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500 profesores de religión en la enseñanza pública cobrarán 1.862 euros más al año

Curso de formación de profesores de Religión en la Diócesis de Valladolid. Foto: Ángel Cantero. CC-NC

J. L. Aroca

La sala social del Tribunal Supremo acaba de resolver un largo lío burocrático y judicial según el cual los 500 profesores que dan religión en la enseñanza pública extremeña no universitaria fueron privados de un plus económico a raíz de las transferencias educativas, del Gobierno central a la Junta, en el año 2000.

Ese tribunal confirma una sentencia anterior del Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) en el sentido de que tienen derecho a cobrar ese complemento, que se creó en aquel entonces en varias comunidades, entre ellas Extremadura, para intentar superar las diferencias de sueldo que había entre ellas.

Dos profesores, una mujer y un hombre, acudieron hace tres años al Juzgado y en principio el de lo social de Plasencia no les dio la razón; estableció, según se había ido manejando desde el 2000, que los profesores de religión no habían sido transferidos expresamente a la Junta, que necesitaban una transferencia especial, o que no había presupuesto para pagarles.

Los dos docentes recurrieron al TSJEx de Cáceres y este sí les dio la razón, por lo que la Junta recurrió el año pasado al Tribunal Supremo, que confirma ahora como sentencia firme lo dicho en Cáceres.

Acordar el pago

Condena a la Junta a pagar a esas dos personas el complemento retributivo desde mayo de 2013, una sentencia que se hace extensiva a todo el colectivo regional, 500 personas, según Jacinto Valentín, profesor de religión en Cáceres y responsable en el sindicato CSI-F de ese colectivo profesional. “Esperamos que se aplique de buen grado, y estamos dispuestos a negociar con la Consejería la forma de hacerlo, porque más que por el dinero nos importa como derecho reconocido; a igual trabajo, igual salario”.

Tan complicado el caso, que había ya un grupo de compañeros de Badajoz que cobraban el complemento porque en su día consiguieron otra sentencia favorable.

El resto hasta los 500 tienen derecho según Valentín a percibr el último año devengado, desde el 30 de marzo de 2015 hasta hoy, además de incluirse ya normalmente en nómina a partir de ahora.

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