La proclamación de una república en 35 días y una Constitución para Catalunya en un año. Esta ha sido la promesa que los grupos independentistas que gobiernan la comunidad autónoma han hecho este lunes mediante la presentación pública y registro de la ley de Transitoriedad. 89 artículos y tres disposiciones finales que pretenden ser el paraguas jurídico para el tiempo de transición de legalidades y, a la vez, el camino detallado hacia un nuevo Estado independiente.
La ley, que dispone su propia entrada en vigor si en el referéndum del 1 de octubre hay más votos del 'sí' que del 'no', se basa en un juego jurídico de espejos mediante el cual todo el actual ordenamiento jurídico queda intacto si no hay una ley catalana que diga lo contrario. Es decir, las que contienen el texto presentado este lunes o, ya, las que contenga una eventual Constitución catalana. Con esta fórmula, los independentistas creen haber hallado la forma de garantizar la seguridad jurídica durante el proceso.
El primer hito en este nuevo calendario llegaría inmediatamente después del referéndum del 1 de octubre. Según la tercera disposición final, “esta ley entrará en vigor una vez sea aprobada por el Parlament de Catalunya, se haga la publicación oficial y se cumpla lo dispuesto en el artículo 4.4 de la Ley del referéndum de autodeterminación de Catalunya”. Y esto dice ese artículo: “Si en el recuento de los votos válidamente emitidos hay más afirmativos que negativos, el resultado implica la independencia de Catalunya”.
Nuevo calendario con dos votaciones más
Habría, por tanto, una proclamación de la independencia en los días inmediatamente posteriores al referéndum. En poco más de un mes desde la fecha actual el artículo primero –“Catalunya se constituye en una República de Derecho, democrática y social”– quedaría avalado por el Parlament. Sería entonces cuando comenzaría el viaje hacia la nueva Constitución.
El proceso constituyente, tal y cómo está diseñado en el título séptimo de la ley de transitoriedad, estaría dividido en dos fases: una primera, deliberativa y de debate ciudadano, y una segunda de redacción del texto constituyente. En medio de estas se celebrarían unas elecciones, con el objetivo de formar una nueva asamblea con mandato constituyente. Siempre desde la óptica de los independentistas, estas elecciones serían una nueva prueba de respaldo o rechazo popular a la independencia de Catalunya.
Según el plan establecido, todo acabaría a un año vista, con un nuevo referéndum. Esta vez, en la votación se ratificaría o no el texto que los constituyentes presentaran. En total, cerca de 12 meses de proceso de elaboración de la nueva Carta con hasta tres votaciones contando el referéndum del 1-O.
La ley de ruptura como norma jurídica máxima
Mientras se dan todos estos pasos hacia la redacción y promulgación de una nueva Constitución, la ley de Transitoriedad también regula los aspectos legales del día a día, como normal jurídica máxima, siempre bajo el principio de supletoriedad, es decir, que en ausencia de legislación propia se aplica la ley vigente hasta ahora.
Esta ley regula por ejemplo la obtención de la nacionalidad catalana, a la que accederán directamente los nacionales españoles empadronados en Catalunya antes de 2017, y que podrán solicitar españoles y no españoles que cumplan unos determinados requisitos de empadronamiento. Ser nacional catalán no comportará la renuncia a otras nacionalidades.
Otro de los grandes aspectos que regula de forma detallada tiene que ver con la sucesión entre estados, una situación típica en las secesiones. En el caso catalán, la proposición de ley prevé la continuidad del derecho vigente en los ámbitos local, autonómico, estatal y europeo, así como los tratados internacionales. Asimismo la continuidad de los actos administrativos y la subrogación sin modificar sus términos de los contratos, convenios y acuerdos, hasta ahora hechos con el Estado y que asumiría la nueva Generalitat.
Respecto al brazo judicial del Estado, la norma convertiría el autonómico Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en un Tribunal Supremo, sacaría la Fiscalía del control del Ejecutivo para ponerla bajo el Legislativo, entregaría el actual papel del Consejo General del Poder Judicial a una sala del Supremo catalán o crearía una Comisión Mixta entre poder Judicial y Gobierno para administrar los recursos materiales. Contempla también la amnistía para los políticos ahora imputados o encausados por su actividad pacífica en pos de la independencia.
Esquinazo al Constitucional
Tras varios meses de secretismo, el borrador legislativo ha visto este lunes la luz. Sin embargo, aún quedan grandes incógnitas sobre los planes del Ejecutivo de Puigdemont y de la mayoría parlamentaria que le da apoyo. La más importante de ella, cómo piensa aprobar las leyes del referéndum y de transitoriedad sin que el Gobierno las suspenda durante su tramitación por la vía de un recurso al Constitucional.
Esta situación ya ocurrió el 16 de agosto con la ley del referéndum, que en el último momento fue sacada del orden del día de la reunión de la Mesa, como forma de dejarla fuera del alcance de la acción suspensiva de los tribunales. Con la ley de transitoriedad ocurriría lo mismo. De ser aceptada a trámite, el Constitucional no tardaría en suspenderla y los independentistas deberían decidir si continuar adelante con su aplicación, pese a las consecuencias penales.
Una de las opciones que se barajan para ambas leyes es que sean llevadas a la Cámara mediante decretos gubernamentales, que permitirían un trámite más corto. También que fueran introducidos directamente en el Pleno sin pasar por el trámite parlamentario, algo que el reglamento permite y que encuentra dos antecedentes en dos propuestas de resolución introducidas por la CUP y Catalunya Sí que es Pot en mayo pasado directamente durante la sesión parlamentaria.