El Ayuntamiento de Basauri ha afirmado que hubiera sido “discriminatorio” poner otra fecha para el examen selectivo a la mujer que le coincidió con el día de su parto y que ha presentado una queja al Ararteko porque no le cambiaron el día para realizar la prueba. En un comunicado, el Ayuntamiento se ha referido a la nota del sindicato LAB en la que se informaba de que se había trasladado al Ararteko un queja por una resolución del tribunal del proceso de estabilización del personal de la Residencia Etxe Maitia. Esta central sindical ha denunciado que no le quisieron variar la fecha del examen a una mujer, a la que coincidía la fecha de parto con la prueba, y le planteaban que lo pudiera hacer en el hospital.
El Consistorio ha manifestado que la fecha del examen (12 de septiembre) estaba preestablecida desde el 17 de junio, “tres meses antes de que se fijase la fecha del parto programado de la mujer sobre la que LAB ha planteado su queja”. Asimismo, asegura que el examen de este proceso está tipificado como “llamamiento único” y las pruebas debían realizarse “en unidad de acto” es decir, “todos los aspirantes deben hacer la misma prueba el mismo día”, tal y como recoge Europa Press.
Según ha señalado el Consistorio, en caso de permitir que una persona lo realice “en otra fecha o se tratase de un examen diferente”, podría suponer “una vulneración del principio de igualdad y una discriminación para el conjunto de aspirantes, incluida la mujer reclamante, ya que no se habría valorado a todos los aspirantes con los mismos parámetros”. Asimismo, ha asegurado que el tribunal, siguiendo el mismo protocolo que aplica Osakidetza, ofreció a la aspirante la posibilidad de que realizara el examen el día establecido en el propio hospital, “opción que ella rechazó, solicitando que se aplazara sine die, hasta que se encontrara en condiciones de realizarlo”.
Por otra parte el Ayuntamiento de Basauri ha remarcado que el tribunal de este proceso de estabilización es un órgano “soberano y autónomo” para emitir resoluciones basadas en el ordenamiento jurídico existente a la hora de regular este tipo de procesos. Según ha precisado, se trata de un órgano formado por profesionales técnicos que no está sujeto a instrucciones de gestores políticos y ha recordado que La Ley del Estatuto Básico del Empleado Público determinó en el año 2007 que ningún representante político o sindical podía formar parte de un tribunal de este tipo “con el fin de preservar la objetividad e imparcialidad y profesionalidad técnica del proceso”.
Por tal razón, según ha añadido, los órganos de gobierno “ni pueden dictar instrucciones a los tribunales de selección ni apartarse de sus acuerdos, que solo serán revisables en caso de interponerse algún recurso administrativo, por los cauces de la normativa de procedimiento administrativo común”. El Consistorio ha insistido en que este tribunal es un órgano autónomo y cualquier resolución que emita es vinculante para los órganos políticos. Ha añadido que informará detalladamente sobre este asunto en el próximo Consejo Rector de la Residencia Etxe Maitia.
elDiario.es/Euskadi
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