Estrés, ansiedad, problemas de sueño, absentismo laboral y el síndrome burnout, que significa más bien estar quemado que querer quemar cosas. Son algunos de los problemas relacionados con la falta de desconexión digital, un derecho laboral reconocido pero que no termina de regularse. Los estudios sobre condiciones de trabajo más recientes recogen que un 64% de las personas trabajadoras realizan trabajo en sus horas libres y un 68% confirma que recibe emails o llamadas fuera de su horario laboral.
El informe Salud mental, desconexión digital y teletrabajo, elaborado por los profesores de Derecho del Trabajo de la Universitat de València Ana Belén Muñoz Ruiz, Ángela Martín Pozuelo y Adrián Todolí para el sindicato UGT, advierte de los riesgos de no regular correctamente la desconexión, un derecho vinculado con el derecho a la intimidad, a la conciliación y a la salud. El profesor Todolí, coordinador del trabajo, explica: “Vamos hacia una sociedad donde las nuevas tecnologías imponen atención permanente a través de la digitalización y el teletrabajo, lo que genera la necesidad de regular para evitar jornadas interminables”.
El estudio considera la desconexión digital como parte integrante del deber de seguridad y salud de la empresa y apunta que la normativa vigente del trabajo a distancia reconoce el derecho a la desconexión digital, pero no está suficientemente regulada y carece de sanciones. La Unión Europea recoge la desconexión digital como un derecho de las trabajadoras y los trabajadores, una herramienta de protección de la salud física y psicológica que garantice su bienestar, y ha solicitado la inclusión de este derecho en las estrategias de salud y seguridad en el trabajo. Sin embargo, en el marco legislativo, la desconexión laboral está más vinculada a la protección de datos y que a la prevención de riesgos laborales y fuera del teletrabajo “no se impide de forma clara y directa que la empresa envíe comunicaciones a la persona”, advierten los profesionales.
El trabajo coordinado por Todolí aborda el derecho en un contexto de “alta competitividad en las plantillas” y apunta al sometimiento tecnológico de los trabajadores como un factor de riesgo para la salud. “La no desconexión provocada por los factores antes mencionados y el continuo visionado de pantallas puede conducir a alteraciones del sueño y otros trastornos derivados. Además, el estado de continua alerta ante la recepción de cualquier comunicación supone una situación de estrés anticipado que puede derivar en un estrés crónico”. En este sentido, los principales riesgos que se observan son el estrés laboral, el síndrome burnout y la posibilidad de padecer otros trastornos relacionados como enfermedades musculoesqueléticas y cardiovasculares, que se han incrementado en los últimos años.
El documento plantea una serie de medidas para empresas, sindicatos, trabajadores y legisladores, en aras a conseguir una política laboral más saludable. Para ello, apunta a la necesidad de definir una política de desconexión digital adecuada negociada con las delegaciones de prevención, la formación de los trabajadores para desarrollar su labor en remoto, la existencia de una política empresarial de trabajo alterno que permita prestar servicios en la sede empresarial periódicamente para fomentar las relaciones sociales, el control de la carga de trabajo, la reducción de la monitorización excesiva, y el diseño de herramientas de feedback que permitan a las personas trabajadoras expresar su situación y a la empresa realizar un seguimiento conjunto.
Respecto al teletrabajo, advierte de que es una fórmula que no exime del cumplimiento de la jornada y los derechos laborales y recomienda a los sindicatos establecer una nueva figura que medie, especializada en estas situaciones, como la figura del delegado de prevención en materia de salud mental y desconexión laboral. Para las empresas, recomienda establecer políticas de promoción y retribución que se basen en la calidad del trabajo realizado y no en la disponibilidad completa y apostar por un teletrabajo de calidad con dispositivos electrónicos adecuados para las personas trabajadoras y con un soporte técnico que dé cobertura en caso de incidencia.