Javier nos escribe: “Mi pregunta es si en tu casa unifamiliar con garaje se podría tener placas solares y cargador para cargar un vehículo eléctrico y cuánto costaría; sería un punto no tener que gastar nada en combustible para tu coche, solo la inversión de la instalación si no es mucha”. Por su parte, Gloria nos pide una referencia aproximada sobre lo que le podría costar instalar placas fotovoltaicas en su casa, un piso en el barrio de la Prosperidad, en Madrid.
Como es complejo calcular para un tipo de vivienda concreta el coste de esta instalación, ya que es algo que nos debe presupuestar un profesional en función de las necesidades, las plantas, la superficie, la potencia requerida, etc., ofreceremos datos genéricos y aproximados.
Según los datos de la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), que recopila en su informe de 2019, en 2018 se instalaron 261,7 megawatts (MW) de nueva potencia fotovoltaica en Espña, lo que representa casi el doble de la potencia del año anterior (135 MW), y además es casi cinco veces la de 2016 (55 MW). Por otro lado, el 90% de las instalaciones realizadas en 2018 fueron destinadas al autoconsumo, es decir son para casas, no para, por ejemplo, huertos solares.
Sin embargo, la nueva potencia instalada en España para autoconsumo hasta 2019 representaba apenas el 3% del total de Europa, si bien en 2019 se instalaron 459 MW de potencia fotovoltaica para autoconsumo, lo que casi duplicaba la potencia instalada en 2018. Por contra, Alemania y Países Bajos, menos soleados que España, lideran el desarrollo en la materia. Lo cual es una prueba del largo camino que nos queda por recorrer. Así que toda promoción de este tipo de energía es bien recibida.
Los números
En primer lugar hay que tener en cuenta que el autoconsumo energético no permite reducir la factura eléctrica más allá de un 25-30% mensual, según el portal de profesionales Habitíssimo; si se quiere optimizar esta reducción deberemos aplicar protocolos de ahorro estricto y eliminar los consumos fantasma que posamos tener.
De todos modos, con esta tasa de ahorro mensual, la inversión dedicada a la instalación, sumando el coste de los paneles, se puede amortizar en de cinco a nueve años, siempre en función de nuestro hábitos y requerimientos. Ahora bien, dado que la vida útil de los paneles está entre 25 y 30 años, a largo plazo la inversión queda amortizada sobradamente.
Respecto al precio total de la instalación, antes deberemos definir diversos parámetros, entre los cuales está el tipo de vivienda, la superficie a la que abasteceremos de energía, el destino de esta energía -si es para alimentación eléctrica, para calefacción y agua caliente o ambos-, las necesidades de la casa en función del número de personas y la dotación de electrodomésticos, etc.
En función de ellos se decidirá el número de placas necesarias. A este respecto, se estima que el precio viene a ser de unos 900 euros por metro cuadrado de placa y oscila, siempre según Habitissimo, entre los 1000 euros que supone instalar las placas más baratas y los 24.000 euros de las instalaciones más caras. Este portal sitúa el precio medio, que sería para una instalación hogareña de un piso, en los 5.129 euros.
Hay que tener en cuenta, además los distintos precios de los principales tipos de placas en el mercado, así como el cambio periódico de baterías, por lo que el portal recomienda sumar unos 3.000 euros más de variables en prevención.
Por lo tanto, podemos definir un gasto medio de unos 8.000 euros, que posteriormente entre el autoconsumo y los excedentes generados que puedan redundar en el balance con la compañía distribuidora, permitirán la amortización en un periodo medio de unos siete años. A partir de entonces, todo será ahorro neto.
La ley nos favorece
La ley de autoconsumo energético aprobada en los primeros días de abril de 2019 supuso una serie de importantes cambios en el modelo de autoconsumo energético en España. La UNEF emitió entonces un comunicado afirmando que “el nuevo marco normativo sitúa al ciudadano en el centro del modelo energético, permitiéndole tener libre acceso a la producción y venta de la energía y haciéndole más responsable de su consumo”.
Los cambios más importantes de la nueva ley respecto al modelo anterior fueron:
- Eliminación del llamado impuesto al sol, un gravamen que en realidad solo afectaba a instalaciones con potencia superior a 10 Kw, muy por encima de la media, pero que tuvo su efecto disuasorio general.
- Rentabilización de la energía excedente: la energía que no consumamos podremos ofrecerla a la distribuidora a cambio de que nos descuente su precio en la factura, con el límite de que el descuento nunca podrá ser superior al cómputo de la misma. Es decir, que la distribuidora nunca nos va a pagar por esa energía.
- Instalaciones individuales en pisos: la ley permite que con el acuerdo de la comunidad de vecinos, se pueda aprobar la instalación de los paneles solares en la azotea o terrado de los edificios. Para alcanzar tal acuerdo entre vecinos, basta con la aprobación de un tercio de los propietarios, siempre y cuando estos representen al menos un tercio de las cuotas, tal como lo establece el primer inciso del artículo 17 la de Ley de Propiedad Horizontal.
- No hay límite de potencia instalada: en la anterior ley, la misma no podía ser superior a la contratada en la factura eléctrica, un lastre sin duda para amortizar la inversión. Ahora el límite es la superficie de nuestra azotea o nuestro bolsillo.
- Simplificación de trámites: antes había que pedir todo tipo de certificados y permisos, ahora los únicos trámites necesarios son el certificado de instalación eléctrica del sistema fotovoltaico y dar aviso a la comunidad autónoma y a la empresa distribuidora y comercializadora de energía.
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