Los 27 acuerdan fijar por ley la paridad en los consejos de administración de las empresas cotizadas
Los 27 han acordado fijar el objetivo de que al menos el 40% de los miembros de un consejo de administración sean mujeres. Y lo han hecho después de que la Alemania post Angela Merkel haya levantado su veto a la propuesta después de una década.
La propuesta de directiva es de 2012, y busca “mejorar el equilibrio de género entre los miembros de los consejos de administración de las empresas que cotizan en bolsa”.
“España, como no podía ser de otro modo, apoya esta directiva porque creemos que es esencial para acortar las brechas de género. Pero nos habría gustado que fuera más ambiciosa, en la obligatoriedad de las medidas, en los plazos para los objetivos, y la igualdad de mujeres y hombres no puede ser una elección. En España, hemos pasado del 19% al 31%, gracias a las políticas de nuestro país, como la Ley de Igualdad de 2007 y el avance de políticas públicas de esta legislatura”, ha dicho la secretaria de Estado de Igualdad española, Ángela Rodríguez, en el debate de los 27: “La igualdad es una brújula para caminar como Unión Europea”.
La versión actualizada del texto ha sido respaldado este lunes por los ministros de Trabajo de la UE. La propuesta pretende “fijar como objetivo una presencia mínima del 40% del sexo menos representado entre los consejeros de las sociedades cotizadas en bolsa” y “exigir a las sociedades con una menor participación en el sexo subrepresentado entre los consejeros no ejecutivos a introducir criterios claros e inequívocos en los procedimientos de selección de estos cargos para alcanzar dicho objetivo”.
El Parlamento Europeo votó a favor de la propuesta de la Comisión Europea por una abrumadora mayoría en 2013. Pero nunca avanzó porque varios de ellos, incluido el Gobierno alemán de Merkel, dijeron que era un tema que debía tratarse a escala nacional.
Alemania ha aprobado en años más recientes sus propias leyes destinadas a aumentar el número de mujeres representadas en puestos de liderazgo empresarial.
La presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, había hecho una prioridad de romper el bloqueo. “Es hora de seguir adelante con este asunto”, dijo recientemente al Financial Times.
La presidencia francesa del Consejo de la UE también convirtió el asunto en una de las principales prioridades y presionó a Alemania para que pusieran fin al veto.
Según el Instituto Europeo para la Igualdad de Género (EIGE), las mujeres constituían el 28% de los miembros de los consejos de administración de las mayores empresas que cotizan en bolsa en los países de la UE en 2019. Francia, según EIGE, “sigue siendo el único Estado miembro con al menos un 40% de cada género en los consejos de administración”.
Este miércoles, las comisiones de mujer (FEMM) y de asuntos jurídicos (JURI) votarán el mandato de negociación de la 'Directiva de Mujeres en los Consejos' que tiene como objetivo mejorar el equilibrio de género entre los consejeros no ejecutivos de las empresas.
A pesar de que alrededor del 60% de los nuevos titulados universitarios en la UE son mujeres, están enormemente infrarrepresentadas en la toma de decisiones en el ámbito económico, especialmente en las altas instancias.
Las empresas cotizadas, de acuerdo con lo aprobado por los Gobiernos este lunes, tendrían que marcarse el objetivo de que al menos el 40% de sus puestos de consejero no ejecutivo lo ocupen miembros del género menos representado de aquí a 2027. El objetivo sería el 33 % de aquí a 2027 para los Estados miembros que opten por incluir a administradores tanto ejecutivos como no ejecutivos.
El Estado miembro competente para regular la empresa cotizada sería aquel en el que esta tenga su domicilio social, y no aquel en cuyo mercado regulado negocie sus acciones.
La ley aplicable sería la del Estado miembro en el que está situado el domicilio social de la empresa cotizada.
Las empresas cotizadas que no hayan alcanzado aún el objetivo tendrían que tomar medidas para alcanzarlo introduciendo normas de procedimiento para la selección y el nombramiento de miembros no ejecutivos; seguir aplicando las normas de procedimiento y explicar qué medidas han adoptado y pretenden adoptar a fin de alcanzarlo.
Los criterios fundamentales seguirían siendo la cualificación y el mérito. Con arreglo a la Directiva propuesta, existiría un nivel mínimo de armonización de los requisitos de gobernanza de las empresas, en la medida en que las decisiones de nombramiento tendrían que basarse en criterios objetivos; unas salvaguardias integradas garantizarían que no haya una promoción incondicional y automática del género infrarrepresentado; se daría preferencia a los candidatos igualmente cualificados del género infrarrepresentado, a menos que una evaluación objetiva incline la balanza a favor de un candidato del otro sexo.
Los Estados miembros que ya dispongan de un sistema efectivo podrían mantenerlo, siempre que sea tan eficaz como el sistema propuesto para alcanzar el objetivo del 40% de administradores no ejecutivos del género infrarrepresentado de aquí a 2027. Los Estados miembros son también libres de tomar medidas más ambiciosas que el sistema propuesto.
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