Un inspector condenado por una trifulca con policías de Benidorm ejerce de agregado en la Embajada en Polonia

Lucas Marco

València —
10 de octubre de 2024 22:01 h

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La Embajada de España en Polonia cuenta con un agregado del Ministerio del Interior que ha sido condenado por un delito de resistencia a agentes de la autoridad. Se trata de J. M. M. C., un inspector que fue anteriormente responsable de una Unidad de Intervención Policial (UIP) en València. El agente de la Policía Nacional, pareja de la agitadora ultra Cristina Seguí, protagonizó un encontronazo con uniformados de la Policía Local de Benidorm la noche del 10 de agosto de 2018 mientras disfrutaba de unos días de asueto en la localidad costera, “yendo afectado por la previa ingesta de bebidas alcohólicas que le mermaba pero no anulaba sus capacidades cognitiva y volitivas”, según indica el apartado de hechos probados de la sentencia de la sección décima de la Audiencia Provincial de Alicante que le impuso una pena de tres meses de multa, con una cuota diaria de seis euros, por un delito de resistencia a agentes de la autoridad. El fallo fue confirmado recientemente por el Tribunal Supremo, tal como informó El Español.

La trifulca, en plena 'zona inglesa' de Benidorm, se inició tras la llamada de queja de un taxista que se negó a llevar en su vehículo al inspector y a sus dos acompañantes, también policías nacionales fuera de servicio.

J. M. M. C. se negó “en numerosas ocasiones” a identificarse ante los agentes de la Policía Local de Benidorm que acudieron al lugar, con una “actitud irrespetuosa”, según los hechos probados.

Tras chocar “de forma fortuita” el móvil del condenado con la mano de uno de los agentes, el inspector actualmente destinado en Varsovia “se encaró” con el uniformado, momento en que fue reducido empleando la “fuerza mínima imprescindible”. Los dos agentes de la Policía Local de Benidorm sufrieron lesiones menores.

Actitud “altanera y de menosprecio”

La sentencia inicial del Juzgado de lo Penal número 3 de Benidorm le impuso una pena de tres meses y un día de prisión por un delito de atentado a agentes de la autoridad y una multa por dos delitos leves de lesiones.

La defensa del inspector recurrió el fallo y la Audiencia Provincial de Alicante rebajó la condena a un delito de resistencia a agentes de la autoridad al estimar que los uniformados locales actuaron con un “celo excesivo” ante la condición profesional de agente del Cuerpo Nacional de Policía del detenido.

Además, el fallo confirmado por el Tribunal Supremo considera que en varios videos que figuran en el procedimiento no llega a “verse agresión alguna”, simplemente un “tumulto de agentes reduciendo al acusado”.

“Se observa que el acusado vuelve de forma irrespetuosa y sin que lleve uno o ambos brazos en alto con ademan de agredir y es reducido sin solución de continuidad”, afirma el fallo. La sentencia de la Audiencia de Alicante también indica que el inspector mantuvo una actitud de “resistencia activa, aunque no grave” y “altanera y de menosprecio”.