Condenan a Privalia a readmitir a un trabajador despedido por cuidar de su esposa enferma de cáncer
El juzgado de lo social 21 de Barcelona ha condenado a la empresa Privalia, dedicada a venta de productos por Internet, a readmitir y a indemnizar por daños morales al trabajador que despidió ante la posibilidad de que, debido el estado de salud de su mujer, enferma de cáncer, se ausentara con frecuencia del trabajo.
Según ha informado el Col·lectiu Ronda, que representaba al trabajador en el litigio, y ha podido consultar este diario, el fallo señala que la empresa formalizó el despido del trabajador alegando causas disciplinarias unos días después de que el empleado informara, en febrero de 2015, de que la enfermedad de su mujer se había agravado y que se le tenía que empezar a administrar un tratamiento paliativo ante la imposibilidad de curación, por lo que solicitaba un permiso de dos días para atenderla.
El juzgado social número 21 de Barcelona condena a Privalia a readmitir e indemnizar al trabajador con más de 15.000 euros en concepto de daños morales. El fallo señala que el trabajador fue despedido porque la empresa consideró que, al tener a la mujer enferma, faltaría más al trabajo y esto repercutiría negativamente en su rendimiento.
En concreto, el juez señala que la empresa “no consigue acreditar una justificación objetiva y razonable de la causa del despido”. El rendimiento profesional del trabajador nunca había sido puesto en cuestión por la empresa, recuerda la sentencia. En este sentido, considera que la motivación de Privalia para proceder a la extinción de la relación laboral tiene su origen en el hecho de que su esposa fue diagnosticada de un cáncer de mama en 2013.
La sentencia considera que el supuesto bajo rendimiento atribuido al trabajador no es la verdadera causa del despido pues los hechos probados, incluyendo el testimonio de sus superiores, derivan en que “el rendimiento del demandante era el correcto”.
El juez argumenta que el hecho de que el extrabajador precisaba de frecuentes permisos o vacaciones para asistir a su esposa en una enfermedad grave “es una circunstancia personal que en ningún caso puede ser motivo ni causa de despido”, por lo que lo declara nulo con vulneración del derecho fundamental a la no discriminación.
A raíz de esta sentencia, que podría ser recurrida por parte de la empresa, Privalia deberá readmitir al trabajador en su puesto de trabajo e indemnizarlo por un importe de más de 15.000 euros en concepto de daños y perjuicios, a parte de abonar los salarios dejados de percibir desde el momento de su despido (89.157 euros) y las deudas salariales (3.083 euros).