La cuenta atrás para la fecha electoral en Catalunya ha comenzado. La sentencia del Tribunal Supremo que confirma la inhabilitación del ya expresident de la Generalitat, Quim Torra, deja al Govern en funciones y pone rumbo a hacia unas nuevas elecciones. Según marcan los plazos legales, los nuevos comicios se celebrarán durante la primera quincena de febrero y, en concreto, el día más probable es el día 7 de ese mes, primera fecha que cae en domingo después de que se agoten todos los trámites necesarios.
JxCat y ERC, basándose en los informes emitidos tanto por los servicios jurídicos del Parlament como por los del Govern, ya tienen la fecha del 7 de febrero marcada en el calendario, con una campaña electoral que comenzaría entre finales de enero y principios de febrero. Con todo, fuentes de los partidos admiten como opción que el calendario acabe moviéndose algunos días más allá, dependiendo entre otras cosas de la premura del presidente del Parlament, de si algún grupo de la oposición desea intentar la investidura e, incluso, de las demoras que puedan producirse en la publicación de la resoluciones por parte de los funcionarios del Diario Oficial de la Generalitat (DOGC).
Entre el cese efectivo del president y la celebración de las elecciones pueden contarse tres plazos sucesivos, cada uno con sus peculiaridades. El primero son los 10 días que deben pasar hasta que el presidente del Parlament, Roger Torrent, informe a la Cámara de que ha sido imposible encontrar un candidato a la investidura. Este plazo comienza a contar a partir de que el decreto de sustitución aparece en el Diario Oficial, lo que podría ocurrir, como pronto, este miércoles. A partir de ahí debe contarse 10 días hábiles, que se cumplirían entre el 15 de octubre y el 19 de octubre.
El informe de los letrados del Parlament dispone que, una vez agotado este primer periodo de 10 días, Torrent debe convocar un pleno de investidura o un “acto equivalente”, que puede ser una comunicación formal a la Cámara de que no hay candidato o un pleno con el mismo objetivo. Este acto parlamentario del presidente, que no tiene por qué caer exactamente el décimo día, pondría en marcha el reloj de la legislatura. Se espera que esto ocurra en torno al día 20 de octubre.
A partir de esta fecha, hay que contar dos meses para la disolución automática del Parlament, un periodo que la ley establece para dar margen a los grupos para poder negociar una eventual investidura. Si esta no se produce, la Cámara queda disuelta y el vicepresidente sustituto firma el decreto de convocatoria electoral, que en este caso es un “acto debido”, lo que significa que Pere Aragonès tiene obligación de rubricarlo.
Según calculan los equipos de los partidos, esta disolución automática del Parlament ocurriría en torno al día 20 de diciembre y las elecciones podrían quedar convocadas en el siguiente Diario Oficial. Y en este momento el decreto de convocatoria puede optar por dos plazos para fijar la fecha electoral: el habitual de 54 días o uno más rápido, de 47, que se introdujo en 2016 mediante una reforma exprés de la ley electoral cuando se celebró la primera repetición electoral después de que Mariano Rajoy fuera incapaz de encontrar una mayoría para ser investido en el Congreso.
Sobre este último punto hay cierta controversia entre juristas, ya que mientras algunos consideran que la reforma que reduce el plazo a 47 puede ser aplicable para una Cámara autonómica, otros inciden en que en el caso de Catalunya hay una normativa propia que establece el placo en 54 días, por lo que no es aplicable. Como curiosidad, si el decreto se emitiera en base a la reforma de Rajoy, la campaña electoral también duraría menos de lo habitual, ocho días en vez de 15.
Volviendo a los plazos para las elecciones, si el decreto de convocatoria electoral se publicase el día 21 de diciembre, las elecciones deberían celebrarse en 47 o 54 días, es decir el día 7 o el día 14. En cualquier caso, los partidos cuentan que difícilmente ocurrirán antes de la primera quincena de febrero y que el Govern pasará en funciones más de cuatro meses antes de volver a pasar por las urnas.