Con dos convocatorias electorales en menos de un mes, los discursos sobre inmigración se cuelan en el debate político, también a golpe de bulo. Sin embargo, a pesar de que se habla de ellas en mítines y televisiones, millones de personas que han migrado a España y tienen sus papeles en regla no tienen derecho a votar.
Los ciudadanos extranjeros con residencia legal en España no pudieron participar en las elecciones generales y tampoco podrán hacerlo en las autonómicas. La Constitución reserva este derecho a quienes cuentan con la nacionalidad española, como puso de relieve la campaña 'Te cedo mi voto', iniciada por la joven Safia Elaadam en redes sociales. A pesar de nacer en Tarragona, aún no cuenta con nacionalidad española, por lo que no pudo acudir a las urnas el pasado 28A.
La norma es diferente para las elecciones al Parlamento Europeo, en las que pueden votar nacionales de los países de la Unión Europea residentes en territorio español, y en las municipales. No obstante, también en los comicios locales la legislación establece una primera condición: solo pueden participar los inmigrantes procedentes de otros 27 países comunitarios y de terceros Estados que hayan firmado con España un acuerdo recíproco. Esto es, aquellos cuyos países también permitan votar a ciudadanos españoles si cumplen con lo establecido en el convenio.
España cuenta con 12 acuerdos de este tipo, la mayoría con Estados latinoamericanos. Así, en los comicios locales pueden votar nacionales de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago. Lo pueden hacer, además, desde hace menos de una década. El grueso de tratados se suscribió antes de las elecciones locales de 2011, durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.
De esta forma, aunque se abre la puerta a la participación política de nacionalidades con un importante número de residentes –como Ecuador o Colombia–, quedan fuera algunas de las principales comunidades de inmigrantes que viven en España, como la china o la marroquí, que juntas suman más de 740.000 habitantes mayores de 18 años.
Es el caso de Ahmed Khalifa, procedente de Marruecos. Lleva viviendo más de 19 años en Málaga, pero no podrá elegir al futuro alcalde de la ciudad andaluza en los comicios del 26 de mayo. “Genera un malestar enorme porque te sientes un ciudadano de segunda. El día de las elecciones se vive con tristeza, esperando que otros decidan por ti”, asegura. En la situación de Khalifa están la mayoría de los extranjeros que residen legalmente en España.
En España viven de forma regular en torno a 4,7 millones de extranjeros mayores de 18 años, según datos facilitados por el Ministerio de Trabajo a partir de una petición de acceso a información pública realizada por este medio, actualizados al 31 de diciembre. Cerca del 27%, algo más de 1.263.000 personas, cumple los requisitos para poder votar el próximo 26M. Es decir, el 73% no tiene derecho a voto. De entre las personas que sí están convocadas a las urnas, la gran mayoría procede de otros países de la Unión Europea.
No obstante, el número final de votantes inmigrantes es menor tras el último paso que deben completar para ejercer este derecho: apuntarse en el censo electoral. En total, figuran en él 466.181 extranjeros para las elecciones municipales, el 10% de la población inmigrante total, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Solo 16.648 de ellos son extracomunitarios de los 12 Estados con acuerdo.
La única opción para poder votar que queda a quienes no entran dentro de este grupo de países es adquirir la nacionalidad. Para Víctor Pool, que lleva establecido en España desde el año 2005, estas serán sus primeras elecciones municipales. A pesar de que su país de origen, México, no cuenta con convenio, ahora puede votar porque ya tiene nacionalidad española. La obtuvo una década después de llegar, tras “interminables laberintos burocráticos” y años de espera. “Me ha costado mucho obtener el derecho al sufragio. Te garantizo que, ahora que lo tengo, no pienso desperdiciarlo”, insiste a eldiario.es.
David Moya, profesor de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona (UB), explica que el derecho al voto de los extranjeros fue, durante la elaboración de la Constitución, “una cuestión relativamente controvertida y ciertamente debatida, con tensiones entre posiciones más abiertas a la incorporación de los extranjeros al sistema político y posiciones más restrictivas”. La fórmula por la que finalmente se apostó en la redacción del texto constitucional en 1978, “no es más que la resultante de una posición intermedia”, a medio camino entre esas dos opciones enfrentadas. “Entonces era muy moderno, se discutió y se llegó al punto de equilibrio. Países como Alemania o Francia lo limitan más y la nacionalidad da el derecho al voto, es una posición defendible”.
El requisito de reciprocidad es fruto de esa época, coincide Rafael Naranjo, profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Málaga (UMA): en los setenta, España era, sobre todo, un país de emigrantes y con esta cláusula se pretendía favorecer que se reconociera a los españoles en el exterior el derecho al sufragio en las elecciones municipales del país de destino.
