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Las prisiones catalanas proponen el segundo grado para los presos del procés

Las juntas de tratamiento de las tres cárceles catalanas donde cumplen condena por sedición los presos del procés han propuesto clasificar a los nueve internos en segundo grado, el régimen ordinario que se aplica a la mayoría de reclusos. Se trata de un régimen que no permite permisos ni salidas del centro penitenciario hasta cumplir un cuarto de la pena.

Lo han hecho tras un “intenso debate”, según ha informado el secretario de medidas penales del Govern, Amand Calderó. Las votaciones a favor del segundo grado se han aprobado por mayoría pero no por unanimidad. El motivo es que algunos de los integrantes de las juntas eran partidarios de conceder el tercer grado a los presos, que permite salidas diarias de la cárcel para ir a trabajar.

La propuesta de los centros penitenciarios de Lledoners, Mas d'Enric y Puig de les Basses deberá ser confirmada o revocada en un máximo de dos meses por la secretaría de medidas penales de la consellera de Justicia de la Generalitat, aunque Calderó ya ha avanzado que no quiere agotar el plazo. Y es que los 'Jordis' cumplen un cuarto de la pena este 15 de enero, lo que les a derecho a permisos, salidas puntuales en las que el recluso debe ir acompañado por un tutor. De hasta de 48 horas, los concede el departamento de Justicia sin autorización del juez y se pueden disfrutar hasta un total de 36 al año.

Solo en un 5% de los casos la secretaría de medidas penales revoca una propuesta de clasificación de las juntas de tratamiento de las prisiones. Tanto la Fiscalía como las defensas de los presos pueden recurrir su clasificación penitenciaria, y la última palabra la tendrá el tribunal sentenciador, esto es, el Tribunal Supremo. Los recursos no se podrán interponer hasta que la secretaría de Calderó confirme el grado en el que serán clasificados los presos.

Preguntado por el artículo 100.2, que permite a los presos clasificados en segundo grado salidas diarias para ir a trabajar o hacer labores de voluntariado similares al tercer grado al margen del grado de cumplimiento de la pena, Calderó ha explicado que su eventual aplicación no será inmediata, aunque los presos lo podrán solicitar “en cualquier momento” a las juntas una vez su clasificación sea definitiva. Calderó ha añadido que el 100.2 dependerá de la evaluación del estado del tratamiento de los presos que realicen las juntas, y ha recordado que requiere el aval del juez de vigilancia penitenciaria y, en última instancia, de las Audiencias Provinciales.

Al margen del 100.2, los permisos susceptibles de concederse a los presos están vinculados al cumplimiento de un cuarto de la pena. Esto ocurrirá ya el próximo mes de enero en el caso de los 'Jordis', y en junio y octubre cumplirán un cuarto de condena los exconsellers Forn y Rull. Entre enero y febrero de 2021 lo cumplirán Junqueras, Forcadell, Bassa, Turull y Romeva.

Respecto al futuro penitenciario de los presos, Calderó ha reconocido que sus programas de tratamiento responden a “necesidades distintas” de la de la mayoría de reclusos, tanto por la diferencia de los delitos a los que han sido condenados como por su arraigo familiar. Sí ha destacado uno de los “aspectos a trabajar” de los presos debido a las penas de inhabilitación para ocupar cargos públicos a los que han sido condenados: rehacer su vida laboral fuera de la política formará parte de su programa.

Frente a los recelos de la administración penitenciaria catalana, que tiene las competencias transferidas, por parte de la Fiscalía, Calderó ha defendido la profesionalidad de las juntas y de la secretaría pese a reconocer que el de los presos del procés es un “caso singular”. “La Generalitat no dicta las sentencias, lo hacen los jueces. A los servicios penitenciarios les corresponde garantizar los derechos, no lesionarlos”, ha aseverado Calderó.

Para clasificar a los presos, las juntas, formadas por los directores de los centros y por un equipo de psicólogos, educadores, trabajadores sociales y juristas, han varios factores. El principal es la duración de la pena impuesta: nueve años en el caso del exlíder de la ANC Jordi Sànchez y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart; diez años y medio a los exconsellers Joaquim Forn y Josep Rull; once y medio para la expresidenta del Parlament Carme Forcadell; doce a los exconsellers Dolors Bassa, Jordi Turull y Raül Romeva; y trece para el exvicepresident del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras.

A todos ellos hay que descontarles el tiempo que han pasado en prisión preventiva (dos años los 'Jordis'; un año y once meses Junqueras y Forn; 20 meses el resto de exconsellers presos y 19 meses Forcadell). Asimismo, se incluyen en el análisis la conducta de los internos en prisión, la falta de antecedentes o el riesgo de reincidencia o de quebranto de la condena, así como su situación laboral o el apoyo social y familiar. También se ha valorado la ausencia de problemática toxicológica, la antigüedad de los delitos cometidos, el pago de la responsabilidad civil –que no existe en la sentencia del procés–, la motivación ante la rehabilitación y el compromiso con el programa de tratamiento.