La candidatura de Jordi Sànchez lleva a la Justicia a volver a decidir sobre la investidura en Catalunya

La investidura de un nuevo president de la Generalitat no se acuerda solamente en las negociaciones entre partidos independentistas en el Parlament. La propuesta de Carles Puigdemont como candidato a la investidura a distancia quedó abortada por el Tribunal Constitucional. El expresident de la Generalitat señaló como nuevo candidato a Jordi Sànchez (JxCat). Si finalmente el exlíder de la ANC, encarcelado desde el 16 de octubre, es el elegido, la investidura quedará en manos del Tribunal Supremo: el magistrado Pablo Llarena tendría que autorizar la excarcelación de Sànchez para que pueda acudir al Parlament y participar en su debate de investidura.

La defensa de Sànchez, que ejerce el penalista Jordi Pina, pedirá su puesta en libertad inmediata una vez su candidatura a la presidencia de la Generalitat se oficialice. Esto podría ocurrir a principios de la próxima semana, cuando el presidente del Parlament, Roger Torrent, tiene previsto finalizar la nueva ronda de consultas con los grupos parlamentarios para designar un nuevo candidato. Cabe recordar además que el Constitucional debe pronunciarse todavía sobre el recurso de amparo contra su prisión provisional.

Fuentes jurídicas indicaron a este diario que Llarena no permitiría a Sànchez abandonar la prisión para asistir a su investidura, del mismo modo que no le autorizó a hacerlo para votar la Mesa del Parlament. Este jueves, fuentes del Gobierno pronosticaron a LaSexta las decisiones judiciales y auguraron que Llarena no daría permiso a Jordi Sànchez para ser investido.

El portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, ha asegurado que el Ejecutivo “no va a consentir” una investidura de Jordi Sànchez. El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha vuelto a pedir que el futuro president esté libre de procesos judiciales. A esta petición también se han sumado políticos de izquierda como Ada Colau o Miquel Iceta. “No podemos elegir a un presidente que esté en la cárcel”, ha dicho el líder del PSC.

La eventual denegación judicial de la investidura de Sànchez ha encendido las alarmas entre algunos juristas. “Impedir el ejercicio del derecho de sufragio activo o pasivo sin sentencia judicial firme es el más grave delito de prevaricación que se puede cometer en democracia”, ha escrito el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla Javier Pérez Royo en un artículo en eldiario.es.

A criterio de Pérez Royo, la Constitución no permite impedir que Sànchez acuda al Parlament para la sesión de investidura. Coincide en este sentido el catedrático de derecho penal de la UOC Josep Maria Tamarit, que indica además que el exlíder de la ANC “no es inelegible”, sino que goza de los mismos derechos políticos que le permitieron concurrir a las elecciones del 21D y ser elegido diputado en el Parlament. “Desde el punto de vista procesal, los derechos políticos son los mismos ahora que cuando Sànchez concurrió en las listas. La diferencia es la presencia física en el hemiciclo del candidato a la presidencia de la Generalitat”, añade.

El único precedente que existe en España de un preso como candidato a la investidura es el del candidato a lehendakari por Herri Batasuna Juan Carlos Yoldi, a quien la Audiencia de Pamplona permitió hace 30 años abandonar la prisión para acudir a la sesión de investidura, en la que no resultó elegido.

“Si la legislación permite a los ciudadanos en prisión preventiva su presentación como candidatos y son elegidos democráticamente, oponer trabas al ejercicio de su derecho lesionaría a su vez los derechos políticos de sus electores”, argumentaron los magistrados navarros en 1987 para autorizar la salida de la cárcel de Yoldi para acudir a la investidura. Tamarit recuerda que el Supremo no está vinculado por esta decisión al ser la Audiencia de Pamplona una instancia de menor rango.

En su primera oportunidad para ponderar los derechos políticos de Sànchez y los riesgos de su salida de prisión, Llarena optó por impedir al diputado de JxCat acudir al pleno de constitución del Parlament al no poder garantizar que su excarcelamiento provocara el “impulso” o el “brote de un grave enfrentamiento ciudadano”. Lo hizo tras rechazar Sànchez la vía unilateral y acatar la Constitución, tanto ante Llarena como por escrito. No le sirvió para salir de la cárcel.

Y todo parece indicar que tampoco le servirá ahora, más después del último auto de Llarena, en el que el magistrado consideró la ideología independentista de Sànchez como un motivo que hacía mantener el riesgo de reiteración delictiva.