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La Justicia avala prohibir las reuniones de más de seis personas en Catalunya tras el estado de alarma

Consumidores en terrazas junto a un artista en Barcelona

Oriol Solé Altimira

7 de mayo de 2021 12:31 h

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha permitido la prohibición de reuniones de más de seis persones en Catalunya y la limitación del aforo de los actos religiosos al 50% a partir de este domingo, cuando finaliza el estado de alarma. El resto de restricciones, como el toque de queda, decaen, o bien se suavizan. Al contrario que otros gobiernos autonómicos, el Ejecutivo catalán decidió no pedir permiso judicial para mantener en vigor las restricciones más importantes tras el fin del estado de alarma y únicamente solicitó el aval judicial para limitar las reuniones y la asistencia a ceremonias religiosas para evitar aglomeraciones. La Fiscalía ya había pedido dar el visto bueno a las medidas.

La propia Sala de lo Contencioso Adminsitrativo del TSJC indica que las medidas planteadas por la Generalitat “conllevan un cierto relajamiento en comparación con las adoptadas en periodos anteriores” y tienen una “levísima repercusión” en los derechos fundamental de reunión y de libertad religiosa, por lo que no hay impedimento para autorizarlas. Una vez recibido el aval judicial, las restricciones a partir de este domingo en Catalunya serán mucho menos severas que las que había con el estado de alarma y estarán en vigor hasta el próximo 24 de mayo:

Movilidad: por primera vez desde octubre no habrá restricciones para moverse dentro y fuera de Catalunya. Desaparecen tanto el confinamiento perimetral de la comunidad como el toque de queda nocturno, por lo que se podrá ir por la calle a cualquier hora.

Reuniones: es la restricción más relevante. Siguen prohibidas las reuniones de más de seis personas, salvo que se trate de convivientes, en los espacios públicos y privados. Cuando los encuentros sean al aire libre no estará permitido comer ni beber. Guàrdia Urbana de Barcelona y Mossos d'Esquadra ya han avisado de que velarán para que esta medida se cumpla ante eventuales botellones y encuentros en el espacio públicos, en especial la madrugada de este domingo cuando decae el toque de queda. Se prevé un dispositivo similar al de la verbena de Sant Joan.

Hostelería: bares y restaurantes podrán abrir a partir de este domingo de las 7:30h. a las 23:00h, y por primera vez este año estarán autorizados a servir cenas. El aforo en las terrazas será del 100% y de un tercio en interiores.

Comercio: el aforo en pequeñas y grandes tiendas se mantiene en un tercio de su capacidad pero su hora de cierre se amplía de las 21:00h. a las 22:00h.

Cultura: cines y teatros podrán abrir hasta las 23:00h., una hora más que hasta ahora. El aforo se mantiene al 50%.

Discotecas: seguirán cerradas pese a las peticiones del sector para que el Govern trace un plan piloto de reapertura.

Deporte: gimnasios e instalaciones deportivas podrán abrir una hora más, hasta las 23:00h., y su aforo seguirá siendo de un máximo del 50%

Actos religiosos: el TSJC también ha avalado la reducción de aforo al 50% en iglesias y otros centros de culto no es una restricción desproporcionada del derecho a la libertad religiosa.

Mascarilla: sigue siendo obligatoria, también al aire libre y con la única excepción de las personas con problemas respiratorios y la práctica deportiva.

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