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Competencia investiga a la distribuidora eléctrica de Naturgy por “falsear” la libre competencia

Imagen de archivo de la sede de Naturgy en Madrid.

Economía

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) está investigando a la distribuidora eléctrica del Grupo Naturgy, UFD, y a sus matrices por posibles prácticas anticompetitivas, entre ellas haber podido priorizar las incidencias y reclamaciones presentadas por ciertas comercializadoras entre 2021 y 2022.

El organismo presidido por Cani Fernández investiga a UFD Distribución Electricidad, y a sus matrices Holding Negocios Electricidad y Naturgy Energy Group (Grupo Naturgy) por supuestas conductas contrarias al artículo 3 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC).

Competencia ha explicado que la compañía habría dado un trato “preferente y discriminatorio a las incidencias y reclamaciones presentadas por ciertas comercializadoras entre 2021 y 2022, en detrimento de terceras comercializadoras independientes”.

Así, UFD podría haber “falseado” la libre competencia en el mercado del suministro minorista de energía eléctrica y haber incumplido la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.

Naturgy ha respondido que “UFD cumple escrupulosamente con la regulación y aplica los mismos procedimientos en la relación que mantiene de forma continua y diaria con decenas de comercializadoras en el marco de su actividad como distribuidora eléctrica, sin aplicar ningún trato de favor ni beneficiar a ninguna en particular”.

La CNMC ha revelado que la investigación se inició a partir de una serie de denuncias contra UFD por prácticas contrarias a la LDC, y de la información reservada que llevó a cabo la Dirección de Competencia (apartado 2 del artículo 49 de la LDC).

Por ello, ante la sospecha de posibles prácticas anticompetitivas, la CNMC inspeccionó dos sedes del Grupo Naturgy. La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación, ha manifestado la CNMC, que avanza que se abre ahora un periodo máximo de 24 meses para su instrucción y resolución.

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