El constitucionalista cuestiona, sin embargo, la vigencia de este requisito en un país que ahora es, principalmente, receptor de flujos migratorios. “Desde el punto de vista democrático, lo ideal sería que tengan derecho al voto aquellas personas que de manera estable quedan sujetas a las normas que dictan los poderes públicos del país en el que viven, que elijan a quien las elabora. Es uno de nuestros principales déficit democráticos, que además está muy asumido y normalizado”, apunta Naranjo.
Por provincias, Jaén es la que cuenta con mayor proporción de población inmigrante sin derecho a voto: más del 87% de los extranjeros residentes en ella no cumple los requisitos para acudir a las urnas, ya que no reunía las condiciones exigidas. En el extremo opuesto se encuentra Alicante, donde el 43% de la población inmigrante cumple los requisitos necesarios para poder participar en las elecciones municipales.
Requisitos: 5 años con residencia e inscribirse
¿Cuáles son estas condiciones? Para los ciudadanos de los 12 países con acuerdo que quieran votar, no basta con que se considere que hay reciprocidad con sus países de origen, es decir, que el Gobierno inicie negociaciones con estos Estados, se llegue a un acuerdo y este sea ratificado en el Congreso de los Diputados.
Además de tener autorización de residencia y estar empadronados en su municipio, se les exige que hayan vivido “legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los cinco años anteriores” en España. Para los noruegos, se reduce a tres años. Estos requisitos hacen que, en la práctica, se estreche el número de nacionales de los Estados con acuerdos que pueden realmente acudir a las urnas. En el caso de los ecuatorianos, por ejemplo, algo más del 40% de los residentes no cumple las condiciones. En el de los islandeses, esta cifra sube al 68%.
Las condiciones son menos estrictas para los residentes de la UE, protegidos por las leyes comunitarias, que pueden votar desde que se empadronan en sus municipios. Para Moya, la exigencia de un periodo de residencia mínima “puede resultar fácil de explicar” con la justificación de que “puedan tener tiempo de conocer la realidad general del país” y la del municipio en la que van a votar.
El problema, según el experto, es que este argumento “resulta más difícil de sostener cuando decae” para los ciudadanos comunitarios, a los que no se les pide que hayan vivido en España previamente. Por ejemplo, un residente búlgaro puede votar después de llevar escasos meses viviendo en España, mientras un ciudadano peruano necesita haber residido durante al menos cinco años.
A esto se añade el requisito de registro previo. Antes de los comicios, la población española es censada de forma automática y se le comunica, directamente, los datos para ejercitar su derecho, como el colegio electoral. Sin embargo, a los extranjeros que quieran elegir a los Gobiernos municipales se les exige que se inscriban previamente en el censo electoral. En el caso del 26M, han tenido que hacerlo con más de cuatro meses de antelación.
“Tener que manifestar tu voluntad de votar previamente a las elecciones ya es un mero obstáculo para el ejercicio del derecho al voto. Para mí, es totalmente inconstitucional, no tiene ningún sentido. El que quiere va, el que no quiere no va, es un derecho libre”, defiende Naranjo.
Para este trámite, la Oficina del Censo Electoral se puso en contacto por correo postal a finales del año pasado con 280.316 personas nacionales de los 12 países con acuerdo que cumplían con todas las condiciones para poder votar. Asimismo, mandó 575.072 comunicaciones a ciudadanos de la UE para que manifiesten su voluntad de participar en las elecciones rellenando un formulario, algo que pueden hacer en los ayuntamientos de sus localidades.
En el caso de los inmigrantes nacidos fuera de la UE, cumplir con los trámites una vez no es suficiente. Tienen que registrarse en el censo antes de cada nueva cita electoral. Es decir, quienes se inscribieron para los comicios de 2015 y quieran volver a participar en los próximas, deben volver a hacerlo. Se puede hacer contestando por correo postal a la carta de la Oficina del Censo Electoral, por Internet con una clave o en los ayuntamientos. Votar aquí, además, no les impide ejercer este derecho en sus países de origen en otras elecciones.
Aquí también hay diferencias con los ciudadanos europeos que, si ya figuran en el censo de otros comicios, mantienen su condición de electores sin tener que rellenar ningún papel. En la actualidad hay inscritos 449.680 electores de la UE para las elecciones municipales y 365.310 en las elecciones europeas. Ambos datos no pueden cruzarse: una misma persona puede constar en los dos registros, que son diferentes para cada una de ellas.
Un número final de inscritos muy reducido
En total, un promedio del 6% de los residentes extracomunitarios con derecho a hacerlo se han apuntado en el censo para poder votar el próximo 26M. El número final de inscritos sigue la tendencia a la baja de años anteriores. De media, cerca del 15% de los que cumplían las condiciones se registró en 2011. En 2015, se desplomó hasta el 7%, según datos analizados por eldiario.es. Son las cifras más aproximadas a lo que después ocurre a pie de urna, que no puede conocerse. Nueva Zelanda, Corea y Chile han sido las nacionalidades con los niveles de inscripción más altos.
