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Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

En memoria de John Ruggie: por un tratado vinculante

Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra (Archivo)
29 de octubre de 2021 06:01 h

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El profesor estadounidense John Ruggie, desgraciadamente fallecido este mes de septiembre, fue autor, junto a un grupo de expertos, de los Principios Rectores de las Naciones Unidas para las Empresas y los Derechos Humanos, aprobados en 2011. 

Estos Principios, nadie lo duda, fueron un avance relevante para establecer unos baremos de comportamiento para las empresas y, sobre todo, para las transnacionales, allá donde mantienen actividades. Pero, eso sí, al derivar a los estados su cumplimentación normativa, así como los instrumentos de vigilancia y sanción, los llevan al marco de la Responsabilidad Social Corporativa y la voluntariedad. 

Fue el secretario general de las Naciones Unidas, Kofi Annan, el que encargó la elaboración de estos Principios al profesor de Harvard en el año 2005, tras varios fracasos anteriores, y fue en abril de 2008 cuando el profesor Ruggie hizo pública su propuesta para fijar unos elementos de respeto de los derechos humanos internacionalmente que se viesen reconocidos por parte de las empresas. Las discusiones y aproximaciones, la búsqueda de consensos por parte de gobiernos y actores económicos le llevaron otros 3 años. El logro de estos Principios no sólo se debe al establecimiento de responsabilidades y de comportamientos empresariales correctos, sino también a la inclusión en el mismo texto de la pretensión de 'mitigar' y 'reparar' el daño potencialmente causado. Para ello, aluden a una necesaria y previa diligencia debida que ayude a las decisiones de inversión y funcionamiento empresarial. 

De este mismo árbol propositivo provienen, sin lugar a dudas, las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, asumidas por 42 países (más que sus actuales socios) y la revisión en 2017 de la Declaración sobre las Empresas Multinacionales de la Organización Internacional del Trabajo que, en principio, goza de un carácter más universal. 

Tanto en las Líneas de la OCDE, como en la Declaración actualizada de la OIT, hay un elemento que amplía la capacidad operativa de los Principios al crear mecanismos de acuerdo con los cuales una parte interesada puede solicitar mediación o denuncia de un supuesto mal comportamiento de una empresa –fijado en las Líneas o Declaración- ante un organismo administrativo, sito en el país en el que se encuentre la sede social de la empresa. 

Esto supone un avance claro frente a la impunidad de aquellas empresas que actúan en países con gobiernos de limitada capacidad para el control y sanción de esos supuestos malos comportamientos o en los que no cabe esperar un funcionamiento adecuado del régimen de derechos humanos. Pero, no lo olvidemos, los únicos mecanismos actualmente operativos, los de la OCDE, a través de los Puntos Nacionales de Contacto (PNC) - en España dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo-, siguen siendo voluntarios. Por lo tanto, la empresa demandada, en el mejor de los casos, por supuestas malas prácticas, y en función de su capacidad de presión ante un organismo no independiente, puede verse afectada, si acaso, en que haya unas líneas escritas en un informe que estará en algún rincón de la nube digital y en que los afectados intenten señalar esas malas prácticas corporativas sin recibir mitigación o reparación alguna por el daño sufrido. 

Pensemos en los indígenas guatemaltecos depauperados entre cinco presas construidas por Cobra (ACS) que no fueron consultados, o los palestinos inermes ante el poder israelí que ha contratado a CAF, GMV y TYCSA para facilitar la transferencia y movilidad de colonos en los Territorios Ocupados palestinos. Por cierto, Israel es socio de una OCDE que dice defender el derecho internacional.   

En cierta ocasión, y en la misma OCDE, tuvimos oportunidad de preguntar al profesor Ruggie, en el marco de una reunión del TUAC (Comité Asesor Sindical de la OCDE) por qué no figuraba en sus Principios (y en el texto, entonces no aprobado, de las Líneas) ninguna referencia contraria a las prácticas empresariales de elusión fiscal en las guaridas fiscales, mal llamadas paraísos. Él nos confesó que, para que viesen la luz los Principios (y las próximas Líneas de la OCDE), había que hacer concesiones a los gobiernos, aunque éstos manifestasen en público que desean el mejor de los mundos. Muchos de ellos están cooptados por esas grandes empresas.   

Por todo ello, constatando que la voluntariedad de acceder a una mediación y seguir unas recomendaciones no obligatorias tiene un limitado recorrido frente a empresas que quieren conscientemente lucrarse con sus malas prácticas, diversos Estados, inicialmente Ecuador y Sudáfrica, promovieron, escuchando las reclamaciones de múltiples organizaciones, un tratado vinculante que, esta vez sí, tuviera un mecanismo de denuncia que pudiera obligar, en su caso, a mitigar y reparar a las víctimas por el mal comportamiento empresarial. Un tratado que tuviera esas características supondría la culminación de la obra del profesor Ruggie. 

Ahora, en octubre, se va a discutir el tercer borrador de un Tratado vinculante en el seno del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Desde el comienzo de los debates sobre dicho documento, los gobiernos occidentales se han opuesto al mismo, han intentado diluirlo o poner en duda incluso el mandato para su elaboración o el que disponga de mecanismos de control y aplicación efectiva respecto a las empresas presuntamente infractoras. 

España, remisa a intervenir cuando ha sido miembro del Consejo, tiene la oportunidad de construir junto a los otros miembros de la Unión Europea una norma coherente y que fortalezca una gobernanza acorde con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que tanto se reclaman como fundamento de su actuación. 

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