El limbo de vivir en una habitación que se subarrienda: contratos inexistentes y sin garantías

Cuando Mariano García (22 años) se mudó a Madrid para estudiar la carrera de psicología, tenía claros tres requisitos indispensables a la hora de buscar una vivienda: no pagar más de 300 euros mensuales para una habitación; no compartir piso con más de tres personas y tener un contrato a su nombre para poder acceder a una beca de estudios. “Al principio también vine con la idea de vivir cerca de la universidad, pero tuve que abandonarla pronto”, recuerda.

Después de mes y medio de entrevistas y puertas cerradas, no le quedó otra que renunciar a una de sus líneas rojas. “Por fin encontré una habitación a tres paradas de metro de la facultad, por 350 euros con los gastos incluidos. Pero me la estaban subarrendando sin decir nada al casero, así que nada de contrato. Me mudé consciente de que en nueve meses iba a empezar mi búsqueda de cero otra vez, ya que la persona que me dejó su habitación la iba a necesitar de vuelta”, recuerda frustrado.

Hace años ya que la práctica de realquilar una habitación se ha convertido en algo habitual en las grandes ciudades a causa del alza de los precios, incluso si en la mayoría de los casos se hace al margen de la ley. En Madrid -donde de media se pagan 420 euros para una habitación, según datos de este verano de la plataforma inmobiliaria Idealista- los usuarios aceptan esta situación de alegalidad por falta de alternativas, como es el caso de García.

A pesar de tener sus zonas grises, realquilar no siempre representa un problema para los inquilinos. De hecho, si el contrato de alquiler lo permite, o si el propietario da su permiso por escrito, subarrendar una o más habitaciones de una vivienda es completamente legal. Natalia Palomar, responsable del área jurídica de la asociación Provivienda, resume así la práctica, que está regulada por el artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos: “Se trata de ceder bajo un precio establecido una parte de la casa destinada a uso exclusivo del inquilino, y otras zonas para el uso común”, como pueden ser los servicios, la cocina y sala.

Esto sí, el precio del subarriendo no podrá exceder, en ningún caso, del que corresponda al arrendamiento, según la citada ley. “Es decir, que si una persona empieza a subarrendar su cuarto por 50, 100 o incluso 20 euros más de lo que pagaba él, estaría especulando, y es ilegal. Si lo denuncia, o el casero lo descubre, se puede proceder a rescindir el contrato”, confirma la experta.

Nada en la Ley de Vivienda

La regulación del alquiler de habitaciones no ha estado, al menos de momento, entre las prioridades del Ejecutivo. El proyecto de Ley de Vivienda que ya lleva un año de tramitación parlamentaria no entró en este tema.

El proyecto que salió de Moncloa habla de conceptos esenciales para definir el derecho a una vivienda. Por ejemplo, qué características tiene que cumplir para que sea digna y adecuada -por ejemplo, que tenga acceso a suministros básicos-, cuándo se habla de infravivienda o qué se entiende por condiciones asequibles en cuanto al esfuerzo financiero, como que pagarla no supere el 30% de los ingresos de la unidad de convivencia. Sin embargo, no entra a contemplar ni definir el alquiler de habitaciones dentro de este derecho a la vivienda.

Una falta de definición que llevó a diferentes colectivos sociales a instar a que se incluyese durante la tramitación parlamentaria vía enmiendas. Así lo reclamaron, por ejemplo, asociaciones como Hogar Sí o Provivienda, que defienden los derechos de las personas 'sin techo'. Estas organizaciones reclaman que se aproveche la Ley de Vivienda, para cambiar la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) e incluir así el alquiler de habitaciones como un concepto ligado al alquiler.

De esta forma, se daría mayor protección a quienes optan por este tipo de viviendas compartidas y se regularía el uso compartido de las vivienda comunes. También facilitaría a quienes alquilan habitaciones trámites como el acceso a las ayudas de alquiler, el empadronamiento o el Ingreso Mínimo Vital.

