En lo peor de la pandemia, los trabajadores esenciales se llevaban cada día un sonoro aplauso desde las ventanas de hogares de todo el país. Sobre todo los profesionales sanitarios y de residencias de ancianos, que se exponían directamente al virus al estar en contacto con pacientes contagiados. Con el recuerdo de lo vivido y dado el número de “más de un centenar” de profesionales sanitarios que fallecieron en la pandemia, según el propio Gobierno, no cuadran las cifras oficiales de accidentes de trabajo, que solo dan cuenta de 27 muertes laborales en el sector sanitario y sociosanitario por COVID en 2020.
Los datos proceden del registro oficial de accidentes de trabajo que publica el Ministerio de Trabajo. Esta semana, el director del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), Carlos Arranz, aportaba también esta cifra en una rueda de prensa a preguntas de los periodistas. El número total de fallecimientos por COVID registrados como accidentes de trabajo es de 31 muertes, de las cuales 26 corresponden al sector sanitario y solo una, al sector sociosanitario de los establecimientos residenciales.
Desde el INSST precisaban que los datos todavía pueden aumentar, dado que hay procedimientos de reconocimiento de la contingencia profesional que pueden estar en marcha y resolverse más adelante. De hecho, las cifras se han incrementado ya desde que se publicaron los datos provisionales de 2020, cuando solo había constancia de 21 muertes laborales por COVID.
El cualquier caso, con casi 75.000 personas fallecidas por COVID en España en el año 2020, la existencia de 31 muertes laborales registradas casi dos años después del inicio de la pandemia se antoja una cifra ínfima. Según el homenaje del Gobierno a los sanitarios fallecidos el pasado verano, el número de víctimas superaba el centenar. Los colegios de médicos cifran solo entre sus profesionales “112 fallecimientos”.
Dado que es la Seguridad Social quien reconoce el origen laboral de estas contingencias, elDiario.es ha consultado al Ministerio, pero no valida las cifras de muertes laborales que constan en las estadísticas oficiales. “Aún no se ha realizado la exploración de esos datos para publicarlos”, apuntan desde la Seguridad Social.
Infrarregistro del origen laboral de los contagios
Desde los sindicatos denuncian la falta de reconocimiento del origen laboral de muchos contagios, que perjudican a los trabajadores enfermos y sus familias en las prestaciones a las que puedan tener derecho. En caso de fallecimiento, la cuantía de la pensión de viudedad y orfandad que genera es mayor en caso de muerte por accidente de trabajo que si está motivada por enfermedad común. Además, si hubiera existido una falta de prevención, las familias podrían llegar a denunciar al empleador y recibir una indemnización por daños y perjuicios.
Irene Álvarez, responsable de Salud Laboral de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO, critica el infrarregistro del accidente laboral relacionados con la COVID, que considera especialmente llamativo en el caso de las residencias de mayores, donde solo se plasma una persona trabajadora fallecida. “Hay un problema añadido en el no reconocimiento que son las secuelas y el covid persistente. Este infrarregistro es preocupante porque en muchos casos están siendo los juzgados los que finalmente reconocen la contingencia”, afirma Álvarez.
El sindicato CSIF ya ha anunciado una victoria en los tribunales en el reconocimiento del origen laboral de las bajas de un auxiliar administrativo de un centro de salud y la cooperativa de abogados Colectivo Ronda ha hecho lo propio con otra sentencia ganada que afecta a una auxiliar de geriatría de una residencia de mayores.
Ni con los sanitarios se reconoce rápido
Fuentes de servicios de salud laboral recuerdan que las enfermedades derivadas o con origen en el trabajo, como sería en este caso la COVID, son más difíciles de probar que otro tipo de accidentes (caídas, atrapamientos) que ocurren en el mismo puesto de trabajo. Precisamente esta circunstancia motivó que los sindicatos exigieran que la COVID fuera catalogada como enfermedad profesional para el personal que trabaja en centros sanitarios y sociosanitarios, que finalmente se acordó el pasado febrero, con la intención de automatizar el proceso.
Pero el escaso registro de fallecimientos laborales entre el personal sanitario y sociosanitario cuestionan que la medida se esté cumpliendo. Desde la Seguridad Social señalan que, para que el contagio sea considerado debido al trabajo, debe ser acreditado “por los servicios de prevención de riesgos laborales”. Estos deberán emitir un informe donde conste que la actividad profesional “conlleva la atención a enfermos contagiados por el virus SARS-Cov2”, prosiguen en el Ministerio que dirige Escrivá. “Una vez acreditado el contagio se presumirá en todo caso que este se ha producido por atender a personas contagiadas por la COVID-19”.
En CCOO apuntan que “hay que tener en cuenta que el mayor empleador en sanidad son los sistemas públicos de salud”. Por lo que, si no se está informando al respecto, el sector público es el primero al que mirar.