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Archivada la querella de varios policías locales contra la alcaldesa y la edil que denunciaron una oposición amañada

Isabel Martín, alcaldesa de Paiporta, y la edil de Hacienda, Beatriz Jiménez.

Sergi Pitarch

La campaña judicial que tres policías locales iniciaron contra la alcaldesa de Paiporta, Isabel Martín, y la concejal de Hacienda, Beatriz Jiménez, por no haber querido asumir una oposición amañada en la anterior legislatura podría haber llegado a su fin. El titular del juzgado de Instrucción número 2 de Torrent ha acordado el sobreseimiento libre de la querella presentada contra las políticas de Compromís -que llegaron a estar imputadas- al considerar que cumplieron todos los preceptos legales al haber basado su decisión en una resolución del Consell Jurídic Consultiu (CJC).

En 2009 el Ayuntamiento de Paiporta, gobernado por el PP, hizo una oferta de empleo público para sacar a concurso dos plazas de policía local en el municipio. Sin embargo, en 2011 y durante el desarrollo de dicho procedimiento, el entonces alcalde Vicente Ibor decidió incrementar los puestos a una plaza de agente por consolidación de empleo, y otras cinco plazas de la misma categoría, una por procedimiento de movilidad y cuatro por turno libre. La aprobación de esta convocatoria se llevó a cabo con el informe negativo del secretario y de la técnico de Personal que en ningún momento dieron legitimidad a las cinco plazas, según el informe del Consell Jurídic Consultiu.

En 2013, otro decreto de alcaldía modificó la composición del tribunal que debía evaluar a los aspirantes, sacando del quinteto evaluador a los representantes de la Generalitat y el Ivaspe (Institut València de Seguretat Pública i Emergències). Así, la oposición fue juzgada por cinco personas afines al alcalde, el jefe de policía, tres agentes designados por Ibor y el secretario, que no acudió a la convocatoria para que su puesto fuera ocupado por otro policía de Paiporta, según la resolución publicada en el Boletín Oficial de la Provincia BOP) de Valencia el 28 de agosto de 2013.

El proceso de consolidación que afectaba a una plaza de policía local quedó paralizado y el de las cinco plazas finalizó en abril de 2015 con la asignación de la plaza de movilidad a la única aspirante y su inmediato nombramiento, y cuatro aprobados más por turno libre. En ese mismo momento, y según el informe del CJC, “el secretario general emitió un informe en el que insistió en que no procedían los nombramientos respecto a cinco plazas, sino a dos, en cumplimiento de la oferta de empleo público inicial”.

Fue este informe y la pérdida de las elecciones municipales los que hicieron cambiar de opinión al alcalde popular Vicente Ibor quien el 25 de mayo aprobó un decreto de alcaldía en el que anuló las cinco plazas y dejó dos (una para turno libre y otra para movilidad). Esta acción provocó el despido de tres de los agentes. En ese momento y sin saberlo empezaba el vía crucis para las nuevas ediles que acababan de ganar las elecciones.

Los despedidos acudieron al contencioso ante esta decisión del alcalde popular y ganaron, fallando el juzgado que debían ser readmitidos o el ayuntamiento debía hacer una revisión de oficio de todo el proceso para poder anularlo. Venía a decir el tribunal que una oposición no se puede anular con un decreto de alcaldía.

Una vez la actual alcaldesa y la concejal de Administración General tomaron las riendas asumieron el problema. Isabel Martín inició un procedimiento para anular una oferta pública de empleo que secretario general, secretario y técnica de personal habían considerado ilegal. Por su parte, los afectados pidieron una ejecución de sentencia para volver a sus puestos de trabajo, a lo que la alcaldesa se negó hasta no tener un informe del CJC, como le habían recomendado los técnicos del consistorio.

Los agentes, al no ver satisfecha la reclamación de ejecución de sentencia acudieron al fiscal. El ministerio público denunció a las ediles por prevaricación al no haber ejecutado la sentencia, aunque estaban en plazo y faltaba la resolución del CJC sobre la oposición.

El propio fiscal ha sido el que recientemente ha dicho que no existen indicios de prevaricación. De hecho, el informe del CJC que no se aportó al principio del procedimiento y que ha sido definitivo concluía que “procede declarar la nulidad de los actos citados al haberse superado el número máximo de plazas permitido por la oferta de empleo público”. Es decir, certifica lo que dijo el secretario, la técnico de personal, el anterior alcalde y la actual alcaldesa al pedir la revisión de oficio.

La presión sobre las ediles no ha sido la única actuación de estos agentes ya que, durante el proceso, contrataron a un detective privado para seguir a la concejal de Hacienda con intención de desprestigiar su imagen. Este informe fue entregado en la causa y no ha servido para que la causa no se archivara.

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