Denuncian al alcalde de Plasencia ante el TSJEx por no haber derribado los chalés ilegales de Santa Bárbara
Una persona de Plasencia ha presentado ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) una denuncia contra el alcalde de la ciudad, Fernando Pizarro, por unos posibles delitos de prevaricación y omisión del deber de denuncias, en relación a los chalés ilegales en la sierra Santa Bárbara, construcciones que según la denuncia han seguido proliferando desde que entró de alcalde en junio de 2011.
Pese a que hay en marcha 63 expedientes por infracción urbanística de entre los años 2005 y 2017, el actual alcalde del PP, “incumpliendo de modo absoluto sus obligaciones legales como garante de la legalidad urbanística”, no ha procedido a la demolición de las construcciones ilegales desde hace más de seis años y medio, cuando accedió al cargo.
Las edificaciones ilegales han continuado según la denuncia desde 2011 hasta la actualidad, “y la lógica nos impide justificar el desconocimiento casual” por parte del alcalde.
La posible prevaricación, agrega la denuncia fechada el 12 de febrero y que ha tenido entrada en el TSJEx este miércoles, se puede cometer tanto dictando una resolución como omitiéndola y no resolviendo, por omisión, según pleno de la sala segunda del Tribunal Supremo de 30 de junio de 1997, añade el escrito.
Hechos muy relacionados
La denuncia ahora presentada constituye una ‘noticia criminis’ dirigida al tribunal sobre unos hechos presuntamente delictivos “que tienen íntima conexión con los que se están investigando ante ese tribunal”, relativos a las construcciones de la sierra de Santa Bárbara.
Esa ‘noticia criminis’, una vez conocida por la sala, debe dar lugar según el escrito, respecto del alcalde de Plasencia, “a la ampliación de la investigación que está llevando a cabo frente a otros responsables políticos, con el objeto dicha ampliación de que en el curso de la misma puedan aparecer o no indicios incriminatorios” para el alcalde, desde junio de 2011 hasta la actualidad.
La denuncia acaba pidiendo a la Sala de lo Penal como resumen que en razón de la conexión de los hechos denunciados con los que están siendo investigados a Domínguez o Elia Blanco, “y en virtud del principio de la continencia de la causa y de evitar la posibilidad de sentencias contradictorias, una la presente denuncia al procedimiento abreviado referido con lo demás que en Derecho proceda”.
En el caso de estimar la Sala su no competencia respecto a la denuncia, solicita el denunciante que aquella “provea lo necesario para su envío al órgano jurisdiccional que la Sala entienda competente”.