La Justicia avala las restricciones en Lleida pero anula la prohibición de reuniones de más de 10 personas en L'Hospitalet
Decisiones judiciales sobre las medidas del Govern para contener el virus en Catalunya. El juez de guardia de Lleida ha avalado las restricciones de movilidad de municipios de la comarca del Segrià, incluida su capital, ordenado por segunda vez este martes. Por contra, el juez de guardia de Barcelona ha anulado la prohibición de reuniones de más de 10 personas en L'Hospitalet.
Las medidas ordenadas por la Generalitat en Lleida son más laxas que durante el estado de alarma y contemplan nueve excepciones, entre ellas ir a trabajar si no se puede hacer desde casa, acudir a centros de salud y cuidar de familiares, así como para actividades de ocio y deporte en grupos de convivientes.
Además, a diferencia de la orden de este domingo, en la nueva orden la Generalitat ha incluido una cláusula por la que permite la movilidad dentro y entre los términos municipales de Lleida capital, Alcarràs, Aitona, La Granja d’Escarp, Seròs, Soses y Torres de Segre, pese a que la consellera de la Presidència, Mertixell Budó, dijo este martes en rueda de prensa que eran las mismas.
El juez sí ha vetado las nuevas medidas en el municipio de Massalcoreig al entender que la Generalitat no ha proporcionado datos suficientes.
También quedan prohibidas en zona de Lleida las reuniones de más de 10 personas, las bodas y ceremonias religiosas y la actividad en teatros, piscinas, gimnasios y discotecas. Por contra, el juez de guardia de Barcelona ha levantado la misma prohibición ordenada por el Govern en L'Hospitalet, que fue la única medida obligatoria frente a un alud de recomendaciones para contener el virus.
Para el juez de Lleida, la prohibición de encuentras entra dentro de las medidas que puede tomar la Generalitat para “limitar la actividad de las personas” para contener el virus, habida cuenta de que las reuniones “se han demostrado como foco de contagios”.
El juez de Bacelona usa el mismo fundamento para tomar la decisión opuesta ya que, a su juicio, las leyes de salud pública “no contemplan medidas de tanta gravedad” como la prohibición de reuniones sino que “se refieren solo a la limitación de actividades, desplazamientos de personas y prestaciones de servicios”. El juez toma esta decisión a petición de la Fiscalía.
En Lleida los restaurantes solo podrán abrir para servir comida a domicilio o para que los clientes la recojan con cita previa, no para servir en las mesas. Las tiendas pueden seguir abiertas, pero las que no vendan productos de primera necesidad deberán atender solo con cita previa.
A diferencia de la anterior resolución, en que la Generalitat no concretó la duración del confinamiento –algo que fue reprochado por la jueza de guardia– este martes el Govern sí ha establecido que la medida tendrá, en principio, un plazo de 15 días.
“Las medidas son necesarias pues las adoptadas hasta ahora no han podido alcanzar los objetivos de control de la pandemia”, zanja el juez de Lleida, que destaca que la limitación de desplazamientos y actividades “es idónea para reducir el contacto social y en consecuencia, los contactos”.
0