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Los jueces condenan a un joven a 7 años de cárcel, la pena más alta por los disturbios del procés

Los acusados, antes de empezar el juicio

elDiario.es Catalunya

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a siete años y medio de cárcel a un joven por lanzar pirotecnia y adoquines a agentes de la Policía Nacional en las protestas de 2019, en lo que supone la pena más alta impuesta hasta ahora por jueces en las decenas de juicios sobre los altercados contra la sentencia del procés.

El joven afrontaba una petición fiscal de 14 años de cárcel, que también era la más alta solicitada por los disturbios de octubre de 2019. En la sentencia, la sección 6ª de la Audiencia de Barcelona impone un año de cárcel a otro de los acusados y absuelve a un tercer procesado, al tiempo que exonera a los tres del delito de desórdenes públicos ya que no se ha podido acreditar que actuaran de forma conjunta para alterar la paz pública.

La alta pena impuesta supone una excepción a las decenas de sentencias que ya han emitido los tribunales catalanes sobre los altercados del procés y que, en su gran mayoría, han rebajado sobremanera las condenas reclamadas por la Fiscalía, castigando los disturbio por debajo del umbral que marca el ingreso en prisión.

Los hechos, por los que la Fiscalía pedía para uno de los acusados una pena de 14 años, superior a la de 13 años que el Tribunal Supremo impuso al ya indultado exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, ocurrieron el 18 de octubre de 2018, en el marco de los disturbios en protesta por la condena a la cúpula del procés.

En el marco de los altercados, los jueces concluyen que Oleksandr S, condenado a siete años y medio de cárcel, con el ánimo de menoscabar la integridad de los agentes, lanzó un artefacto pirotécnico a los pies de dos policías, que sufrieron varias lesiones, como pérdida auditiva, y también arrojó sendos adoquines que impactaron en la muñeca izquierda de uno de ellos y en el hombro derecho del otro.

Por este motivo, la Audiencia le condena a cuatro años y seis meses de prisión por un delito de atentado a la autoridad y a otros tres años de cárcel por uno de lesiones, y le ordena indemnizar a los agentes con 43.393 y 9.468 euros, respectivamente.

La Audiencia subraya en su sentencia, que se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que no ha quedado probado que este acusado “animase y dirigiese” a los demás manifestantes violentos a actuar en contra de los policías.

A otro de los acusados, Francesc C., que inicialmente se exponía a una petición fiscal de 7 años y cuatro meses de cárcel, la Audiencia le rebaja su condena hasta un año de cárcel porque, además de absolverle del delito de desórdenes públicos, no le aplica la agravante de que utilizara un elemento peligroso para atacar a los agentes, porque no se han podido demostrar las características de la piedra o adoquín que arrojó contra un policía.

Además, le beneficia en su caso la atenuante de reparación del daño -al haber pagado los 225 euros de indemnización al agente al que lesionó-, por lo que la Audiencia le impone una condena de un año de cárcel, así como una multa de 270 euros por un delito leve de lesiones.

Francesc C., que fue detenido la misma noche de los disturbios, permaneció en prisión preventiva por estos hechos entre el 19 de octubre y el 7 de noviembre de 2019. El tercer acusado, Erik B., ha sido absuelto porque, si bien se demostró que participó en la protesta, no se ha podido acreditar que atacase a uno de los policías.

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