El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha aceptado las aclaraciones de la Generalitat valenciana sobre el decreto de plurilingüismo impulsado por Vicent Marzà, tal y como han indicado fuentes del ministerio. El departamento que dirige Íñigo Méndez de Vigo envió el pasado 10 de marzo una carta de colaboración a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte con varias observaciones y peticiones de aclaración sobre el texto normativo y esta administración respondió a cada uno de ellas en otra carta con fecha del 29 de marzo.
En concreto, el Ministerio de Educación -el ministro Méndez de Vigo llegó a amenazar al Consell con llevar a los tribunales la norma valenciana- planteaba dudas sobre los artículos 9, 10, 11, 12, la disposición adicional quinta y los artículos 17.3 y 20.3, según los documentos.
Sobre los cuatro primeros artículos, el ministerio señalaba en su misiva que la vinculación del valenciano e inglés puede ser un “elemento discriminatorio” para el alumnado, bien porque tenga diferente dominio de ambas lenguas o distintas necesidades en el dominio de las competencias lingüísticas de cada una de ellas.
Así, ponía como ejemplo el caso de los alumnos que quieran cursar un nivel avanzado de inglés y no necesiten el avanzado de valenciano porque ya cuentan con él, o los alumnos de centros de zonas castellanohablantes que “lo lógico” es que escojan el nivel básico de valenciano, pero sus alumnos puedan quedarse sin la posibilidad de acceder a niveles superiores de inglés.
No se discrimina “en ningún caso”
Sobre esto, la Generalitat valenciana señala que los seis niveles de su Programa de Educación Plurilingüe “no discriminan en ningún caso” al alumnado, sino que “genera oportunidades” y “cumple” con el principio de igualdad de oportunidades, aunque explica que se está tramitando la modificación parcial de currículo de Primaria, lo que permitirá a los centros educativos que opten por una mayor proporción del castellano dentro del Programa de Educación Plurilingüe dar dos horas y media más de inglés a la semana, tal y como se desprende de la carta enviada al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
En las aclaraciones que la Conselleria de Educación ha trasladado al departamento que dirige Íñigo Méndez de Vigo, el área de Vicent Marzà explica que, “con el fin de dar todavía más tranquilidad a la duda planteada y en coherencia con el principio de descentralización y de dotar de mayor autonomía a los centros, estamos tramitando una modificación parcial del decreto por el que se establece el currículo de Educación Primaria en el que se va a regular que los centros dispondrán del 10% del total del horario como horas de libre configuración (2 horas y 30 minutos) para dedicarlas a las áreas de conocimiento que consideren más adecuadas”.
Así, indica que este será el espacio horario “más adecuado” para que estos centros educativos incrementen la presencia del inglés y recomienda “especialmente” el aumento de la comunicación oral en esta lengua.
Alumnos que quieran más certificación
En cuanto a los niveles de certificación superior que establece la disposición adicional quinta, el Ministerio de Educación pedía a la Comunitat Valenciana que aclare qué va a hacer con los alumnos que quieran obtener una certificación de inglés superior y diferente a la que le corresponde por el nivel cursado a fin de “evitar una posible discriminación”.
Sobre este asunto, la Conselleria señala que “todo el alumnado podrá optar a obtener una certificación superior a la que le corresponde por el nivel cursado”, en atención a la consideración del ministerio.
También hace observaciones a los artículos 10, 11 y 12 del decreto en relación a que en la ESO y Bachillerato del nivel avanzado, se deje a elección del centro la asignatura en castellano como lengua vehicular.
En este punto, el departamento de Méndez de Vigo pide a la conselleria que recomiende a los centros que, además de Lengua castellana y Literatura, se impartan también en castellano una asignatura troncal, “dado que va a ser la única materia no lingüística que el alumnado reciba en la lengua oficial del Estado”.
La Conselleria de Educación señala que en los proyectos presentados por los centros se está haciendo de la manera que indica el ministerio, aunque incorporará en la orden que desarrolle el decreto la “recomendación preferente de que sea una materia troncal”.
Elección de proyecto educativo
Por último, sobre la elección del proyecto educativo en función de la lengua, que el decreto establece que debe ser aprobado por el consejo escolar del centro (artículos 17.3 y 20.3), el ministerio indica que esto “puede entrar en colisión” con las competencias del director y recuerda que el Consejo escolar tiene la función de “evaluar” los proyectos y no de aprobarlos. “Al claustro la correspondería la aprobación de las concreciones curriculares derivadas del proyecto lingüístico autorizado en el centro”, recuerda en su carta.
En respuesta a esta advertencia, desde el departamento de Educación valenciano señalan que son “conscientes” de que el proyecto educativo es competencia de la dirección del centro, pero que lo que este decreto regula es el proyecto lingüístico, que, a su juicio, debe ser aprobado por mayoría cualificada de dos tercios del consejo escolar del centro, con el objetivo de “potenciar el máximo consenso de la comunidad educativa en la toma de decisiones previa”.
- “Esa mayoría cualificada promueve el consenso entre el claustro y los representantes de padres y madres en torno al apartado del proyecto educativo del centro sin menoscabo de la competencia de la dirección del centro en la aprobación de dicho proyecto”, aclara.