Que todos los ciudadanos somos iguales ante la ley es una frase tan repetida como falsa: basta con leer la Constitución donde queda claro que el rey es inviolable y no está sujeto a responsabilidad. Pero los privilegiados no acaban con el rey, hay más. En el auto donde se imputa a la infanta, el juez Castro desvela un detalle que desconocía: que Cristina de Borbón, como miembro de la familia real, tendría también el privilegio de poder responder a un interrogario por escrito, en el caso de que hubiese sido llamada a declarar como testigo y no como imputada.
Esa es, precisamente, una de las razones que da Castro para imputar a la infanta. Si la hubiese llamado como testigo y hubiese respondido por escrito “su testimonio estaría seriamente limitado por un cauce procedimental que impide plantear preguntas al socaire de las respuestas y con ello muy compleja la observancia del principio de contradicción”, explica el juez. Claramente, declarar por escrito, con tiempo para releer y matizar cada respuesta, es una medida excepcional que favorece al testigo: así puede evitar contrapreguntas incómodas del juez y tirar balones fuera con mayor facilidad.
He ido a la ley para ver quién más disfruta de esa privilegio medieval. Aparece en tres artículos de la ley de enjuiciamiento criminal:
Pero ojo, que la lista de privilegiados no termina aquí. Atentos al artículo siguiente.
Y queda claro: todos somos iguales ante la ley, pero algunos más que otros.
Que todos los ciudadanos somos iguales ante la ley es una frase tan repetida como falsa: basta con leer la Constitución donde queda claro que el rey es inviolable y no está sujeto a responsabilidad. Pero los privilegiados no acaban con el rey, hay más. En el auto donde se imputa a la infanta, el juez Castro desvela un detalle que desconocía: que Cristina de Borbón, como miembro de la familia real, tendría también el privilegio de poder responder a un interrogario por escrito, en el caso de que hubiese sido llamada a declarar como testigo y no como imputada.
Esa es, precisamente, una de las razones que da Castro para imputar a la infanta. Si la hubiese llamado como testigo y hubiese respondido por escrito “su testimonio estaría seriamente limitado por un cauce procedimental que impide plantear preguntas al socaire de las respuestas y con ello muy compleja la observancia del principio de contradicción”, explica el juez. Claramente, declarar por escrito, con tiempo para releer y matizar cada respuesta, es una medida excepcional que favorece al testigo: así puede evitar contrapreguntas incómodas del juez y tirar balones fuera con mayor facilidad.