Caixabank se resiste a aportar sus protocolos de blanqueo de capitales a la jueza de la estafa a la EMT de Valencia

Lucas Marco

7 de marzo de 2022 22:45 h

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La instrucción del caso del 'fraude del CEO' a la Empresa Municipal de Transporte (EMT) de Valencia está prácticamente finiquitada a la espera de que Caixabank, la entidad que tramitó las transferencias por valor de cuatro millones de euros a las cuentas de los estafadores en Bank of China de Hong Kong aporte los protocolos internos sobre blanqueo de capitales a la jueza.

De hecho, la representación jurídica de la empresa municipal pidió a la magistrada que imputara a la entidad bancaria por un presunto delito de blanqueo de capitales imprudente. La EMT considera, coincidiendo con el criterio del Tribunal de Cuentas, que el banco incumplió sus propios protocolos al efectuar las transferencias a pesar de que la empresa pública no estaba autorizada a operar en China y que desde el inicio de la estafa se detectaron que las firmas eran falsas.

La jueza, antes de tomar la decisión de investigar o no a la entidad, solicitó los protocolos sobre blanqueo de capitales a los que estuvieran sujetos los trabajadores que intervinieron en la operativa. Sin embargo, Caixabank se resiste arguyendo que no existen indicios de la comisión de un presunto delito de blanqueo de capitales, por lo que las diligencias serían “inútiles e innecesarias” para el procedimiento, según un escrito al que ha tenido acceso este diario.

En concreto, la providencia de la jueza pedía que el banco facilitase la formación sobre prevención del blanqueo que hubieran recibido los empleados que intervinieron en las transferencias, así como los manuales internos en la materia. El escrito sostiene que “no se trata de diligencias conducentes a la averiguación de los hechos objeto de investigación (estafa) y la averiguación de la autoría o participación en los mismos de la hoy investigada [la directiva despedida Celia Zafra] o terceras personas”.

Además, el letrado de Caixabank recuerda que un auto del 10 de diciembre del 2019, “firme en todos sus pronunciamientos al no ser recurrido por las partes”, veía improcedente reclamar los protocolos internos sobre blanqueo de capitales en el marco de la instrucción de la causa. El titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia enmarcaba la actuación de Caixabank sobre las obligaciones de prevención del blanqueo en el “ámbito específico de la posible responsabilidad civil”.

La entidad bancaria alega que “no cabe que por una providencia casi dos años después” el juzgado admita requerir a Caixabank para que aporte los manuales internos de prevención del blanqueo de capitales de los que disponen los empleados ni la formación específica que han recibido en la materia.

La providencia de la jueza rechazaba tomar declaración como investigada a la entidad, en tanto que persona jurídica, a la espera de conocer si los protocolos internos en materia de blanqueo de capitales arrojaban indicios sobre una supuesta actuación irregular que propiciara el fraude, tal como solicitaba la EMT. En paralelo, el Tribunal de Cuentas sí que considera que Caixabank incumplió sus propios protocolos.

La estafa, concluyó el organismo encargado de fiscalizar las cuentas públicas, “no hubiera sido posible sin la actuación” de Caixabank por su “falta de deber de custodia de los fondos públicos depositados en la entidad bancaria”.