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Imputadas 14 televisiones por un fraude a gran escala en la emisión de música de madrugada

Imagen promocional del programa Esmúsica, en TVE

Elena Herrera

4 de febrero de 2020 14:49 h

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El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha acordado dirigir contra 14 entes televisivos, entre los que se encuentran las principales cadenas de televisión, el procedimiento denominado “la rueda”, en el que se investiga el supuesto fraude por el que se obtenían ingresos millonarios por los derechos de autor de contenidos musicales emitidos en programas nocturnos. El magistrado les atribuye un delito de corrupción en los negocios cometido por medio de organización y/o grupo criminal.

Las corporaciones imputadas son RTVE, Atresmedia, Mediaset y once autonómicas, las de Andalucía, Extremadura, Asturias, Galicia, Aragón, Islas Baleares, Euskadi, Madrid, Canarias, Castilla y León y Castilla-La Mancha. La operativa investigada consiste en el registro fraudulento de supuestas modificaciones de obras originales como si se tratarse de obras nuevas, sin variación alguna de la auténtica y original, en la mayor parte de los casos; en otros casos, se realizaban ligeras modificaciones respecto a la partitura original.

Es decir, los investigados supuestamente tomaban canciones de dominio público -como pueden ser obras de Mozart o Verdi- les hacían mínimas modificaciones y las difundían en programas de televisiones públicas y privadas que se emiten de madrugada. La SGAE reparte anualmente unos cincuenta millones de euros por la emisión de música en televisión entre los verdaderos autores. En consecuencia, el magistrado considera que el fraude total podría superar los cien millones de euros teniendo en cuenta que el periodo investigado se refiere al periodo de 2006 a 2011. 

Esa actividad delictiva, siempre según el auto, no podría desarrollarse sin la “actuación concertada” con las diferentes cadenas televisivas en las que se emite este repertorio musical. El juez considera que las televisiones estarían actuando “en connivencia” con los hasta ahora investigados con el objetivo de “recuperar parte del dinero que abonan anualmente a la SGAE” por el uso de su repertorio.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional presentó una denuncia en 2016 a raíz de denuncias formuladas por distintas asociaciones y socios individuales de la SGAE que ponían en conocimiento la existencia de un grupo de socios de esta sociedad que desde hacía diez años veían realizando actuaciones irregulares respecto al registro o modificaciones de obras musicales.

Esos registros, explica Moreno, se realizaban bien a nombre de los denunciados o personas de su entorno o a nombre de sociedades creadas a tal fin como cesionarias de los derechos de autor. Esa operativa, añade el juez, la iniciaban los investigados mediante el contacto con jóvenes estudiantes de obras clásicas en conservatorios a quienes se les ofrecía aparecer en televisión interpretando alguna de esas obras.

Con posterioridad, los denunciados registraban la obra emitida en televisión como arreglo suyo “ya sea cambiando el título, ya sea realizando ligeros arreglos y cobran los derechos de autor devengados cuando en realidad la obra es la clásica original sin ningún tipo de variación”.

El instructor apunta que los investigados podrían estar actuando en connivencia con trabajadores de productoras de televisión, de tal manera que “abonarían a estas comisiones para que su repertorio se difundiera en horas nocturnas, con preferencia a otras obras”. Del mismo modo y para evitar ser detectados y aparecer siempre los mismos beneficiados cedían sus derechos de autor a familiares, cónyuges, hijos o creando sociedades o productoras.

La responsabilidad de las televisiones 

El origen de la actuación de las corporaciones, continúa el magistrado, se encuentra en la creación por parte de las televisiones de editoriales musicales con las que pretendían rebajar el dinero que pagan anualmente a la SGAE. A final de año, si las cadenas registran canciones que ellos mismos emiten deben cobrar una serie de derechos de autor que rebajan sustancialmente la cifra total que abonan a la sociedad de autores. Ellos suelen quedarse con el 50% de esos derechos. El otro 50% es el que da entrada a compositores, intérpretes, productores y empresas cesionarias que se reparten porcentajes de esa parte restante.

El auto del juez considera que la responsabilidad penal que pueda imputarse a las personas encargadas de las áreas de las televisiones que realizaron las negociaciones y a los investigados hasta el momento, también debe trascender “a los entes televisivos implicados en los que eran reproducidos los repertorios musicales en cuestión, porque no activaron ni aplicaron protocolo alguno dirigido a evitar la comisión de hechos delictivos, ni implementaron eficazmente mecanismos de control o reacción idóneos para detectar las actuaciones criminales cometidas en el seno de sus corporaciones, permitiéndose así la emisión de repertorios musicales no con criterios de calidad, obtención de audiencias u otros fines lícitos para tales entes televisivos, sino con un objetivo de carácter defraudador”.

Por todo ello, Moreno concluye que existen indicios de que los entes televisivos han participado en la omisión de estos hechos, no como un mero instrumento del delito “sino auténticos sujetos de derechos y obligaciones, y por tanto deben adquirir el estatus jurídico procesal de investigado con los derechos y garantías inherentes al mismo”.

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