Un juzgado impide a los prejubilados de la EMT trabajar la mitad de días si se inclumple la ley y se incurre en déficit
El juzgado de lo Social número 5 de Valencia ha desestimado la demanda interpuesta por la CGT contra el Comité de Empresa y la EMT por el laudo arbitral que concluyó que los prejubilados de la empresa pública no pueden trabajar 65 días en lugar de 131 “si hay fraude en la Seguridad Social” o se vulnera la Estabilidad Presupuestaria, es decir, el servicio público incurre en déficit por ello.
Ese déficit a las arcas públicas fue lo que motivó a la actual gerencia de la EMT para sancionar el convenio que firmó el Comité de Empresa con los anteriores gerentes del PP. La decisión de los actuales dirigente de Compromís en la empresa pública, que además denunció la situación a la Agencia Antifraude, ha motivado que los sindicatos hayan planteado paros y amenacen con hacer lo mismo en Fallas.
El fallo del juzgado al que ha tenido acceso eldiario.es concluye que los convenios colectivos son válidos siempre que no vulneren la ley. “Las normas legales priman sobre la voluntad de las parte en el conflicto y constituyen un límite insoslayable a la negociación colectiva”, argumenta la jueza Montserrat Carballo de La Cruz. Entiende la jueza que el Ayuntamiento, que financia la EMT, no puede romper la ley de Estabilidad Presupuestaria y permitir acuerdos que provoquen el déficit en las arcas públicas.
Según la Agencia Antifraude, las prejubilaciones costaron más de un millón de euros a las arcas públicas y podrían haber incurrido en hasta tres delitos. En estos momentos, el la Fiscalía la que investiga el caso.
Es la primera sentencia judicial que cuestiona negro sobre blanco las prejubilaciones de la EMT en caso de producir un quebranto a las arcas públicas. Este juzgado de lo Social aclara el laudo que había enfrentado a las partes.
Este miércoles hay asamblea de trabajadores para votar sobre las próximas movilizaciones.