Si el derecho al sufragio ha sido una de las demandas tradicionales de los colectivos de inmigrantes que viven en España, ¿por qué esta drástica reducción del número final de personas que votarán? Las distintas voces consultadas por este medio descartan que pueda explicarse por la abstención o la falta de interés de esta población. La atribuyen, precisamente, a los requisitos exigidos a los votantes extranjeros para poder votar, como el hecho de tener que inscribirse para cada cita electoral.
“Es todo un despropósito, no facilita la integración de estas personas ni el deseo de votar: a la mínima duda no vota, ante el papeleo no vota. Si los españoles tuviéramos que registrarnos antes, ¿cuántos votaríamos?”, se pregunta Naranjo. Anastasia Bermúdez, investigadora Ramón y Cajal en Antropología de la Universidad de Sevilla, traza paralelismos entre este sistema y el del voto rogado de los españoles en el exterior. “Desde que cambiaron la legislación y tienen que pedirlo, el porcentaje de votación ha caído brutalmente. Cuantas más barreras y más trámites burocráticos, más difícil es que la gente participe”, esgrime.
Para Moya, autor de diversos análisis de participación de la población extranjera en los comicios municipales, “las administraciones no han hecho los deberes” a la hora de promover que los extranjeros se inscribieran para el 26M. “Algunos ayuntamientos lo han hecho pero a nivel nacional no. Ha faltado una campaña en condiciones para promover la inscripción previa”. Otro de los obstáculos prácticos que desincentivan la participación de la población extracomunitaria, explica, son los plazos para inscribirse, alejados de la cita electoral. “Es un factor muy importante. Cuando se les comunica, no hay ni candidato ni el ambiente preelectoral que caldearía la participación”.
Los ciudadanos de la UE tuvieron tres meses, del 1 de noviembre al 30 de enero, para hacer los trámites. El plazo para los que no proceden de países de la Unión fue de un mes y medio, del 1 de diciembre al 15 de enero. “Son muy limitados. Además, si las municipales no son hasta mayo, la gente no está pensando en las elecciones. Con tanta antelación es difícil que la gente se registre”, coincide Bermúdez. Añade otros factores como la falta de tiempo, debido a “condiciones laborales y familiares más precarias” que atraviesa, en ocasiones, la población inmigrante.
Durante estos plazos, Pool, trabajador social e integrante del colectivo Somos Migrantes, ha tratado de facilitar toda la información posible para que quienes pueden se inscriban para votar. “Hay que poner fácil la escasa información disponible. Las trabas burocráticas, los plazos tan cortos o la escasísima y poco clara información institucional no ayudan mucho”, asegura.
Pero, a su juicio, el problema va más allá. “Es difícil animar a votar cuando no nos sentimos representados”, sostiene el activista. “Los políticos e instituciones nunca se dirigen a nosotros. Hablan de nosotros, de lo que van a hacer con nosotros, de las políticas que aplicarán sobre nosotros… es decir, hablan de nosotros como un objeto, pero nunca como un sujeto político. Por eso no nos sentimos reflejados, y esto es algo que venimos diciendo desde hace años”, apuntala.
“Cuando las personas migrantes somos el centro de campañas políticas, hablan sobre nosotras en términos de 'invasoras', 'delincuentes', 'acaparadoras de ayudas' o de que venimos a 'quitarles el trabajo'. Construyen un relato que saben perfectamente que es falso, basado en mentiras, y, sin embargo, se nos niega el derecho más básico de responder en las urnas”, prosigue Pool.
Los residentes extracomunitarios tampoco pueden presentarse a las elecciones en España. La legislación vuelve a condicionar el derecho a sufragio pasivo, esto es, a ser elegidos, a criterios de reciprocidad. Pero los acuerdos aprobados se limitan a reconocer el sufragio activo en ambos territorios. Los ciudadanos de la UE sí pueden aspirar a cargos a nivel local.
En un estudio de 2016 en el que analiza la elección de ediles extranjeros en España, Bermúdez concluye que “la infrarrepresentación de la población inmigrante es generalizada”. Distinta es la situación de quienes tienen origen extranjero pero sí cuentan con nacionalidad, que “han visto incrementada su presencia en las listas electorales, si bien de forma reducida y generalmente en posiciones últimas o de relleno”.
Nacionalidades como Marruecos y China, excluidas
En la práctica, según las cifras oficiales analizadas por eldiario.es, un 73,2% de la población extranjera no ha tenido la oportunidad de inscribirse para votar por no cumplir los requisitos. Excluidas de la participación en los comicios municipales quedan comunidades con un número elevado de residentes en nuestro país. Son los casos de Marruecos, China, Ucrania o Pakistán, que carecen de convenios de reciprocidad. En este sentido, el experto de la UB muestra su preocupación por que este modelo “profundice la percepción de trato desigual” entre los grupos que no tienen derecho al voto.