De momento, en las negociaciones parlamentarias para sacar adelante la Ley de Vivienda el foco está puesto en cuestiones que no tienen que ver con el alquiler de habitaciones. En cambio, sí está colocado sobre aspectos como la definición de gran tenedor -que en el texto actual cifra en la propiedad de 10 inmuebles- y en si se buscan fórmulas alternativas, más allá del IPC, para definir cuándo se topan los precios del alquiler en las zonas consideradas tensionadas.

Dificultad a la hora de formalizar un contrato

“Hay muchas personas que, por una situación u otra, pueden tener dificultades para formalizar un contrato de vivienda”, explica la portavoz de Provivienda. En la mayoría de los casos el problema es económico. Para algunas familias es cada vez más difícil pagar el alquiler completo de una casa, así como cumplir con todos los requisitos adicionales que se piden a la hora de firmar un contrato: un trabajo a tiempo indeterminado, las últimas nóminas, un mes de fianza y dos más de garantías. Asimismo, se verifican situaciones de discriminación en el acceso a la vivienda por la nacionalidad, sexo o edad de los inquilinos.

En algunos casos, familias enteras se encuentran obligadas a recurrir a la práctica del subarriendo, incluso si esto conlleva que muchas personas vivan bajo el mismo techo. En el informe Cuando la casa nos enferma. La vivienda como cuestión de salud pública, realizado por Provivienda, se plantean dos posibles escenarios para esta decisión: por un lado, se encuentra las familias que, tras perder su vivienda por no poder pagarla, alquilan una habitación de un piso compartido en la que viven todos juntos. Por el otro, familias que para poder seguir pagando la hipoteca o el alquiler del hogar donde viven, subarriendan una habitación a terceros.

Según el informe, son sobre todo las personas de nacionalidad no europea las que se encuentran en esta situación. “Y como si no fuera suficiente, a la condición de vulnerabilidad se suma la imposibilidad de empadronarse por no tener un contrato válido”, añade Palomar.

Fernanda Del Prado (35 años) llegó a Madrid desde Venezuela hace poco más de un año. Pasó las primeras semanas de su estancia en la capital contactando diariamente a decenas de anunciantes en las plataformas más conocidas de alquiler inmobiliario. “Hay veces que no conseguía ni llegar a visitar el piso. Los caseros escuchaban mi acento y me decían que ya habían alquilado, incluso si el anuncio seguía en la web durante varios días”, afirma.

Finalmente, consiguió mudarse a un piso en la periferia, aunque tuvo que renunciar a la idea de vivir sola y a la garantía de un contrato. “Es desolador. Siento que no tengo ningún derecho a opinar sobre los asuntos del piso. Además vivo con el miedo a que si levanto la voz, me va a tocar buscar otro sitio donde vivir”, señala.

Realquilar una habitación para recortar los gastos

“Es común que una persona, que tiene un contrato regular de alquiler, subarrienda una o más habitaciones sin decir nada al casero para recortar sus propios gastos. Muchos lo hacen para poder ahorrar su propia parte del alquiler. Suben los precios de las habitaciones a los otros inquilinos y acaban viviendo casi gratis”, explica María Matos, directora de estudios y portavoz del portal Fotocasa, que actualmente tiene 4.615 viviendas en alquiler en Madrid. “Por esta razón es importante exigir siempre ver el contrato cuando se empieza a vivir en un piso, y pedir que el propio nombre aparezca en la documentación. Si el inquilino no lo permite, igual es porque tiene algo que esconder”, añade.

Jimena Rodríguez (30 años) nunca consiguió consultar el contrato de alquiler del piso en Getafe donde se mudó hace dos años. Un compañero de trabajo le pasó la voz de que una amiga estaba buscando una inquilina para una habitación que se había quedado vacía. “El alquiler era razonable y el piso estaba muy bien. Pero nunca pude saber cuál era el precio total de la vivienda”, reconoce.

Su compañera de piso, que vivía allí desde hace cinco años, encontraba siempre excusas para esquivar la petición de Jimena de incluir su nombre en el contrato de alquiler. “Una vez decía que el propietario era un hombre mayor y que no quería encargarse de los trámites. Otro día me explicó que tenía miedo de que nos iba a subir el alquiler. Al final me fui de allí convencida de que había subido el precio de mi habitación para poder pagar menos de su parte”, afirma.