El Ministerio de Hacienda ha confirmado este lunes a los empresarios del ocio nocturno que los espectáculos con DJ pasarán a tributar un 10% desde el 21% actual una vez que se aprueben los Presupuestos Generales del Estado para 2017, previsiblemente a finales de junio. Esto implica que la entrada de acceso a espectáculos de DJs en directo tendrá un IVA del 10% (y no del 21%, como pasaba hasta ahora).
“Según la consideración de la Secretaría de Estado de Hacienda, la labor del DJ no se limita a reproducir la música, sino que realiza una labor de selección que ha ido evolucionando hasta la propia adaptación y mezcla de los temas seleccionados de manera original, de forma que, según el criterio de la Secretaría, debe encuadrarse como una manifestación cultural”, asegura una nota del Círculo de Empresarios de Ocio Nocturno y Espectáculos de Madrid (CEONM).
Añaden que la actuación de un DJ se considera un espectáculo cultural en vivo, “ya que dichos profesionales llevan a cabo una manifestación cultural similar a la de otros profesionales como músicos, equipos de coreografía, etcétera”. También los servicios de hostelería prestados en salas de fiesta, baile y discotecas tributarán al tipo impositivo reducido del 10%.
La figura del DJ, de hecho, está incluida dentro del personal artístico de las salas de fiesta, baile y discotecas desde el 26 de abril de 2012, cuando el Ministerio de Empleo y Seguridad Social publicó el convenio colectivo estatal del personal de este tipo de salas.
El presidente de esta asociación, Tito Pajares, y de la Federación de Asociaciones de Ocio Nocturno de España (Fasyde), Juan Martínez Tercero, se han reunido con el director general de Tributos del Ministerio de Hacienda, Alberto García Valera, que les ha confirmado este extremo, que había suscitado algunas dudas desde que se anunció la rebaja para espectáculos en directo.
El cambio tributario está incluido en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017, que ampliarán la aplicación del tipo impositivo reducido del 10% a la entrada de teatros, circos, conciertos y demás espectáculos culturales en vivo.
“Desde el año 2012, cuando se nos excluyó del IVA del 10%, un mismo producto podía tener un IVA distinto según el sitio en el que se consumiese: un refresco tenía un 10% de IVA en un restaurante o en un bar, pero del 21% en una sala de fiestas, una discoteca o un tablao flamenco. No tenía sentido”, afirma Pajares.
Para el presidente de la Federación de Asociaciones de Ocio Nocturno de España (Fasyde), Juan Martínez Tercero, esta reforma “va a ser una bolsa de aire que va a ayudar a todos los empresarios a salir adelante, ya que los anteriores aumentos del IVA dejaron a muchos empresarios por el camino”. Los servicios mixtos de hostelería tradicionalmente tributaban con un IVA del 10%, un situación que cambió el 6 de agosto de 2012, cuando el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas modificó el tipo impositivo aplicable a determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios.
Los DJs opinan
Para Carlos Jean, DJ, músico y productor, la medida era necesaria: “Si los músicos tienen un IVA del 10%, no tenía sentido que los DJs tributásemos al 21%. Todos ofrecemos un espectáculo que es una manifestación artística y cultural”.
También lo ve así Carlos Moreno 'El Pulpo', DJ y presentador del programa 'Poniendo las calles' de Cadena Cope, para quien “el concepto de DJ ha cambiado mucho: ya no es el 'pinchadiscos' de hace varias décadas; a día de hoy un DJ no solo selecciona la música, sino que también la edita, la mezcla y le puede añadir todo tipo de efectos”, asegura, según el comunicado de Fasyde.
Por su parte, Jorge Portabales, DJ 'JP Candela', recuerda que “muchos artistas editan sus canciones por su cuenta, pero luego lanzan 'remixes' o ediciones especiales que han sido producidas y mezcladas por un DJ”. De hecho, “muchas veces la canción editada por el DJ vende más copias que la del artista original, así que estamos ante una obra distinta”.