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Estos son los cinco cambios que impulsa la nueva ley de autoconsumo energético

La nueva ley de autoconsumo energético, aprobada en los primeros días de abril, representa una serie de importantes cambios. En general, tienden a facilitar la posibilidad de que los hogares aprovechen la energía solar y, de esta manera, favorezcan su propia economía y el medio ambiente. La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) ha afirmado en un comunicado que “el nuevo marco normativo sitúa al ciudadano en el centro del modelo energético, permitiéndole tener libre acceso a la producción y venta de la energía y haciéndole más responsable de su consumo”.

Según el texto de la ley, establecido en el Real Decreto 15/2018, del 5 de octubre, “el sistema energético ha iniciado un proceso de transición hacia un nuevo paradigma caracterizado por la descarbonización, la descentralización de la generación, la electrificación de la economía, la participación más activa de los consumidores y un uso más sostenible de los recursos”. En palabras de la UNEF, este proceso va en línea con los principios establecidos por el paquete de medidas “Energía limpia para todos los europeos”, y también con los objetivos del Acuerdo de París.

A continuación se detallan los cambios más importantes determinados por la nueva regulación, en relación con el modelo anterior.

1. Eliminación de impuestos

“La energía autoconsumida de origen renovable”, afirma la ley, “estará exenta de todo tipo de cargos y peajes”. Esto quiere decir que queda eliminado el llamado “impuesto al sol”, un gravamen que generaba reticencias en muchos usuarios, aunque la realidad es que afectaba solo a las instalaciones que tuvieran contratados más de 10 kilovatios (kW), es decir, un consumo muy superior al promedio de las viviendas residenciales. El objetivo, por supuesto, es propiciar que un mayor número de usuarios decidan instalar el generador fotovoltaico para el autoconsumo en sus hogares.

2. Venta de la energía excedente

Con el nuevo marco legal, existen dos modelos de autoconsumo: sin excedentes y con excedentes. En el primer caso, la energía producida es solo para el autoconsumo de quienes hayan instalado el dispositivo generador. En el segundo, la energía excedente -es decir, la generada por los paneles solares pero no consumida en la propia vivienda- se podrá verter a la red. La nueva ley explica que, en la factura mensual se descontará un dinero equivalente a esa energía vertida. ¿Existe un límite en este descuento? Sí: la cantidad deducida no podrá ser superior al monto a pagar por la energía consumida, incluido en la misma factura.

3. Usuarios individuales y bloques de pisos

A partir de la implementación de la nueva ley, es posible la instalación de paneles solares en los bloques de pisos, una medida de gran importancia, dadas las estimaciones de que dos de cada tres personas en España habitan esa clase de viviendas, y no casas. Ahora, con el acuerdo de la comunidad de vecinos, se podrá aprobar la instalación de los paneles solares en la azotea del edificio, algo que, sin duda, en el largo plazo podrá modificar el aspecto panorámico de las ciudades, no solo en nuestro país sino en todo el mundo. Para alcanzar tal acuerdo entre vecinos, basta con la aprobación de un tercio de los propietarios, siempre y cuando estos representen al menos un tercio de las cuotas, tal como lo establece el primer inciso del artículo 17 la de Ley de Propiedad Horizontal.

4. Potencia instalada

Hasta antes de la ley, existía un límite en la potencia del sistema generador que se quisiera instalar: no podía ser superior a la energía contratada. Con la implementación del Real Decreto 15/2018, ese condicionante deja de existir. Ahora, el tope está dado únicamente por una cuestión de espacio físico: la superficie permitida por la azotea de la casa o edificio en cuestión.

5. Trámites más sencillos

De acuerdo con la nueva ley, “estarán exentas de obtener permisos de acceso y conexión” tanto las instalaciones de autoconsumo sin excedentes como aquellas “con potencia de producción igual o inferior a 15 kW que se ubiquen en suelo urbanizado que cuente con las dotaciones y servicios requeridos por la legislación urbanística”. Ahora, los trámites necesarios se reducen a realizar el certificado de instalación eléctrica del sistema fotovoltaico y dar aviso a la comunidad autónoma y a la empresa distribuidora y comercializadora de energía.

Por otra parte, también desaparece la obligación de contar con un segundo contador instalado en la parte exterior de la vivienda, con excepción de las instalaciones colectivas, en las cuales sí resulta necesario. Además, la colocación de los paneles solares no exige ninguna obra edilicia: las empresas que se dedican a instalarlos se encargan de todo el montaje, sin que haga falta construir nada.

Al igual que la eliminación de impuestos y la posibilidad de colocar generadores en los bloques de pisos, esta medida procura sobre todo incentivar su instalación entre los usuarios particulares y desterrar lo que las organizaciones que promueven el autoconsumo llaman “solarfobia”: una especie de miedo irracional a la energía solar, causada por la idea de que generarla a través de paneles en los tejados es ilegal, obliga al pago de muchos impuestos, etc.

Qué inversión hace falta y cuánto permite ahorrar

La inversión necesaria para la instalación de paneles fotovoltaicos en el hogar depende de varios factores. En particular, se deben tener en cuenta dos. El primero es el consumo energético, que depende del tamaño de cada vivienda, del número de personas que habitan en ella y de la cantidad y tipo de electrodomésticos que utilizan. El segundo, la eficiencia de los paneles: su potencia puede variar entre 350 y 100 watts, lo cual los hace capaces de generar más o menos energía, y por supuesto más o menos onerosos.

Las estimaciones indican que la instalación de paneles tiene un costo de entre 600 y 800 euros por metro cuadrado, lo cual puede redundar en que una instalación hogareña requiera una inversión de entre 2.000 y 10.000 euros. Luego la cantidad de energía generada y autoconsumida, así como el posible excedente para verter en la red, son proporcionales, desde luego, a esa inversión inicial.

El caso es que el autoconsumo energético permite reducir en un 25-30 % la factura de electricidad. Y el dispositivo en general se amortiza en unos 7 u 8 años. Pero dado que la vida útil de los paneles es de entre 25 y 30 años, el ahorro en el largo plazo se torna importante. Este beneficio, al que se suma la posibilidad de respetar el medio ambiente, ya que la energía solar es un recurso limpio y renovable, hace que muchos usuarios deseen comenzar su camino en el autoconsumo.

De acuerdo con datos de la UNEF, en 2018 se instalaron 261,7 megawatts (MW) de nueva potencia fotovoltaica, cifra que casi duplicó a la del año anterior (135 MW) y casi quintuplicó la de 2016 (55 MW). Y el 90 % de lo instalado el año pasado correspondió a autoconsumo. El lado negativo de la estadística es que la nueva potencia instalada en España representa apenas el 3 % del total de Europa. La contracara la ofrecen Alemania y Países Bajos, países menos soleados que el nuestro y que, sin embargo, lideran el desarrollo en la materia. Lo cual es una prueba del largo camino que nos queda por recorrer.

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