Balance de la ley de crowdfunding en España: la burocracia de la CNMV atasca el sector
Hace año y medio, el Gobierno aprobó la ley de Fomento de la Financiación Empresarial. Esta normativa, entre otros temas, pretendía poner orden en el régimen jurídico de las plataformas de crowdfunding y regular su papel como un “mecanismo de desintermediación financiera basada en la nueva tecnlogía”. La regulación daba un periodo de gracia de 15 meses a las compañías para cumplir con los requisitos de la normativa, un periodo que terminó a finales de julio.
A principios de este verano, hubo varios comunicados de empresas que anunciaban haber recibido la autorización de la CNMV. Sin embargo, a fecha de hoy en el registro de la página web del supervisor solo aparecen seis. Son las únicas compañías que han terminado todos los trámites para poder operar conforme a la ley. En total, hay 16 plataformas que han recibido la autorización del regulador, pero de estas diez no han terminado con los trámites para estar registrados y no aparecen en el listado. No es posible consultar en el supervisor qué empresas están en esta situación y tampoco se conoce cuántas compañías han solicitado la autorización.
Por ahora, las seis compañías que aparecen por ahora en la web de la CNMV son: Easy Financing Club, La Bolsa Social, Lignum Capital, Colectual, Socios Inversores y Tu Triple A.
En la ley se daba un periodo de gracia para que las compañías que ya estaban operando en una situación alegal se fueran adaptando a la regulación. Tras los 15 meses de transición, ¿qué implica no estar registrado en el listado de la CNMV? Las empresas que no estén en este listado no pueden asumir proyectos nuevos. Por lo tanto, pueden seguir operando en la medida que sigan desarrollando los ya existentes. Desde que reciben la licencia hasta el registro hay un periodo máximo que puede ser hasta un año.
Algunas de las plataformas que más publicidad están haciendo sobre su negocio, como es el caso de Housers, no están todavía registradas. Tampoco tiene todavía la autorización The Funding Circle. Otras como Crowdcube, que anunció en julio la autorización de la CNMV está todavía en proceso de registro, al igual que Lendix o Ecrowd. El inversor no puede consultar en la web de la CNMV qué compañías se encuentran en este proceso.
La normativa exige una serie de requisitos para ser incluidas en este registro y que garanticen la viabilidad de las mismas o los posibles problemas que surjan en su funcionamiento. Entre ellos se encuentran unas condiciones financieras que estipulan un capital social mínimo de al menos 60.000 euros, también se les exige un seguro de responsabilidad civil profesional, aval u otra garantía que “permita hacer frente a la responsabilidad por negligencia en el ejercicio de su actividad profesional, con una cobertura mínima de 300.000 euros por reclamación de daños y un total de 400.000 euros anuales para todas las reclamaciones”.
La norma da la posibilidad de que la combinación de capital inicial y de seguro de responsabilidad civil profesional, aval u otra garantía tenga un nivel de cobertura equivalente. Además, se les solicita información sobre los administradores, el organigrama de la compañía y las funciones de la misma.
¿Atasco burocrático?
Las razones que explican esta lentitud en los procesos son variadas, según explican fuentes del sector. Por un lado, ser una nueva norma y no estar de todo rodado el proceso de autorización tanto por parte del supervisor como por parte de la empresa. Otras de las razones es la de pertenecer a un grupo internacional, con filiales en otros países y una organización empresarial más grande, algo que complica el proceso, aunque la plataforma que opera aquí sea española.
En el caso de las plataformas que ya han obtenido la licencia, algunas fuentes señalan que este paso es un “trámite”. Eso sí, desde que terminó el plazo del periodo de gracia a finales de julio únicamente se han incluido dos empresas en el listado de las plataformas registradas.
Fuentes de la CNMV niegan que se trate de un atasco y achacan la lentitud del proceso a las propias plataformas, que pueden haber o no presentado la documentación necesaria.
Todo este proceso coincide con que tras el referéndum de Reino Unido se ha planteado que Londres puede dejar de ser la sede de las fintech y del sector financiero, un espacio por el que lucha Madrid. Aunque en este contexto donde tras 15 meses de transición solo seis compañías han conseguido terminar los trámites para registrarse como plataforma de crowdfunding puede dar la idea de que quizá no se haya avanzado suficiente en aligerar la burocracia que siempre se le achaca a España por parte de los organismos internacionales e inversores.
La regulación hace referencia a las plataformas que “ponen en contacto a promotores de proyectos que demandan fondos mediante la emisión de valores y participaciones sociales o mediante la solicitud de préstamos, con inversores u ofertantes de fondos que buscan en la inversión un rendimiento”, no aquellas que se basan en la recompensa como las que sirven para publicar un libro o producir una película.
Además, la normativa regula la cantidad que puede invertir un pequeño inversor (lo que se conoce como inversor no acreditado) en una plataformas. Por un lado, se comprometen a que este no invierta a través de ella más de 3.000 euros en el mismo proyecto y que no se invierta más de 10.000 euros en un periodo de doce meses.