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Sancionado un guardia civil por no impedir una agresión en el calabozo a un detenido esposado y bajo su custodia

Cuartel de la Guardia Civil en San Vicent del Raspeig (Alicante).

Lucas Marco

13 de febrero de 2022 22:06 h

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Presenciar una agresión a un detenido y no hacer nada por evitarla también es motivo de sanción. Un agente de la Guardia Civil destinado en el puesto principal de Sant Vicent del Raspeig (Alicante) ha sido sancionado por “contemplar” una agresión de otro agente hacia un detenido “sin hacer intento alguno de impedirla”.

La sección primera del Tribunal Militar Central ha desestimado el recurso del agente y le ha impuesto una sanción de pérdida de dos días de haberes con suspensión de funciones como autor de una falta leve consistente en la negligencia o inexactitud en el cumplimiento de los deberes u obligaciones. Todo ello, a pesar de que el expediente hasta la resolución sancionadora en primera instancia solicitaba la imposición de una falta grave.

Los hechos probados de la sentencia se remontan a la madrugada del 19 de marzo del 2020, poco después del decreto de estado de alarma por la crisis sanitaria de la COVID-19, cuando el agente sancionado prestaba el servicio de puertas del puesto principal de la Guardia Civil en Sant Vicent del Raspeig.

Abofeteado

En los calabozos permanecía esposado un detenido bajo su custodia. Durante esa madrugada, otra agente del instituto armado del servicio de seguridad ciudadana “penetró en el calabozo y abofeteó tres veces al detenido a la vez que golpeaba la colchoneta donde éste se encontraba tumbado y esposado con una defensa extensible”.

El agente que custodiaba al detenido accedió “inmediatamente después que el agresor” y se limitó a “contemplar la agresión hacia la persona detenida, sin hacer intento alguno de impedirla”.

Los hechos probados de la sentencia se fundamentan en as imágenes de la cámara de seguridad del calabozo en las que se observa “con absoluta nitidez” la agresión.

El procedimiento sancionador, incoado por parte de la directora general de la Guardia Civil, imputaba al agente una falta grave, aunque finalmente “degradó la calificación” a falta leve, un hecho en el que se escudaba el recurso del agente para solicitar la prescripción. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Militar Central considera que “la prescripción de la infracción es inviable”.

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