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El Constitucional vuelve a la unanimidad y avala que el Supremo suspendiera antes del juicio a los diputados presos de JxCat y ERC

Sede del Tribunal Constitucional

elDiario.es Catalunya

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El Tribunal Constitucional ha recuperado la unanimidad que perdió a cuenta de los recursos de los presos del procés contra su prisión preventiva. El tribunal de garantías ha avalado que el Tribunal Supremo suspendiera antes del juicio a los cinco diputados presos de JxCat y ERC y a Carles Puigdemont en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En la sentencia publicada este martes, los magistrados niegan que la suspensión como diputados de Carles Puigdemont, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull (JxCat) y Oriol Junqueras y Raül Romeva (ERC) vulnerara sus derechos políticos, su presunción de inocencia y el derecho a un proceso judicial con todas las garantías, tal y como alegaban las defensas.

Argumenta el Constitucional que la decisión del Supremo “se limitó a constatar” que los presos cumplían los dos requisitos que marca la ley para ser suspendidos de su cargo público antes del juicio, estos son, que estuvieran en prisión provisional y procesados por terrorismo o rebelión. Las defensas sostenían que solo podían ser suspendidos si estaban procesados por una rebelión armada, algo que no ocurrió en el caso del procés.

De esta forma, los doce magistrados del Constitucional vuelven a estar de acuerdo en una decisión relevante respecto a los derechos de los presos del procés. La unanimidad del tribunal de garantías se había roto debido a la prisión preventiva de los presos, ahora ya condenados en firme a penas de entre nueve y trece años de prisión por el Tribunal Supremo.

Tres magistrados del sector progresista del Constitucional, Juan Antonio Xiol, Fernando Valdés Dal-Ré y María Luisa Balaguer, discreparon de la mayoría del tribunal y consideraron que la prisión preventiva vulneró los derechos de los presos y que el Supremo tendría que haber valorado una medida menos lesiva para los derechos políticos como diputados de los presos. El tribunal también avaló, aunque dividido, que el Supremo impidiera a Jordi Sànchez acudir a su sesión de investidura en 2018.

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