Aval judicial al modelo de negocio de Tripadvisor. Un juez de Barcelona ha absuelto a la compañía en la demanda que un restaurador valenciano presentó por competencia desleal y conductas “contrarias a la buena fe” empresarial. Dichas conductas eran, por un lado, la supuesta falta de control de Tripadvisor para borrar los comentarios ofensivos de los usuarios, y, por el otro, la negativa de la web a suprimir el perfil del restaurante pese a las peticiones de los dueños.
En total, la empresa dueña de dos restaurantes reclamaba 668.961,87 euros –el 5% de su facturación en 2017– a Tripadvisor por daños morales y el menoscabo en su honor, imagen y prestigio. El juez ha desestimado la demanda y ha absuelto a Tripadvisor porque ha constatado que la empresa sí eliminó dos de los comentarios “graves y atentatorios”, en los que usuarios acusaban a los restaurantes Marina Beach y Panorama de Valencia de ser “empresas sin derechos laborales” y “una chapuza de negocios”.
Respecto a un tercer comentario que Tripadvisor no borró, en el que bajo el título “Tóxico Beach” un usuario indicaba que el tartar de atún “nos proporcionó fuertes diarreas”, el titular del juzgado de lo mercantil 7 de Barcelona expone que se trata de una opinión “que podría ser factible y una valoración subjetiva que puede tildarse como normal”.
El juez destaca que Tripadvisor “no ha sido ajena al control de los comentarios”, ya que realizó un “control concreto” sobre las opiniones de los usuarios. Con todo, el magistrado reprocha a la web que no tenga unos sistemas de control “claramente definidos”, en particular sobre la manera en que los restaurantes pueden contactar con Tripadvisor para dar cuenta de opiniones “infractoras de derechos”.
“Únicamente ha quedado claro –zanja el juez– como sistema reactivo de control de opiniones, la posibilidad que tiene el titular del establecimiento con perfil propio en la web de responder a la opinión de manera pública, sin más opción a réplicas”. Esta posibilidad, agrega el togado, tiene un “efecto limitado y no remueve el comentario claramente atentatorio”.
Al efectuar un “control adecuado” de los comentarios, el juez razona que Tripadvisor no vulneró las normas mercantiles ni de la competencia al negarse a borrar el perfil de los restaurantes después de que se lo pidieran. El juez encuadra la decisión de Tripadvisor en los límites de la libre empresa. Sería distinto si el restaurante hubiera presentado como prueba una alud de comentarios vejatorios sin control por parte de la empresa, pero este no fue el caso. “No es lo mismo tres opiniones fraudulentas bien o mal controladas que treinta o trescientas”, concluye el juez.
Todo ello lleva al juez a razonar que el modelo de negocio de Tripadvisor “no está asentado en la mayor o menor reputación de los establecimientos”, sino que se nutre de la actividad de los usuarios de la web y está “muy alejada de la actividad de restauración” que desarrolla la empresa demandante.