En total, más de 580.000 marroquíes mayores de edad tienen su situación regularizada en España, según datos de Trabajo. “Hablamos de un montón de ciudadanos que viven aquí desde hace muchos años que no pueden participar en la toma de decisiones que también les puede afectar. Esto tiene consecuencias en su inclusión en España”, argumenta Khalifa, vicepresidente de la Asociación Marroquí para la Integración de los Inmigrantes. Desde la organización tratan de movilizar a los ciudadanos de origen marroquí que tienen la nacionalidad española para que participen. “Ahora mismo no se nos escucha porque no votamos, por eso tampoco los partidos incluyen nuestras perspectivas en sus programas”.
Desde la firma de acuerdos durante el mandato de Zapatero, no se han vuelto a dar pasos para ampliar el número de países que también permiten votar a los españoles en sus elecciones locales. Moya considera que, precisamente, “el gran reto” en este terreno es alcanzar un tratado con Marruecos.
“Esto decantaría mucho la balanza, pero no se han explorado nuevos acuerdos. Marruecos modificó su legislación para que hubiera elecciones abiertas para los representantes municipales. Formalmente, comparando las leyes, podría leerse como reciprocidad. Es posible”, sostiene el experto. “Pero hay muchas reticencias a reconocer que sus elecciones sean homologables y cuestiones de fondo que no salen: el voto marroquí sí sería importante, pero no cambiaría el color político de los ayuntamientos. No lo cambias ni siquiera con el voto rumano”.
En este sentido, varias voces consideran que el criterio de reciprocidad, al final, hace pagar a los residentes extracomunitarios por el hecho de que en sus países gobiernen dictaduras o tengan malas relaciones diplomáticas con España. “Esta exigencia genera por sí misma situaciones injustas, porque impide reconocer el derecho por circunstancias tan ajenas a la voluntad del extranjero como que proceda de países no democráticos, de Estados donde no existan elecciones en un nivel equiparable al municipal, o en los que las competencias para la regulación de esta materia se encuentren descentralizadas”, apunta Naranjo en un artículo.
“No hay interés político en avanzar”
A un lado, los límites que impone la legislación y su interpretación. Al otro, campañas como “Aquí vivo, aquí voto” y diversos colectivos que reclaman avanzar en el reconocimiento “de la ciudadanía plena” de las personas extracomunitarias. Un estudio comparativo de 15 países europeos, entre ellos España, demostró en 2012 que la mayoría de los inmigrantes están interesados en votar y reclaman más representación política. España mantiene un modelo similar a Reino Unido o Portugal. Francia y Alemania son más restrictivos, y los países nórdicos, más abiertos, explica Moya.
Sin embargo, para Bermúdez, el escenario político actual, en el que están emergiendo algunos discursos antiinmigración, añade complicaciones para caminar hacia un mayor reconocimiento de derechos. “También es una pescadilla que se muerde la cola: si pocos pueden participar por dificultades, menos interés tienen los partidos en ampliarlo porque no tiene rédito electoral”, defiende la antropóloga.
Lo mismo piensa Naranjo, que aunque considera que es “cuestión de tiempo” que se amplíe el derecho a voto, apunta que de momento “no hay interés político” en activar nuevos acuerdos. En su opinión, una fórmula para ampliar estos derechos puede ser interpretar de una forma más laxa el criterio de reciprocidad en la constitución, por ejemplo, que sirva para que se les exija menos tiempo de residencia a quienes sí cuenten con acuerdos.
Por su parte, el profesor de la UB reconoce sentir escepticismo sobre la posibilidad de que haya cambios a corto plazo, aunque propone mejoras técnicas, como automatizar el censo o acercar la inscripción a la cita electoral. El voto inmigrante ha protagonizado algunas iniciativas políticas. En enero, Unidos Podemos registró en el Congreso una proposición no de ley para reformar la legislación y que este derecho deje de estar vinculado a los tratados bilaterales, sino que queden inscritos quienes figuran en el padrón municipal. En su programa para las elecciones generales PSOE, proponía una reforma constitucional del principio de reciprocidad del derecho de sufragio para “extender”, los derechos de los extranjeros a la participación política.
En este sentido, tanto Khalifa como Pool piden que la reciprocidad, marcada por la Constitución, sea eliminado. “Solo hace falta voluntad política”, apunta el vicepresidente de la asociación marroquí. “¿Quieren democracia? Empiecen por democratizarse, dejar de poner obstáculos al derecho al voto de los migrantes y entonces hablemos en condiciones de igualdad”, sentencia el activista mexicano.