“Se cuestiona el Ayuntamiento recurrente si es proporcionado que toda la ciudad pueda llegar a ser un alojamiento turístico. Así, parece desprenderse de la sentencia. Y esta conclusión no puede ser compartida ni confirmada por este Tribunal”. El Tribunal Supremo se ha pronunciado así para dar la razón al Ayuntamiento de Palma de Mallorca y avala de esta forma que el Consistorio pueda prohibir en toda la ciudad los alquileres turísticos en viviendas plurifamiliares. El Alto Tribunal acepta el recurso presentado por el Consistorio contra la sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB), que en septiembre de 2021 anulaba la prohibición, acordada en 2018 y recurrida después por la patronal del alquiler turístico Habtur.
En su fallo, el Supremo afirma que “la zonificación provisional aprobada por el Ayuntamiento de Palma cuenta con la correspondiente motivación: los informes que obran en el expediente evidencian el impacto de esta actividad sobre la configuración y convivencia social en los barrios, la falta de oferta de arrendamiento para la población residente y los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente, territorio, recursos energéticos, hídricos, infraestructuras y carreteras”.
La vicealcaldesa de València y concejala de Desarrollo Urbano, Sandra Gómez, esgrimió este miércoles esta sentencia para justificar el reciente acuerdo por el cual se prohibirán licencias para nuevas viviendas de uso turístico en toda la ciudad, una decisión adoptada tras la sentencia que elimina diversas restricciones impuestas por el Ayuntamiento a este tipo de alojamientos tras la denuncia interpuesta por la patronal de apartamentos turísticos.
Gómez, celebró el reciente fallo del Tribunal Supremo el cual avala las restricciones a los apartamentos turísticos que habían establecido las administraciones en Palma de Mallorca y que, por tanto, considera que respalda la posición que ha mantenido el Ayuntamiento de València a la hora de establecer limitaciones del uso turístico en viviendas.
“Esta sentencia del Supremo avala y da la razón al Ayuntamiento de València sobre nuestra capacidad de restringir la posibilidad de abrir nuevos apartamentos turísticos y alquileres ocasionales en zonas altamente saturadas. Con esta resolución, el recurso que hemos interpuesto al auto de Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana sobre las restricciones al uso turístico en Ciutat Vella sale con mucha más fuerza de ser estimado porque tenemos una sentencia ya del Tribunal Supremo exactamente igual a nuestro caso, pero en Baleares. Por lo tanto, sabemos que va a avalar la posición del Ayuntamiento de València”, manifestó.
“En determinadas zonas de la ciudad de València, como ocurre en nuestro casco histórico, hay una sobresaturación, lo que lleva a que se pierda el carácter residencial de nuestros barrios, genera un modelo turístico que no queremos ni deseamos, aumenta el precio del alquiler residencial y, por lo tanto, entendemos que los ayuntamientos tenemos la capacidad y la potestad de decir qué modelos de barrio, qué modelos de ciudad y qué modelo turístico queremos”, comentó.
La vicealcaldesa mostró su satisfacción por la posición del Tribunal Supremo “avalando la posición que venimos defendiendo desde el Ayuntamiento de València sobre nuestra capacidad de decidir que un barrio o un distrito como Ciutat Vella siga siendo un barrio de carácter residencial, siga siendo un barrio que, para ser atractivo, para seguir siendo atractivo, no puede caer en la sobresaturación turística. Por lo tanto, también nos ayuda a mejorar nuestro modelo turístico, siendo mucho más sostenible e integrado en nuestros barrios y en nuestro territorio”.
La Junta de Gobierno Local acordó el pasado viernes 3 de febrero iniciar los trámites para llevar a cabo una modificación puntual de las normas urbanísticas del Plan Especial de Protección (PEP) de Ciutat Vella que impedirá que en este espacio haya vivienda de alquiler turístico ocasional.