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Amnistía Internacional concluye que el juicio del procés fue justo pero reclama la libertad “inmediata” de los 'Jordis'

Los 'Jordis' fueron condenados a nueve años de cárcel por sedición

Oriol Solé Altimira

Fue un juicio justo, pero las condenas han sido excesivas y desproporcionadas, en especial en el caso de los 'Jordis', y sus consecuencias pueden ser perjudiciales para el derecho a la protesta. Esta es la conclusión de Amnistía Internacional del juicio del procés. La organización internacional en defensa de los derechos humanos, tras asistir como observadora a las 52 sesiones de vista oral no ha hallado “ningún factor” que indique que el juicio “fuera injusto en su conjunto”.

Pese a no enmendar el juicio en su totalidad, Amnistía no tiene dudas en su crítica a la sentencia. “La interpretación que hizo el Tribunal Supremo del delito de sedición fue excesivamente amplia y se tradujo en un la criminalización de unos actos de protesta legítimos”, señala en referencia al 20-S y el 1-O la organización internacional en su informe de conclusiones sobre el juicio del procés.

Esta interpretación desproporcionada del delito de sedición, a criterio de Amnistía Internacional, es especialmente grave en el caso del exlíder de la ANC y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, condenados a nueve años de prisión por sedición. Tal y como ya había hecho al finalizar el juicio, AI ha exigido la “inmediata puesta en libertad” de los 'Jordis' y que se anule su condena porque, en opinión de la entidad, el Supremo ha aplicado a ambos líderes civiles “una interpretación excesivamente amplia y peligrosa” del delito de sedición.

Es más, AI destaca que la condena a los 'Jordis' supone “una restricción desproporcionada de los derechos a la libertad de expresión y de reunión pacífica”, ya que, a su juicio, el tribunal presidido por Manuel Marchena “no demostró que la imposición de unas condenas tan severas fuera proporcional a los actos pacíficos que se imputaban” a ambos líderes civiles. La coordinadora de AI en Catalunya, Adriana Ribas, ha sostenido que en ninguna acción o protesta liderada por los 'Jordis' en el procés “hubo incitación a la violencia”, por lo que condenarles por un delito “tan severo” como la sedición supone “criminalizar sus derechos”.

“Las penas impuestas a Sànchez y Cuixart constituyen claramente una restricción excesiva y desproporcionada de sus derechos a la libertad de expresión y de reunión pacífica”, ha afirmado el director de Amnistía Internacional en España, Esteban Beltrán, que también ha reclamado al Congreso un cambio en el Código Penal para modificar la “vaguedad” del actual redactado del delito de sedición. Según Beltrán, con este cambio se debe evitar “la criminalización de los actos de desobediencia civil y la restricción indebida de la libertad de reunión pacífica o de expresión”, así como la imposición de “penas desproporcionadas” por el ejercicio de estos derechos.

En este sentido, la entidad ha hecho hincapié en que la actual “vaguedad” de la definición de sedición, que castiga el “alzamiento público y tumultuario para impedir la aplicación de las leyes o de la autoridad por la fuerza o fuera de las vías legales”, abre la puerta a “castigar acciones de desobediencia civil”, como en el caso de los 'Jordis'. Y si esta vaguedad se mezcla con la interpretación “extensiva” que ha hecho el Supremo, el cóctel resultante puede suponer “un efecto paralizante prejudicial que podría impedir que la ciudadanía participe en protestas pacíficas sin temor”, ha alertado Amnistía.

Respecto al resto de líderes condenados, Amnistía comparte la crítica a la “ambigüedad” del delito de sedición y la “interpretación” realizada por el Supremo. “La sentencia demuestra que la vaguedad de la definición del delito de sedición permite que se utilice de forma excesiva”, ha resaltado Ribas. Sin embargo, a diferencia de los 'Jordis', Amnistía Internacional ha considerado que los exconsellers y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, condenados a entre diez y trece años de cárcel por sedición, no estaban amparados por los derechos a la libertad de expresión “por su condición de autoridades. ”Nos preocupa la sanción en base a un delito vagamente definido y una interpretación demasiado extensiva“, ha incidido Beltrán.

“Aunque cabe que los dirigentes políticos catalanes hubieran cometido un delito perseguible legítimamente teniendo en cuenta los cargos que ocupaban, su condena por sedición -un delito definido con excesiva vaguedad- vulnera el principio de legalidad internacional de derechos humanos”, argumenta AI en el documento, respecto a las sentencias a los exmiembros del Govern y a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell.

Por todo ello Beltrán ha avanzado que Amnistía pedirá a la Fiscalía del Tribunal Constitucional que adopte las medidas necesarias de cara a futuros recursos de los presos para que se repare la “vulneración del principio de legalidad” que, a su juicio, han sufrido los condenados. “El fiscal del Constitucional debe tener en cuenta que la vulneración del principio de legalidad supone una vulneración de los derechos de los condenados”, ha concluido Beltrán.

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