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Una jueza pide al CIE de Madrid que cumpla su normativa y no restrinja las visitas de las ONG

Europa Press

La magistrada del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid ha pedido al director de Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche que no restrinja las visitas de miembros de ONG a los internos.

Así consta en un auto del 8 de agosto de 2017, al que ha tenido acceso Europa Press, emitido a raíz de un escrito de representantes de las ONG Pueblos Unidos-Servicio Jesuita a Inmigrantes, SOS Racismo y Karibu.

En el texto, las ONG exponían que “la Dirección del CIE ha modificado, unilateralmente y sin previo aviso, las condiciones para llevar a cabo las visitas de las ONG a los internos restringiéndose a aquellas personas que pidan expresamente ser visitadas” y “obligándoles a pedirlo expresamente para cada una de las visitas que quieran recibir”.

A juicio de las asociaciones, esta medida “supone un obstáculo para la labor humanitaria que realizan pues incluso las personas que han sido visitadas y quieran ser visitadas al día siguiente deben solicitarlo de nuevo por escrito”.

“El CIE ha incumplido su propia normativa”

El juzgado se remonta a un auto de enero de 2011 en el que, “con el fin de garantizar los derechos fundamentales” de los internos, se estableció un marco para el derecho de visitas de las ONG refrendado por la propia dirección del CIE en el mes de marzo.

Por todo ello, la magistrada requiere al director del CIE que dé cumplimiento a su propio oficio del 1 de marzo de 2011 en el que se establecían las normas de gestión de visitas de las ONG a internos “dejando inmediatamente sin efectos las medidas adoptadas consistentes en la modificación de las condiciones de visitas de las ONG”.

Las asociaciones señalan en un comunicado que con esta “absurda decisión” la Dirección del CIE “ha incumplido su propia normativa, vulnerando los derechos de los internos y de las ONG en su labor humanitaria”. Según recuerdan, el derecho de acceso de las organizaciones para visitar a las personas internadas en los CIE está contemplado en el artículo 62 de la Ley de Extranjería, desarrollado en el reglamento de los CIE.

Las ONG celebran el auto de la magistrada e indican que la resolución “se une a la catarata de autos dictados por los Juzgados de Control durante los últimos meses denunciando el incumplimiento reiterado de la normativa en el CIE de Madrid en lo relativo al acceso al derecho de asilo y la atención médica o la identificación de los agentes de la Policía Nacional”.

También citan la reciente denuncia del Defensor del Pueblo respecto a la estancia en el Centro de un grupo de 13 posibles menores, que está siendo investigada por la Fiscalía en la actualidad.

Pueblos Unidos, SOS Racismo Madrid y Karibu exponen que por estas situaciones intentan “mantener una presencia constante” en el CIE a través de sus voluntarios y avanzan que no dejarán de pedir al Gobierno “el cierre de todos los CIE del Estado y el cambio de la política migratoria para garantizar la acogida y la inclusión”.

Las personas son encerradas en estos centros gestionados por la policía por encontrarse en situación irregular en España. Pueden permanecer privadas de libertad durante un máximo de 60 días, con el objetivo de materializar su expulsión a su país de origen. Si en ese tiempo no han sido devueltas, quedan en libertad.