centenar de ellos se unieron en una asociación para llevar a Airbnb a los tribunales y reclamar una indemnización. La Asociación de Afectados por el Conflicto entre el Ayuntamiento de Barcelona y Airbnb (ACABA) nació en 2017, aglutinó a personas sancionadas por sus pisos turísticos y, además de exigir al consistorio la revisión de estas multas, demandó a la propia multinacional por inducirles a la confusión y no dejar suficientemente claros cuáles eran los requisitos legales para anunciar sus pisos sin exponerse a sanciones de miles de euros.

La demanda, ente otras cosas, acusaba a Airbnb de actuar de manera desleal por permitir los anuncios de pisos turísticos irregulares y no informar a estos usuarios de que su anuncio podía traducirse en una multa. Airbnb les indujo, denunciaban, a incumplir la legislación turística y reclamaban en total 2,3 millones de euros, a razón de 20.000 por cabeza para cada afectado que fue sancionado entre 2016 y 2019. La demanda, según ha sabido elDiario.es, fue rechazada el pasado mes de enero por el juzgado de lo mercantil número 10 de Barcelona.

La resolución, que todavía no es firme y ha sido recurrida, refleja en su apartado de hechos probados que entre 2016 y 2017 la normativa obligaba a los propietarios a comunicar al Ayuntamiento que iban a alquilar una habitación o una casa con fines turísticos. Desde entonces hasta 2020 se requería una “declaración responsable”. Durante todo ese tiempo, además, era obligatorio inscribir las viviendas turísticas en el Registro de Turismo de Catalunya y no hacerlo “constituía una infracción administrativa”. La plataforma de Airbnb, dice la sentencia, “recordaba a los anfitriones la obligación de cumplir con la normativa local”, a partir de 2018 con pantallas adicionales donde se les pedía poner “el número de registro de Turismo de Catalunya de sus alojamientos”. 

En ese sentido, el juez Ignacio Fernández recuerda que cada ciudadano tiene la obligación de cumplir la ley, aunque no la conozca. Recuerda que el Código Civil “proclama el principio básico de que la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento, atribuyendo de esta manera a los ciudadanos la autotutela en el deber de informarse del cumplimiento de sus obligaciones legales”. La demanda, reprocha, pretendía lo contrario: desplazar a Airbnb la obligación de “informar a los usuarios de los deberes legales que tienen, y ello no es así”, explica.

La plataforma, sigue la sentencia, ofrecía “información detallada” sobre la normativa catalana en torno a los pisos turísticos. Los términos y condiciones de contratación “que todo anfitrión debe leer y aceptar de forma previa a anunciarse en la plataforma”, recuerda el magistrado, incluyen “información de las obligaciones legales regulatorias” que todos debían cumplir y por las que fueron sancionados.

Una “opacidad fiscal” intencionada

Una parte de la sentencia se dedica a analizar si los asociados de ACABA son o no consumidores, y si por tanto tienen legitimación para hacer varias peticiones de las que recoge la demanda. Para esto, el juez pidió a cada uno de ellos que aportasen las declaraciones de la Renta desde 2016 hasta 2019 para ver si lo que ganaba cada uno con la explotación de la vivienda turística era o no su actividad económica principal.

El resultado, explica la sentencia, es que “en muchos casos no se ha declarado ningún ingreso” a Hacienda aunque afirmen en su demanda que han sido sancionados por el Ayuntamiento de Barcelona, precisamente, por explotar pisos turísticos. En esos casos, concluye el juez, “se da un comportamiento intencionado de opacidad fiscal” y, “más allá de la infracción tributaria que ello pudiera comportar”, eso le permite presumir que “constituye su actividad principal”. En otros casos, como el de un propietario con cinco pisos turísticos en la capital catalana, también excluye el juez que sean considerados consumidores estableciendo que, por tanto, no pueden reclamar daños y perjuicios a Airbnb como hacen en parte de la demanda al pedir más de dos millones de euros.

En su página web, esta asociación afirma que son “vecinos y vecinas, no especuladores” que durante la crisis decidieron poner una habitación en Airbnb para sacar un dinero extra. La plataforma, denuncian, les “dejó” publicar sus pisos sin licencia, incumpliendo la normativa municipal, cuando muchos de ellos “comparten el espíritu de esta ley” y, añaden, votan a los partidos que han impulsado estas restricciones. Dan a entender, por tanto, que si hubieran conocido la normativa legal sobre los pisos turísticos no lo habrían hecho y que Airbnb, de alguna manera, les ocultó esas exigencias administrativas.

La sentencia, que es recurrible ante la Audiencia Provincial de Barcelona, rechaza que Airbnb haya incurrido en algún tipo de publicidad u omisión engañosa de cara a los anfitriones: “No se desprende que la demandada haya incumplido la normativa administrativa, por lo que no es su incumplimiento la causa de la sanción de los asociados de la demandante”, dice el magistrado.

El consistorio, alegan estos más de 100 anfitriones, aumentó la cantidad de las multas por el papel que Airbnb empezaba a jugar en el ecosistema inmobiliario y del alquiler turístico de la ciudad, y el juez contesta que esta alegación tampoco puede prosperar en su beneficio: “La voluntad del legislador no viene determinada por la demandada”. La Ley de Turismo de Catalunya, además, no se puede aplicar a Airbnb porque es un “prestador de servicios de la sociedad de la información” y no una empresa turística. Tampoco existió publicidad engañosa en los vídeos y anuncios con los que Airbnb ofertaba sus servicios a los auténticos consumidores.